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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 96, martes 26 de mayo de 1998


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Hacienda y Administración Pública
2254

RESOLUCIÓN 871/1998, de 16 de abril, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública y del Director General del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan cursos de euskaldunización y alfabetización para el personal de Organizaciones de servicios del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud durante el curso académico 1998-1999.

El acuerdo de regulación de condiciones de trabajo del personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud establece las directrices y actuaciones a seguir en el proceso de euskaldunización y alfabetización para el personal sujeto a su ámbito de aplicación. Para ello se tiene en cuenta lo dispuesto en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, sobre «normalización del uso del euskera», desarrollada por el Decreto 86/1997, de 15 de abril, que regula la Planificación de la Normalización del uso del Euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma Vasca, debido a su incidencia en lo dispuesto en el artículo 12 del citado acuerdo, referente a la euskaldunización del personal del Ente Público.

En su virtud,

RESOLVEMOS:

Artículo único.– Aprobar la convocatoria de cursos de capacitación lingüística para el personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud durante el curso 1998-1999 de acuerdo con lo dispuesto en los Anexos I y II.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de abril de 1998.

El Director del Instituto Vasco de Administración Pública,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.

El Director General del Servicio vasco de salud,

LUIS HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.

ANEXO I

DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN CURSOS DE CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA

DURANTE EL CURSO 1998-1999

BASES

Primera.– Objetivo.

El objetivo de la presente convocatoria es promover y adecuar la capacitación lingüística en euskera del Personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Segunda.– Destinatarios.

La convocatoria en cuestión está destinada a aquellos trabajadores con una relación de empleo de carácter indefinido, del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud cuyas condiciones laborales estén regidas por el Acuerdo de regulación de condiciones de trabajo del personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud o por el Convenio de Lakua, respecto del personal sanitario adscritos a las organizaciones de servicios sanitarios.

Será la dirección de cada centro hospitalario o comarca sanitaria la encargada de realizar la tarea de selección entre los solicitantes de cursos de euskera dentro del horario laboral, teniendo en cuenta para ello los criterios de prioridad establecidos desde la Dirección de Recursos Humanos. El número de solicitudes aceptadas que impliquen la necesidad de contratar trabajadores sustitutos estará condicionado por el presupuesto previamente asignado al centro hospitalario o comarca sanitaria con tal fin.

Tercera.– Convocatorias para el curso 1998/1999.

El Instituto Vasco de Administración Publica y el Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud realizarán la oferta de cursos mediante dos convocatorias.

La convocatoria que ahora se publica es la convocatoria principal del curso 1998/1999 y regula el marco de todo el curso. En la presente convocatoria se ofertan cursos para su realización tanto en horario laboral como en extralaboral.

En el mes de noviembre se realizará una segunda convocatoria complementaria de la presente mediante Circular Interna que será remitida a los centros con la debida antelación, en la que se hará la oferta para el segundo cuatrimestre del curso 1998/1999.

Cuarta.– Oferta de cursos en horario laboral. Los cursos en horario laboral que se pueden realizar acogiéndose a la presente convocatoria son los expresados en el Anexo II.

Las autorizaciones otorgadas por las direcciones de los distintos centros hospitalarios y comarcas para asistir a los cursos en las modalidades de internado y de intensivo, habrán de ser preferentemente para el cuatrimestre completo.

Las fechas de comienzo y finalización de las clases y los horarios son los especificados en el Anexo II. El Instituto Vasco de Administración Pública se reserva la facultad de realizar las adecuaciones que estime convenientes.

Quinta.– Solicitudes para cursos en horario laboral.

Los interesados en participar en alguna de las modalidades de los cursos ofertados, deberán cumplimentar la solicitud correspondiente y tramitarla ante la dirección del centro hospitalario o comarca sanitaria con anterioridad al 22 de mayo de 1998, con el fin de que ésta autorice o deniegue las solicitudes presentadas. Cada una de las solicitudes deberá ser informada por la dirección del centro, remitiendo aquellas que hubieran sido informadas favorablemente a la Dirección de Recursos Humanos del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

La solicitud debe realizarse para un único módulo de los ofertados en la convocatoria.

Todas las solicitudes informadas favorablemente deberán hallarse en la Dirección de Recursos del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud con anterioridad al 29 de mayo. Esta Dirección deberá comunicar al IVAP la relación de solicitudes admitidas antes del 5 de junio, no se admitirán nuevas solicitudes ni modificaciones a partir de esa fecha.

Sexta.– Régimen de admisión para los cursos en horario laboral.

Las solicitudes que no cuenten con informe favorable de las direcciones de los respectivos centros no serán tenidas en cuenta a efectos de constitución de grupos y cursos.

