
N.º 6, lunes 12 de enero de 1998
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Cultura
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RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, de la Zona Arqueológica del Casco Histórico de Getaria (Gipuzkoa).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, así como el cumplimiento de las normas y obligaciones que estableció el Estado para la defensa del mismo contra la exportación y la expoliación mediante el Real Decreto 3068/1980, de 26 de septiembre.
En ejercicio de la competencia asumida, se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Visto el interés histórico y arqueológico que representa el Casco Histórico de Getaria atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural,
RESUELVO:
Primero.– Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, la Zona Arqueológica del Casco Histórico de Getaria (Gipuzkoa), conforme a la delimitación que figura en el Anexo I y descripción obrante en el Anexo II.
Segundo.– Abrir un período para dar audiencia al interesado y proceder a la información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, de la Zona Arqueológica del Casco Histórico de Getaria, para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle San Antonio n.º 2, bajo, de Vitoria-Gasteiz.
Tercero.– Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Cuarto.– Notificar la Resolución al Ayuntamiento de Getaria y a los Departamentos de Cultura y de Urbanismo de la Diputación Foral de Gipuzkoa, así como al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco. Quinto.– Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 1997.
El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,
JOSÉ M.ª AGIRRE ESKISABEL.
I. ERANSKINA / ANEXO I
ANEXO II
DESCRIPCIÓN
Getaria se emplaza en un lugar altamente estratégico, un pequeño istmo en cuya lengua de tierra se asienta la villa, haciendo el mar de límite y defensa en sus lados E y O.
Esta característica define claramente el origen de su fundación. De hecho se encuentra dentro de un grupo de fundaciones costeras realizadas todas en un corto período de años. Su función primordial será preservar la costa de ataques tanto extranjeros como de piratas, frecuentes en la época, asegurándose a la vez el control de las rutas comerciales que veían en estos establecimientos costeros la forma idónea de exportación para los productos de la meseta (lana principalmente).
Se trata de una villa de importante superficie, 3,1 ha, superior a la media de Gipuzkoa y con un plano sumamente regular en base a calles paralelas unidas por cantones de forma perpendicular. Esta estructuración del entramado urbano es consecuencia de la planificación del espacio previa al asentamiento de la población. Se orientan NE-SW, adaptándose a la difícil orografía del terreno.
En este caso se trata de cuatro largas calles, Aldamar, Mayor o Nagusi, Elkano con General Arnao y San Roque. Como único elemento ordenador de su urbanismo, hay que señalar a la iglesia, en su extremo N, aunque el verdadero definidor de su estructura, como ya se ha señalado es la situación geográfica de Getaria.
La delimitación del área viene dada por la carretera que tras el frontón se dirige a Zumaia. Dejando fuera el Monumento a Juan Sebastián Elcano se dirigirá hacia el NE siguiendo el acantilado hasta la confluencia con las escaleras que bajan de la calle General Arnao. Este sería el extremo NE de la villa, cruzando hacia el acantilado O para seguir su línea hasta encontrarnos de nuevo con la carretera a Zumaia.
Estas calles limitan una serie de manzanas, todas ellas simples, que presentan la particularidad de que pese a ser, como es costumbre, sus solares largos y estrechos de fachada, la relación entre ambas es muy diferente a lo habitual. Aquí la profundidad de los solares es mucho menos llamativa, quizás debido a una mayor necesidad de aprovechamiento del escaso terreno llano que presenta el lugar de ocupación.
No cuenta Getaria con espacios libres en su interior, al ser necesario su aprovechamiento debido a la escasa superficie de suelo útil. Sin embargo, hay que hacer mención a un elemento histórico que ha perdurado en algún caso. Se trata de las Katraponas, lugares para colocación de piezas artilleras, permitiendo mediante arcos el paso bajo ellas. De esta manera se evita el que las defensas ocupen espacio al normal discurrir de la población.
De las cuatro que conocemos solo una parece haber llegado hasta nosotros, habiéndose fosilizado como plazoletas una vez perdido su uso.
La iglesia de San Salvador ocupando uno de los extremos de la villa se integra en las defensas de la misma haciendo funciones de muralla en la zona en la que se encuentra. Aunque es obra del s. XIV, denota las continuas destrucciones de la villa y reconstrucciones posteriores que en la iglesia se plasman como reformas, aunque sin ocultar su origen.
Dentro de la villa existen casas, quizás casas torre que, en cualquier caso muestran, claramente su raíz medieval en base a arcos apuntados en sus accesos.
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