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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 210, lunes 3 de noviembre de 1997


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
5474

DECRETO 245/1997, de 21 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas, Abastecimiento y Saneamiento, actuando como beneficiario, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Nuevos Depósitos de regulación en la estación de tratamiento de Venta Alta (Bizkaia)-2.ª Fase, del abastecimiento de agua a la comarca del Gran Bilbao".

Por Orden del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, de 10 de marzo de 1997, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Nuevos Depósitos de regulación en la estación de tratamiento de Venta Alta (Bizkaia)-2.ª Fase, del abastecimiento de agua a la comarca del Gran Bilbao», acordándose en la misma Orden solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública presentándose algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación a fin de garantizar y mejorar el abastecimiento de agua a la comarca del Gran Bilbao, así como de garantizar el desarrollo de las previsiones hechas por el planeamiento en vigor, para los suelos comprendidos en este proyecto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a polígonos o unidades de actuación completos, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en el suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de octubre de 1997.

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas, Saneamiento y Abastecimiento, actuando como beneficiario de la expropiación, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del «Proyecto de Nuevos Depósitos de regulación en la estación de tratamientos de Venta Alta (Bizkaia)-2.ª Fase, del abastecimiento de agua a la comarca del Gran Bilbao».

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 21 de octubre de 1997.

Lehendakaria,

JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Ordenación del Territorio,

Vivienda y Medio Ambiente,

FRANCISCO JOSÉ ORMAZABAL ZAMAKONA.


Análisis documental