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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 203, jueves 23 de octubre de 1997


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Diputación Foral de Álava
5319

ANUNCIO de la Orden Foral núm. 712, de 2 de octubre de 1997, en relación con el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Valdegovia, referente a la ampliación del suelo apto para urbanizar del polígono industrial de Tuesta.

El Diputado de Urbanismo, Arquitectura y Medio Ambiente ha dictado la Orden Foral cuya parte dispositiva a continuación se publica:

«Mediante Orden Foral núm. 155/1997, de 11 de marzo, del Diputado Foral del Departamento de Urbanismo, Arquitectura y Medio Ambiente, se aprobaba definitivamente el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Valdegovía, referente a la ampliación del suelo apto para urbanizar del polígono industrial de Tuesta.

La ejecutoriedad de la citada Orden Foral, no obstante, quedaba condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma.

Con fecha 11 de agosto d 1997, el Ayuntamiento de Valdegovia remitía a la Diputación el Texto Refundido del expediente a fin de que sea declarada la ejecutoriedad del mismo.

Examinada la documentación remitida se observa que la misma ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Orden Foral de aprobación definitiva, habiéndose recogido las modificaciones señaladas en la misma.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 47/1996, del Consejo de Diputados de 2 de abril,

DISPONGO:

Primero.– Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral 155/1997, de 11 de marzo, del Diputado Foral del Departamento de Urbanismo, Arquitectura y Medio Ambiente, por la que se aprobaba definitivamente el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Valdegovía, referente a la ampliación del suelo apto para urbanizar del polígono industrial de Tuesta.

Segundo.– Publicar la presente resolución en los Boletines Oficiales del País Vasco y del Territorio Histórico de Álava».

Contra la presente Resolución, definitiva en Vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día de su publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 109 c de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los Artículos 37 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, computándose el plazo de acuerdo con lo previsto en el Artículo 5 del Código Civil. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Igualmente, a tenor de lo ordenado en el Artículo 110.3 de la referida Ley 30/1992, la interposición del Recurso Contencioso-Administrativo contra esta Orden Foral exige, con carácter preceptivo, su comunicación previa al propio Órgano que ha dictado la misma.

El Diputado de Urbanismo, Arquitectura y Medio Ambiente,

AVELINO FDEZ. DE QUINCOCES MENDIETA.


Análisis documental