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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 108, lunes 9 de junio de 1997


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
3062

ORDEN de 20 de mayo de 1997, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo de Secretaria de Alto Cargo en este Departamento.

Siendo necesaria la provisión de un puesto de Secretaria de Alto Cargo en este Departamento y conforme a lo dispuesto en el artículo 46.2.c) de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública vasca ( BOPV de 28 de julio de 1989) y previo informe favorable de la Dirección de Función Pública, este Departamento acuerda anunciar la provisión por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente Orden, con arreglo a las siguientes,

BASES

Primera.– El puesto de trabajo que se convoca con la presente Orden podrá ser solicitado por los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos en el anexo a la presente Orden.

Segunda.– Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Servicios del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercera.– Además de los datos personales y destino actual los aspirantes deberán acompañar a su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, en su caso.

c) Estudios y cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos estimen oportuno manifestar.

A la citada solicitud deberán los aspirantes acompañar la documentación justificativa de los requisitos exigidos y de los méritos alegados, Así mismo, podrán los aspirantes acompañar, en todo caso, cuantas publicaciones, informes o cualesquiera otros documentos que estimen oportunos.

Cuarta.– La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Excmo. Sr. Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, en el plazo de un mes a partir del día de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Quinta.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Orden. La interposición de dicho Recurso requerirá comunicación previa al Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, a tenor de lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de mayo de 1997.

El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo

y Seguridad Social,

RAMÓN JÁUREGUI ATONDO.

ANEXO

Puesto de trabajo convocado:

– Denominación: Secretaria de Alto Cargo (001001/46) – Localización: Viceconsejería de Justicia.

– Localidad de destino: Vitoria-Gasteiz.

– Cuerpo C1/D1

– Grupo C/D

– Nivel 18.

– Complemento específico: 894.422

– Perfil lingüístico: 2, sin fecha de preceptividad.

Requisitos para su provisión:

– Título de Bachiller, Formación Profesional de 2.º grado, Graduado Escolar, Formación Profesional de 1.º grado o equivalente.

– Hallarse en situación de servicio activo o servicios especiales en la Administración de la Comunidad Autónoma, como funcionario de carrera, en puestos de trabajo pertenecientes a los Cuerpos C1 o D1. Así mismo podrán concurrir reingresando al servicio activo los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos citados que se encuentren en la situación de servicios especiales, servicios en otras Administraciones Públicas, excedencia forzosa o voluntaria, siempre que, en este último caso, hubieran cumplido el plazo mínimo de permanencia en la misma.

– 1 año de experiencia en el desempeño de las tareas propias del Cuerpo o Cuerpos al que se encuentra adscrito el puesto de trabajo.

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Análisis documental