
N.º 45, viernes 6 de marzo de 1998
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Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
1060
DECRETO 32/1998, de 24 de febrero, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto "Polígono de Actuación Residencial P.R.1, Ibarra".
Por Orden del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, de 3 de octubre de 1997, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el proyecto «Polígono de Actuación Residencial P.R.1, Ibarra», acordándose en la misma Orden solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública no presentándose escrito alguno de alegaciones según consta en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.
Se estima inaplazable la ocupación a fin de posibilitar el acceso a una vivienda digna a un precio razonable al sector de población de más escasa capacidad económica, dada la situación del mercado inmobiliario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a polígonos o unidades de actuación completos, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en el suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de febrero de 1998.
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del proyecto «Polígono de Actuación Residencial P.R.1, Ibarra».
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de febrero de 1998.
El Lehendakari,
JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.
El Consejero de Ordenación del Territorio,
Vivienda y Medio Ambiente,
FRANCISCO JOSÉ ORMAZABAL ZAMAKONA.
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