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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 186, martes 30 de septiembre de 1997


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
4909

ORDEN de 5 de setiembre de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza el cese de actividades del centro docente privado Iturribarri Ikastola de Ondarroa (Bizkaia), y la modificación de la autorización del centro docente privado "Zubi-Zahar Ikastola" de la misma localidad.

Examinado el expediente iniciado por el representante legal de la entidad titular de los centros docentes privados «Iturribarri Ikastola» y «Zubi-Zahar Ikastola» ambos ubicados en la C/ Ibaiondo n.º 15 de Ondarroa (Bizkaia), en solicitud de autorización para el cese de actividades del centro de Educación Infantil «Iturribarri Ikastola» ,y para la impartición de Educación Infantil en el centro «Zubi-Zahar Ikastola».

Considerando que la solicitud de la Cooperativa de Enseñanza Egunsentia, entidad titular de los dos Centros, se realiza a fin de constituir un único Centro que integre las unidades que ambos tienen autorizadas.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Bizkaia, que se han unido al mismo los documentos exigidos por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Visto el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril ( BOE del 9), sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– 1.– Se autoriza el cese de actividades del centro que figura en el Anexo I de la presente Orden.

2.– La autorización de cese de actividades surtirá efectos a partir del curso escolar 1997/98, procediéndose en ese momento a dar de baja su inscripción en el Registro de Centros Docentes.

Desde esa fecha quedará sin efecto la Orden por la que se concedió autorización definitiva para impartir Educación Infantil.

En caso de que se instase su reapertura, será necesario dar cumplimiento a los preceptos contenidos en las disposiciones vigentes en materia de autorización de centros.

Artículo 2.– Se autoriza la impartición de Educación Infantil 2.º Ciclo al Centro que figura en el Anexo II de la presente Orden.

Artículo 3.– El Centro deberá adaptarse en cuanto al número de puestos escolares y relación máxima profesor/alumno por unidad escolar, titulación y especialización del profesorado, a lo dispuesto en el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, con arreglo a lo dispuesto en el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990.

Artículo 4.– El Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando hayan de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de Conciertos Educativos.

Segunda.– Contra la presente Orden se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de setiembre de 1997.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

INAXIO OLIVERI ALBISU.

ANEXO I

N.º de Código: 48009773

Territorio Histórico: Bizkaia

Municipio: Ondarroa

Localidad: Ondarroa

Denominación específica: «Iturribarri Ikastola»

Titular: Coop. de Enseñanza Egunsentia.

Domicilio: Ibaiondo, 15

ANEXO II

N.º de Código: 48006504

Territorio Histórico: Bizkaia

Municipio: Ondarroa

Localidad: Ondarroa

Denominación específica: «Zubi-Zahar Ikastola» Titular: Coop. de Enseñanza Egunsentia.

Domicilio: Ibaiondo, 15

Enseñanzas que se autorizan:

2.º ciclo de Educación Infantil con capacidad para 4 unidades y 100 puestos escolares.

Composición del Centro:

– Educación Infantil 2.º Ciclo: 4 unidades con capacidad para 100 puestos escolares.

– Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares.

– Educación Especial: 3 unidades.

– Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares.


Análisis documental