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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 42, martes 3 de marzo de 1998


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Otras Disposiciones

Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
979

ORDEN de 20 de febrero de 1998, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, por la que se amplía para el presente año el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas previstas en el Decreto 50/1996, de 12 de marzo, por el que se regula el Programa de Empleo-Formación en el ámbito local dirigido a personas paradas de larga duración, modificado por Decreto 13/1998, de 3 de febrero.

Mediante Orden de 4 de febrero de 1998, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 27 de 10 de febrero de 1998, se han actualizado las cuantías de subvención y se ha establecido para el presente año el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas previstas en el Decreto 50/1996, de 12 de marzo, por el que se regula el Programa de Empleo-Formación en el ámbito local dirigido a personas paradas de larga duración, modificado por Decreto 13/1998, de 3 de febrero, de modificación de determinados Decretos reguladores de la actividad subvencional del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social y de Educación, Universidades e Investigación, en materia de Empleo y Formación. El artículo 3 de la citada Orden señala que para el presente año el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas es de un mes a partir de la entrada en vigor de la Orden.

El Decreto 50/1996, de 12 de marzo, por el que se regula el Programa de Empleo-Formación en el ámbito local dirigido a personas paradas de larga duración, modificado por Decreto 13/1998, de 3 de febrero, establece en su artículo 2.2 a) que para el desarrollo de las fases de información, orientación, motivación hacia el empleo, técnicas de búsqueda de empleo y acompañamiento a la inserción, las Entidades beneficiarias deberán contar con el asesoramiento técnico de una Empresa Consultora homologada al efecto.

La regulación de los requisitos, condiciones y procedimiento de homologación se produjo por Orden de 13 de marzo de 1996, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, cuyo artículo 5.2 establece la comunicación anual del plazo de presentación de las solicitudes de homologación de las citadas Entidades Consultoras.

Teniendo en cuenta que para el presente año el plazo de presentación de las ayudas previstas en el Decreto 50/1996, de 12 de marzo, se encuentra abierto sin haberse completado previamente el proceso de homologación de las Entidades Consultoras, procede ampliar el plazo de presentación de las solicitudes a los efectos de poder valorar el cumplimiento por parte de los beneficiarios del requisito establecido en el artículo 2.2 a) del Decreto 50/1996, de 12 de marzo,

DISPONGO:

Artículo único.– Se amplía el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas establecido en el artículo 3 de la Orden de 4 de febrero de 1998, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, por la que se actualizan las cuantías de la subvención y se establece para el presente año el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas previstas en el Decreto 50/1996, de 12 de marzo, por el que se regula el Programa de Empleo-Formación en el ámbito local dirigido a personas paradas de larga duración, modificado por Decreto 13/1998, de 3 de febrero. Para el presente año el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será hasta el día 20 de abril de 1998, inclusive.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de febrero de 1998.

El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo

y Seguridad Social,

FRANCISCO EGEA GARCÍA.


Análisis documental