
N.º 96, martes 26 de mayo de 1998
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Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
2258
ORDEN de 6 de mayo de 1998, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, por la que se establece para el presente año el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Capítulo III (programa Junior-Empresa) del Decreto 333/1995, de 27 de junio, por el que se articulan las medidas destinadas a elevar las posibilidades de empleo de los/as jóvenes que finalizan estudios, modificado sucesivamente por el Decreto 122/1997, de 27 de mayo, y por el Decreto 13/1998, de 3 de febrero, de modificación de determinados Decretos reguladores de la actividad subvencional del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social y de Educación, Universidades e Investigación, en materia de Empleo y Formación.
El Decreto 333/1995, de 27 de junio, por el que se articulan las medidas destinadas a elevar las posibilidades de empleo de los/as jóvenes que finalizan estudios, publicado en el BOPV n.º 124, de 30 de junio de 1995, regula en su Capítulo III el Programa Junior-Empresa que tiene por objeto el establecimiento del marco de ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, podrá otorgar a los proyectos que contemplen acuerdos de colaboración entre una asociación Junior-Empresa y empresas o entidades públicas o privadas para la realización de actividades de interés para éstas y que supongan para aquella una aplicación práctica de los estudios realizados en el curso académico que finalice en el ejercicio correspondiente. Dicho Decreto ha sido modificado primero por el Decreto 122/1997, de 27 de mayo, al objeto de proceder a la actualización de las cuantías subvencionales, y después por el Decreto 13/1998, de 3 de febrero, al objeto de adecuarlo a las novedades introducidas por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, respecto del contenido mínimo que debe tener cualquier norma reguladora de una subvención.
El objeto de la presente Orden es la comunicación para el ejercicio 1998 del plazo de presentación de solicitudes del programa Junior-Empresa.
El artículo 19 del mencionado Decreto 333/1995 dispone que los recursos económicos destinados al cumplimiento del mismo procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Habiendo sido aprobados dichos Presupuestos por Ley 21/1997, de 23 de diciembre y, en ejercicio de la habilitación prevista en el artículo 13.1 del Decreto 333/1995, de 27 de junio, según el cual el Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social comunicará anualmente el plazo de presentación de solicitudes,
DISPONGO:
Primero.– Para el presente año 1998, el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Capítulo III del Decreto 333/1995, de 27 de junio, se iniciará el 1 de julio de 1998 y finalizará el 30 de septiembre de 1998.
Segundo.– Las condiciones para el acceso y la concesión de las mencionadas ayudas serán las previstas en el referido Decreto 333/1995, de 27 de junio.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 6 de mayo de 1998.
El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,
FRANCISCO EGEA GARCÍA.
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