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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 132, miércoles 15 de julio de 1998


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Disposiciones Generales

Sanidad
3250

RESOLUCIÓN 1352/1998, de 9 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se crea la mesa de contratación adscrita al Hospital de Santa Marina.

Por el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, se dispone en su artículo 20.4 que por la Dirección General del Ente, previa autorización por el Consejo de Administración del mismo, se crearán las Mesas de Contratación que se crean necesarias, en función del dimensionamiento de las distintas organizaciones del Ente Público y para el ejercicio de las funciones de asistencia al órgano de contratación en la adjudicación de los contratos, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 82 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas. <P ALIGN="JUSTIFY">Por todo lo expuesto, esta Dirección General, previa autorización del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud. de fecha 13 de febrero de 1998, y en virtud de las facultades que legalmente le han sido atribuidas,

RESUELVE:

Primero.– Crear la Mesa de Contratación adscrita al Hospital de Santa Marina, Osakidetza-Servicio vasco de salud, siendo los miembros designados por el Órgano de Contratación:

PRESIDENTE:

– Titular: Josu Mirena Etxegarai Atela - Director de Gestión Económica del Hospital.

– Suplentes:

Nicolás Guerra Zaldúa - Director Médico del Hospital.

Francisco Cantero Pacheco - Director de Enfermería del Hospital.

VOCAL 1.º:

– Titular: Andoni Santiago Burruchaga.

– Suplentes:

Teresa Carranza Curiel.

Iñaki Adame Ortiz.

M.ª Eugenia Goti Aguirre.

Francisco Leyva Martínez.

VOCAL 2.º:

– Titular: M.ª Adelina Ruiz Sagredo.

– Suplente: Pilar Muerza Ullibarri.

VOCAL - SECRETARIO:

– Titular: Francisco Urtusagasti Orúe.

– Suplente: Un representante de la Asesoría Jurídica.

Conforme se establece en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso Ordinario ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud. en el plazo de un mes a partir de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de junio de 1998.

El Director General del Servicio vasco de salud,

LUIS FERNÁNDEZ SÁNCHEZ.


Análisis documental