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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 62, miércoles 1 de abril de 1998


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Autoridades y Personal

Sanidad
1427

RESOLUCIÓN 326/1998, de 5 de marzo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se revoca parcialmente la Resolución 176/1998, de 9 de febrero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante Resolución 3213/1997, de 23 de diciembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico del Grupo Profesional de Facultativos Médicos con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de atención primaria y centros que se determinan.

En cumplimiento de lo dispuesto en la base 7.1 de la mencionada convocatoria, mediante la Resolución 176/1998, de 9 de febrero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se nombra al tribunal calificador del citado proceso.

Se ha puesto de manifiesto por Dña. Teresa Artundo Ramos, vocal primero suplente del citado tribunal, que concurre en ella motivo de abstención, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por todo lo dispuesto y en virtud de las facultades en materia de personal atribuidas en la legislación vigente,

RESUELVO:

Primero.– En virtud de lo prescrito en los artículos 28 y 105.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, estimar la petición de abstención formulada por Dña. Teresa Artundo Ramos, vocal primero suplente del tribunal calificador de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico del Grupo Profesional de Facultativos Médicos con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de atención primaria y centros que se determinan de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Segundo.– Designar, en sustitución de la persona cuya abstención se acepta, a D. Iñaki Berraondo Zabalegui, en calidad de vocal primero suplente.

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV.

Cuarto.– Al amparo de lo establecido en la base 9 de la convocatoria, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso ordinario ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de marzo de 1998.

El Director General del Servicio vasco de salud,

LUIS HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.


Análisis documental