
N.º 45, viernes 6 de marzo de 1998
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Educación, Universidades e Investigación
1058
ORDEN de 18 de febrero de 1998, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la impartición de Educación Secundaria al Centro docente privado "Larramendi Ikastola" de Mungia (Bizkaia).
Examinado el expediente iniciado por el representante legal de la entidad titular del Centro docente privado «Larramendi Ikastola» de Mungia (Bizkaia), en solicitud de autorización para la impartición de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
Resultando que dicho expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Bizkaia y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vista la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9) sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, y demás legislación vigente aplicable en la materia,
RESUELVO:
curso escolar 1997/98, la impartición de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato al Centro que se describe a continuación, y se establece la configuración del mismo con las enseñanzas que tiene autorizadas:
Territorio Histórico: Bizkaia
Municipio: Mungia
Localidad: Mungia
Denominación específica: «Larramendi Ikastola» Titular: Larramendi Ikastola Sdad. Coop.
Domicilio: Madalen bidea, 20
Enseñanzas que se autorizan:
Educación Secundaria Obligatoria, con capacidad para 8 unidades y 240 puestos escolares.
Bachillerato en las modalidades de «Humanidades y Ciencias Sociales» y «Ciencias de la Naturaleza y de la Salud», con capacidad para 4 unidades y 140 puestos escolares.
Composición del Centro:
– Educación Infantil 2.º Ciclo: 7 unidades con capacidad para 175 puestos escolares.
– Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares.
– Educación Especial: 1 unidad.
– Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares.
– Bachillerato: Modalidades de «Ciencias de la Naturaleza y de la Salud» y «Humanidades y Ciencias Sociales», con capacidad para 4 unidades y 140 puestos escolares.
Provisionalmente el Centro podrá impartir B.U.P. y C.O.U. hasta la extinción de estas enseñanzas.
Artículo 2.– La presente autorización surtirá efecto progresivamente a medida que se vayan implantando las enseñanzas autorizadas por la presente Orden con arreglo al calendario de aplicación de la ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Artículo 3.– El Centro deberá adaptarse en cuanto al número de puestos escolares y relación máxima profesor/alumno por unidad escolar, titulación y especialización del profesorado, a lo dispuesto en el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, con arreglo a lo dispuesto en el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990.
Artículo 4.– El Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando hayan de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.– El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.
Segunda.– Contra la presente Orden se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de febrero de 1998.
El Consejero de Educación, Universidades
e Investigación,
INAXIO OLIVERI ALBISU.
RSS