
N.º 118, jueves 25 de junio de 1998
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Hacienda y Administración Pública
2898
DECRETO 108/1998, de 9 de junio, por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI, S.A.) la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Parque Tecnológico de San Sebastián / Donostiako Teknologi Elkartegia, S.A.
El artículo 4.2 de la Ley 5/1981, de 10 de junio, sobre Creación de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, dispone que la sociedad podrá participar en el capital social de empresas de particular interés, previa autorización del Gobierno Vasco y en las condiciones que en cada caso se determinen.
Habiendo adoptado el Consejo de Administración de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. en su reunión de fecha 27 de marzo de 1998, el acuerdo de dirigirse al Gobierno Vasco para que, en virtud del artículo 4.2 de la Ley 5/1981, conceda autorización a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., para que participe en la ampliación de capital de la Sociedad Parque Tecnológico de San Sebastián / Donostiako Teknologi Elkartegia, S.A. con quinientos cincuenta y siete millones cuatrocientas trece mil (557.413.000) pesetas, equivalente a una participación del 51% de la ampliación a realizar por un importe total de mil noventa y dos millones novecientas sesenta y seis mil (1.092.966.000) pesetas, y requiriendo, de conformidad a lo expuesto en el párrafo anterior, de autorización del Consejo de Gobierno.
En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Industria, Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 9 de junio de 1998
DISPONGO:
Articulo único.– Se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI, S.A.) la toma de participación en la ampliación de capital social de la Sociedad Parque Tecnológico de San Sebastián / Donostiako Teknologi Elkartegia, S.A., con quinientos cincuenta y siete millones cuatrocientas trece mil (557.413.000) pesetas, equivalente a una participación del 51% de la ampliación a realizar por un importe total de mil noventa y dos millones novecientas sesenta y seis mil (1.092.966.000) pesetas.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 9 de junio de 1998.
El Lehendakari,
JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.
El Consejero de Hacienda y Administración Pública,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Industria, Agricultura y Pesca,
JAVIER RETEGUI AYASTUY.
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