Los interesados serán informados por la dirección del centro sobre la aceptación o denegación de su solicitud, haciendo en este caso mención expresa de las causas de denegación.

El Instituto Vasco de Administración Pública podrá requerir al interesado la realización de pruebas destinadas a determinar el conocimiento de euskera necesario en cada caso. Su inasistencia a estas pruebas de nivel sin notificación debidamente razonada dentro de los dos días hábiles posteriores a la realización de la prueba supondrá la pérdida del derecho a ser admitido.

La no aceptación de las directrices contempladas en el Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo para el personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como la inobservancia de las bases de la presente convocatoria, supondrá la exclusión automática de los cursos, reservándose la Administración la posibilidad de no admitir al alumno excluido en cursos sucesivos.

Aquellos trabajadores que hubieren obtenido la liberación laboral por acudir a cursos de internado o intensivo, percibirán las retribuciones que para su categoría se señalan en el Anexo I del Acuerdo de Regulación de las Condiciones de Trabajo del Personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como el complemento personal, si lo tuvieren, y la antigüedad.

La asistencia a cursos de euskera en ningún caso dará derecho a percibir indemnización alguna por razón de servicio.

Séptima.– Asistencia y abandono de los cursos.

A todos los efectos, el centro donde se imparte el curso tendrá para el trabajador la consideración de centro de trabajo, por lo que las faltas de asistencia deberán ser justificadas por escrito ante la dirección del centro, la cual informará con periodicidad mensual a la Dirección de Recursos Humanos del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud. Las faltas de puntualidad deberán ser, en todo caso, justificadas. La reiteración de faltas de puntualidad no justificadas podrá dar lugar a la exclusión del alumno y a su no admisión en sucesivos cursos.

Todos los trabajadores que por razón de su participación en cursos de euskera en la modalidad de intensivo o de internado se hallen liberados de su jornada laboral, tendrán la obligación de reincorporarse a su puesto de trabajo siempre que por razones académicas no se impartieran clases.

Dado que la concesión de autorización para la asistencia a clases de euskera es competencia de la dirección del centro hospitalario o comarca sanitaria, asimismo compete a éstas garantizar la escolarización ininterrumpida de su personal durante el periodo autorizado.

La dirección del centro hospitalario o comarca sanitaria garantizará que los trabajadores matriculados en los cursos de euskera adecuan sus vacaciones al calendario de los mismos.

El Instituto Vasco de Administración Pública dará de baja de oficio a quienes no acudan a clase dentro de los primeros diez días lectivos, siempre y cuando no notifiquen la inasistencia dentro de dicho plazo a la dirección mediante escrito razonado.

Asimismo, cuando un empleado abandone el curso de manera definitiva, deberá comunicarlo al IVAP en el plazo de los 20 días lectivos siguientes. Para ello, deberá remitir al IVAP el impreso denominado «Notificación: abandono de los cursos de euskera» debidamente cumplimentado con el V.º B.º del director de personal.

En los supuesto de abandono temporal por enfermedad, el empleado podrá solicitar al IVAP la reincorporación a los cursos a través de la dirección del centro. Para ello será necesario que previamente dicho abandono por enfermedad haya sido notificado al IVAP Este Instituto procurará la reincorporación a su disponibilidad material.

Octava.– Régimen para los cursos de horario extralaboral.

El curso debe realizarse en un euskaltegi público o privado homologado, con una intensidad mínima de ocho horas semanales. En los cursos de alfabetización y EGA, habida cuenta de sus especificidades, el IVAP estudiará en cada caso si es aceptable o no la hoja de matricula. Además, el curso estará necesariamente homologado por HABE. Estas clases son para todo el curso 1998-1999; por lo tanto, en el segundo cuatrimestre no se admitirán nuevos alumnos.

Los interesados deberán cumplimentar el modelo de solicitud correspondiente y tramitarlo ante la dirección del centro, con el fin de que ésta lo tramite ante la Dirección de Recursos Humanos del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud. Esta Dirección deberá remitir las solicitudes al IVAP antes del 31 de julio de 1998, al fin de garantizar que la matrícula pueda formalizarse en el plazo fijado por los euskaltegis.

Una vez que el IVAP apruebe la solicitud, remitirá la hoja de matrícula a la Dirección de Recursos Humanos del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, que hará llegar a su vez dicha Dirección la citada hoja de matrícula al interesado. Una vez en su poder, el trabajador deberá presentar la hoja de matrícula en el euskaltegi público o privado homologado de su elección dentro del plazo especificado en la propia hoja. El IVAP no asumirá el importe de las matrículas de aquellos trabajadores que no hayan presentado en el euskaltegi la hoja de matrícula. Si por cualquier razón no formaliza la matrícula, deberá devolver a la Dirección de Recursos Humanos la hoja de matrícula correspondiente.

