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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 105, lunes 8 de junio de 1998


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
2538

ORDEN de 15 de mayo de 1998, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, sobre declaración del Área de La Arboleda en Valle de Trápaga como Área de Rehabilitación Integrada.

El artículo 17 del Decreto 214/1996, de 30 de julio, sobre actuaciones protegidas de Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado, establece como requisitos para la declaración de un conjunto como Área de Rehabilitación Integrada, tanto la publicación del correspondiente acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico correspondiente, como la constitución de una Sociedad Urbanística de Rehabilitación por las Corporaciones Locales afectadas.

En los Boletines Oficiales del País Vasco de 13 de marzo de 1998 y del Territorio Histórico de Bizkaia de fecha 14 de noviembre de 1997 se ha publicado el acuerdo de 2 de octubre de 1997 del Ayuntamiento Pleno de Valle de Trápaga, a través del cual se otorga la aprobación definitiva al expediente del Plan Especial de Rehabilitación del Área de La Arboleda.

Así mismo, con fecha de 25 de marzo de 1998 se solicitó la exención de la constitución de Sociedad Urbanística de Rehabilitación motivándose en memoria justificativa anexa a la solicitud.

Se desprende de todo ello que concurren, en relación con el Área de La Arboleda, los requisitos exigidos por el artículo 17 del Decreto del Gobierno Vasco 214/1996, de 30 de julio, para proceder a la declaración de tal conjunto como Área de Rehabilitación Integrada.

Vista la legislación de aplicación,

DISPONGO:

Declarar el conjunto del Área de La Arboleda como Área de Rehabilitación Integrada de acuerdo con la delimitación recogida en el Plan Especial de Rehabilitación Integrada del mismo, aprobado definitivamente mediante Acuerdo de 2 de octubre de 1997 y que figura como plano anexo a la presente Orden.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de mayo de 1998.

El Viceconsejero de Ordenación del Territorio y Vivienda,

MIKEL LARRAÑAGA MANDIOLA.

(En virtud de la Orden de 14 de mayo de 1998 del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente de delegación de firma).


Análisis documental