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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 29, jueves 12 de febrero de 1998


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Otras Disposiciones

Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
687

ORDEN de 20 de enero de 1998, del Consejero de Justicia, Economía, trabajo y Seguridad Social, en relación a la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de los estatutos de la "Fundación Gaztelueta" de Getxo (Bizkaia), en adaptación a la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Visto y examinado el expediente por el que se solicita la aprobación del Protectorado de Fundaciones, de la modificación de los Estatutos de la «Fundación Gaztelueta» de Getxo (Bizkaia), acordada por el Patronato en adaptación a la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como la inscripción de la misma en el Registro de Fundaciones del País Vasco, en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º.– La «Fundación Gaztelueta» de Getxo (Bizkaia), se encuentra inscrita en el extinto Registro de Fundaciones Culturales del Gobierno Vasco bajo el número de Registro 27, inscripción que tras la entrada en funcionamiento del nuevo Registro de Fundaciones del País Vasco conserva plena vigencia y sigue surtiendo efecto como consecuencia de la Disposición Transitoria Segunda del Decreto 404/1994, de 18 de octubre (BOPV n.º 226), por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Protectorado y Registro de Fundaciones del País Vasco.

2.º.– El 16 de julio de 1996 tuvo entrada en el Departamento de Justicia, Economía y Seguridad Social, escrito remitido por Don Pedro Rodríguez Sahagún, en nombre y representación de la «Fundación Gaztelueta» de Getxo (Bizkaia), en calidad de Presidente de la misma, solicitando la prórroga del plazo de adaptación estatutaria previsto en la Ley, la cual fue concedida por el Director de Estudios y Régimen Jurídico, mediante Resolución de 31 de julio de 1996.

3.º.– El 30 de julio de 1997 tuvo entrada en el Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, escrito remitido por Don Mariano Bailly-Bailliere, en nombre y representación de la citada Fundación, en calidad de Secretario de la misma, solicitando la aprobación del Protectorado de la modificación de los Estatutos fundacionales, en adaptación a la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como la inscripción de la misma en el Registro de Fundaciones del País Vasco.

4.º.– A dicha solicitud se adjuntaron dos copias autorizadas de la Escritura Pública otorgada por la Fundación en fecha 28 de julio de 1997, ante Don Mariano-Javier Gimeno Gómez-Lafuente, Notario de Getxo, del Ilustre Colegio de Pamplona (n.º de protocolo 1.105), por la que se elevó a público el Acuerdo de modificación de los Estatutos fundacionales, adoptado por el Órgano de Gobierno de la Fundación en la reunión celebrada el 17 de julio de 1997.

5.º.– Con fecha 28 de octubre de 1997, el Director de Estudios y Régimen Jurídico requirió de la citada Fundación, la presentación de documentación complementaria, lo cual fue debidamente cumplimentado el 21 de noviembre de 1997.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social dictar mediante Orden, la Resolución del expediente de modificación estatutaria, en base a los artículos 36-3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, y 7-1.a) del Decreto 404/1994, de 18 de octubre.

Segundo.– El presente expediente ha sido promovido por persona jurídico-privada legitimada para ello y al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en la Disposición Transitoria Primera y en el artículo 31.º de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 62.º del Decreto 404/1994, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

Tercero.– El Departamento de Cultura emitió el 14 de enero de 1998, Informe favorable a la inscripción de la modificación estatutaria de la «Fundación Gaztelueta» de Getxo (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36-4 de la Ley 12/1994, así como en los artículos 8-3 y 62 del Decreto 404/1994.

Vistos la Constitución vigente, el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Ley de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 404/1994, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Protectorado y Registro de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.

El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,

RESUELVE:

Primero.– Aprobar la modificación de los Estatutos de la «Fundación Gaztelueta» de Getxo (Bizkaia), acordada por el Patronato de la misma, en la reunión celebrada el 17 de julio de 1997.

Segundo.– Ordenar la inscripción de la modificación estatutaria de la citada Fundación, desde la fecha de la presente Orden, en idénticos términos a los establecidos en la Escritura Pública de fecha 28 de julio de 1997, que eleva a público el Acuerdo de Modificación Estatutaria adoptado por el Patronato de la Fundación, en adaptación a la Ley 12/1994.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la misma.

Para la interposición del recurso, será requisito imprescindible que con carácter previo se comunique a este órgano la interposición del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de enero de 1998.

El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo

y Seguridad Social,

FRANCISCO EGEA GARCÍA.


Análisis documental