El Instituto Vasco de Administración Pública subvencionará a los alumnos de cursos de euskera en horario extralaboral exclusivamente el coste de la matrícula, subvención que denegará en los siguientes casos:

a) Cuando el alumno haya abandonado el curso académico 1997-1998 sin justificarlo razonadamente por escrito antes del 30 de junio de 1998 al Instituto Vasco de Administración Pública. Para ello, deberá remitir al IVAP el impreso denominado «Notificación: abandono de los cursos de euskera» debidamente cumplimentado y con el V.ºB.º del Director de Personal.

b) Cuando el aprovechamiento durante el curso académico 1997-1998 no llegue al mínimo establecido en la Base 9.ª.

En estos casos el IVAP no concederá nuevas subvenciones hasta que el interesado supere por su cuenta el nivel en cuestión. La superación deberá acreditarse siempre dentro del plazo de solicitud.

El referente para la aplicación de estos criterios siempre será el curso académico precedente; por tanto, la asistencia y el aprovechamiento del curso 1998-1999 se valorará a la hora de conceder las subvenciones del curso académico 1999-2000.

Novena.– Aprovechamiento de los cursos.

El trabajador se compromete a realizar las evaluaciones periódicas que tanto el Instituto Vasco de Administración Pública como los euskaltegis establezcan para la superación de cada nivel.

El Instituto Vasco de Administración Pública considera la asistencia del alumno y los resultados de las evaluaciones a la hora de evaluar su aprovechamiento:

1.º.– En lo referente a la asistencia, la del curso completo debe ser por lo menos de un 80%.

2.º.– En lo referente a la evaluación, es necesario superar más de la mitad de las evaluaciones a realizar en el curso, siempre que la asistencia sea inferior al 80%. En estos casos se exige:

– En un curso académico de evaluación única la superación de dicha evaluación.

– En un curso académico de dos evaluaciones la superación de ambas evaluaciones.

– En un curso académico / cuatrimestre de tres evaluaciones la superación de dos evaluaciones.

– En un curso académico / cuatrimestre de cuatro evaluaciones la superación de tres evaluaciones.

Estos datos figuran en los informes que el Instituto Vasco de Administración Pública remite a la Dirección de Recursos Humanos del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud una vez finalizado el curso académico. Corresponde a esta Dirección realizar su valoración y, considerando las propuestas del IVAP, adoptar las resoluciones pertinentes.

ANEXO II

En la presente convocatoria se ofertan, por tanto, los siguientes cursos a realizar en horario laboral:

Internado: de septiembre a febrero.

Curso de 5 horas: de octubre a febrero.

1.– Internado de Oñati.

Diariamente se impartirán 6 horas lectivas, y se dedicará el tiempo restante a actividades complementarias.

Las estancias de internado serán de una duración preferentemente cuatrimestral, pero también podrán admitirse estancias más breves:

Del 7 de septiembre al 5 de febrero. Se realizarán cuatro niveles:

1.º.– Del 7 de septiembre al 9 de octubre: 24 días. 2.º.– Del 13 de octubre al 13 de noviembre: 24 días. 3.º.– Del 16 de noviembre al 23 de diciembre: 26 días.

4.º.– Del 28 de diciembre al 5 de febrero: 23 días. El IVAP se hará cargo exclusivamente de los gastos de matrícula y estancia.

Los días 28, 29 y 30 de diciembre de 1998 serán lectivos a todos los efectos.

2.– Cursos de cinco horas.

Son cursos de euskaldunización y alfabetización, pero los trabajadores que deban realizar cursos intensivos de euskaldunización acudirán prioritariamente al internado de Oñati. En consecuencia, si hubiese imposibilidad manifiesta para realizar en el internado dichos cursos, sería necesario presentar junto con el impreso de solicitud un escrito justificativo.

Este módulo precisa una liberación laboral de jornada completa, dado que a las horas lectivas hay que añadir el tiempo que necesita el alumno para el trabajo personal.

Los cursos tendrán siempre una duración cuatrimestral, siendo la duración del primer cuatrimestre la que a continuación se menciona:

Del 1 de octubre al 5 de febrero. Se realizarán tres niveles:

1.º.– Del 1 de octubre al 6 de noviembre: 26 días.

2.º.– Del 9 de noviembre al 18 de diciembre: 29 días. <P ALIGN="JUSTIFY">3.º.– Del 21 de diciembre al 5 de febrero: 27 días. <P ALIGN="JUSTIFY">El IVAP se hará cargo exclusivamente de los gastos de matrícula.

Los días 28, 29 y 30 de diciembre de 1998 serán lectivos a todos los efectos.

