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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 105, lunes 8 de junio de 1998


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Autoridades y Personal

Sanidad
2521

RESOLUCIÓN 943/1998, de 22 de abril, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se asignan las funciones de Jefe de Unidad de Atención Primaria de Ordizia, Comarca Gipuzkoa Oeste, Área de Salud de Gipuzkoa, a Dña. Milagros Garicano Iruretagoyena.

Mediante Resolución 2412/1997, de 27 de agosto, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobó convocatoria pública para la designación de Jefes de las Unidades de Atención Primaria en las Comarcas Sanitarias de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Conforme a lo previsto en la base 5 de la convocatoria, ha sido elevada por el tribunal al Director General de Osakidetza, para su aprobación con carácter vinculante y mediante Resolución, propuesta de asignación de destinos.

Por lo expuesto, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas en la legislación vigente a esta Dirección General,

RESUELVO:

Primero.– Asignar a Dña. Milagros Garicano Iruretagoyena las funciones de Jefe de Unidad de Atención Primaria de Ordizia, Comarca Gipuzkoa Oeste, Área de Salud de Gipuzkoa. Segundo.– Dña. Milagros Garicano Iruretagoyena ejercerá la doble función gestora y asistencial en dependencia directa y jerárquica del Gerente de la Comarca Sanitaria. Tanto mientras desarrolle las funciones de Jefe de la Unidad de Atención Primaria como cuando estas finalicen conservará la titularidad de la correspondiente plaza de su categoría, cuyas funciones básicas continuará desempeñando.

Tercero.– La presente asignación en ningún caso supondrá la consolidación de las funciones ni las retribuciones de Jefe de la Unidad de Atención Primaria como puesto específico de trabajo, pudiéndose acordar discrecionalmente la finalización de la asignación de dichas funciones.

Cuarto.– Dña. Milagros Garicano Iruretagoyena percibirá, mientras desempeña dichas funciones, un complemento de especial responsabilidad, incardinado en el complemento específico regulado por el Real Decreto Ley 3/1987, cuyas cuantías y características se determinan en el Anexo I del Decreto 195/1996, de 23 de julio.

Quinto.– Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sexto.– Con arreglo a lo establecido en la base 8 de la convocatoria, contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso Ordinario ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de abril de 1998.

El Director General del Servicio vasco de salud,

LUIS HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.


Análisis documental