
N.º 60, lunes 30 de marzo de 1998
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Disposiciones Generales
Comercio, Consumo y Turismo
1378
RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 1998, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio urbano de abastecimiento de agua del Ayuntamiento de Sopuerta (Bizkaia).
La Comisión de Precios de Euskadi, en su reunión del día 25 de febrero de 1998, adoptó por unanimidad el Acuerdo que se transcribe a continuación para general conocimiento
ACUERDO:
Primero.– Autorizar las tarifas del servicio urbano de abastecimiento de agua para el Ayuntamiento de Sopuerta, en los conceptos y cuantías, que a continuación se indican:
A) Tarifas a aplicar (sin lectura de Contador)
CONCEPTO PRECIO PÚBLICO AÑO 1998
Fábrica 172.500 PTA
Panadería - Restaurante 34.500 PTA
Bar - Cafetería - Peluquería 20.125 PTA
Pescadería 17.250 PTA
Residencia 86.250 PTA
Planta Asfáltica - Hormigonado 287.500 PTA
Piscina 57.500 PTA
Lavadero - Comercio - Carnicería 4.025 PTA
Vivienda 5.175 PTA
Lonja 4.025 PTA
Cuadra 4.600 PTA
Huerta o Jardín 14.950 PTA
Cantera 172.500 PTA
Clínica dental 28.750 PTA
Lavado de coches 57.500 PTA
Quesería 5.750 PTA
Enganche de agua a vivienda 28.750 PTA
B) Para aquellos abonados que dispongan de Contador y el cobro se realice en función de la lectura del mismo, la tarifa a aplicar sería:
1.– Contador de servicio Doméstico:
a) Hasta 40 m.3 al trimestre 1.600 PTA/m.3
b) Exceso sobre 40 m.3 40 PTA/m.3
2.– Consumo de servicio Industrial:
a) Hasta 40 m.3 al trimestre 1.600 PTA/m.3
b) Exceso sobre 40 m.3 50 PTA/m.3
3.– Contador servicio Doméstico mas servicio Ganadero:
a) Hasta 40 m.3 al trimestre 1.600 PTA/m.3
b) Exceso sobre 40 m.3 30 PTA/m.3
4.– Contador de servicio Ganadero en fincas:
a) Precio al trimestre 30 PTA/m.3
Segundo.– El presente Acuerdo no entrará en vigor, y las nuevas tarifas no podrán aplicarse, hasta el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de esta jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente Acuerdo.
En Vitoria-Gasteiz, a 25 de febrero de 1998.
El Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi,
FÉLIX GOROSPE RODRÍGUEZ DEL CASTILLO.
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