CURSOS DE EUSKERA IMPRESO DE SOLICITUD

CURSOS DENTRO DEL HORARIO LABORAL

I N T E N S I V O S

DATOS PERSONALES: CURSO 98-99

Nombre y Apellidos:

DNI: Fecha Nacimiento:

Teléfono: / Localidad:

C.P.: Dirección:

DATOS LABORALES:

Hospital / Comarca:

Centro Sanitario: N.º Telf.:

Servicio o Unidad:

Localidad: Relación de Empleo:

Categoría: Fijo: Temporal:

CURSO QUE SOLICITA:

Euskaldunización :

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Fecha comienzo : Día Mes 1.99

Fecha finalización: Día Mes 1.99 Lugar Intensivo:

ÁLAVA BIZKAIA GIPUZKOA

Localidad: Localidad: Localidad:

Es necesario aportar CERTIFICADO que justifique la imposibilidad de asistir a INTERNADO

Nivel último alcanzado:

Fecha superación último nivel:

Nombre del Euskaltegi en el que superó el último nivel:

Población:

Fecha: (MARQUE LO QUE PROCEDA)

Autorización de la Dirección del Centro:

Firma Solicitante:

Observaciones:

CURSOS DE EUSKERA

IMPRESO DE SOLICITUD

CURSOS DENTRO DEL HORARIO LABORAL

I N T E R N A D O S

DATOS PERSONALES: CURSO 98-99

Nombre y Apellidos:

DNI: Fecha Nacimiento:

Teléfono: / Localidad:

C.P.: Dirección:

DATOS LABORALES:

Hospital / Comarca:

Centro Sanitario: N.º Telf.:

Servicio o Unidad:

Localidad: Relación de Empleo:

Categoría: Fijo: Temporal:

CURSO QUE SOLICITA:

Euskaldunización :

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Fecha comienzo : Día Mes 1.99

Fecha finalización: Día Mes 1.99 Nivel último alcanzado:

Fecha superación último nivel:

Nombre del Euskaltegi en el que superó el último nivel:

Población:

Fecha: (MARQUE LO QUE PROCEDA)

Autorización de la Dirección del Centro:

Firma Solicitante:

Observaciones:

CURSOS DE ALFABETIZACIÓN

IMPRESO DE SOLICITUD

CURSOS DENTRO DEL HORARIO LABORAL

A L F A B E T I Z A C I Ó N

DATOS PERSONALES: CURSO 98-99

Nombre y Apellidos:

DNI: Fecha Nacimiento:

Teléfono: / Localidad:

C.P.: Dirección:

DATOS LABORALES:

Hospital / Comarca:

Centro Sanitario: N.º Telf.:

Servicio o Unidad:

Localidad: Relación de Empleo:

Categoría: Fijo: Temporal:

CURSO QUE SOLICITA:

Alfabetización:

Alfabetización I <FONT FACE="Zapf Dingbats" SIZE=5>n

Alfabetización II <FONT FACE="Zapf Dingbats" SIZE=5>n

Alfabetización III <FONT FACE="Zapf Dingbats" SIZE=5>n

Fecha comienzo : Día Mes 1.99

Fecha finalización: Día Mes 1.99 Lugar Intensivo:

ÁLAVA BIZKAIA GIPUZKOA

Localidad: Localidad: Localidad:

Nivel último alcanzado:

Fecha superación último nivel:

Nombre del Euskaltegi en el que superó el último nivel:

Población:

Fecha: (MARQUE LO QUE PROCEDA)

Autorización de la Dirección del Centro:

Firma Solicitante:

Observaciones:

CURSOS DE EUSKERA

IMPRESO DE SOLICITUD

FUERA DEL HORARIO LABORAL

DATOS PERSONALES: CURSO 98-99

Nombre y Apellidos:

DNI: Fecha Nacimiento:

Teléfono: / Localidad:

C.P.: Dirección:

DATOS LABORALES:

Hospital / Comarca:

Centro Sanitario: N.º Telf.:

Servicio o Unidad:

Localidad: Relación de Empleo:

Categoría: Fijo: Temporal:

CARACTERÍSTICAS DEL CURSILLO:

Nombre del Euskaltegi: Curso:

Localidad: Territorio:

N.º horas Diarias: N.º Total de Horas

Fecha comienzo : Día Mes 1.99

Fecha finalización: Día Mes 1.99 Lugar Intensivo:

ÁLAVA BIZKAIA GIPUZKOA

Localidad: Localidad: Localidad:

Nivel último alcanzado:

Fecha superación último nivel:

Nombre del Euskaltegi en el que superó el último nivel:

Población:

Fecha:

Fdo.:


Análisis documental