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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 105, lunes 8 de junio de 1998


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Autoridades y Personal

Sanidad
2523

RESOLUCIÓN 961/1998, de 29 de abril, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se resuelve el procedimiento de recusación instado por D. Francisco Javier Sanz Barbadillo contra la designación de D. Alberto Martínez Compadre y D. Juan Duran de la Colina como miembros del tribunal calificador de Medico Especialista de Oftalmología.

Mediante Resolución 193/1998, de 12 de febrero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se nombró al tribunal calificador de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico Especialista (de diversas especialidades) y Farmacéutico de los grupos profesionales de Facultativos Médicos y Técnicos de la especialidad de Oftalmología, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Presentado por D. Francisco Javier Sanz Barbadillo escrito de recusación de D. Alberto Martínez Compadre y D. Juan Duran de la Colina, se ha dado traslado del mismo a los recusados, a fin de que, en cumplimiento de lo previsto en el párrafo tercero del artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, manifiesten si se da o no en ellos la causa alegada.

Con carácter previo al mismo, D. Juan Durán de la Colina había manifestado que concurría en él causa de abstención, por lo que, habiéndose procedido a su revocación como miembro del tribunal, a la fecha de la resolución del presente procedimiento de recusación no forma ya parte del mismo.

En relación con D. Alberto Martínez Compadre, el interesado ha dado respuesta al escrito remitido, manifestando que no concurre en él causa de recusación.

Examinados ambos escritos y realizadas las comprobaciones oportunas, según lo establecido en el artículo 29.4 de la citada Ley, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas en la legislación vigente

RESUELVO:

Primero.– No admitir la causa de recusación manifestada por D. Francisco Javier Sanz Barbadillo contra D. Alberto Martínez Compadre como miembro del Tribunal Calificador de Medico Especialista de Oftalmología.

Segundo.– Notifíquese la presente resolución a D. Francisco Javier Sanz Barbadillo y D. Alberto Martínez Compadre.

Tercero.– Contra la presente Resolución no cabrá recurso, de conformidad con lo preceptuado con el párrafo quinto del artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de abril de 1998.

El Director General del Servicio vasco de salud,

LUIS HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.


Análisis documental