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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, viernes 28 de febrero de 1997


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Otras Disposiciones

Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
1082

ORDEN de 4 de febrero de 1997, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, en relación a la inscripción de modificación de los estatutos de la Fundación "Carmen de Gandarias Corral" de Bilbao (Bizkaia), en adaptación a la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Visto y examinado el expediente por el que se solicita la aprobación del Protectorado de Fundaciones, de la modificación de los Estatutos de la Fundación «Carmen de Gandarias Corral», de Bilbao (Bizkaia), acordada en adaptación a la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como la inscripción de la misma, en base a los siguientes:

Antecedentes de hecho.

1.º.– El 29 de mayo de 1996 tuvo entrada en el Registro de Fundaciones del País Vasco, escrito remitido por la «Fundación Carmen de Gandarias Corral», de Bilbao (Bizkaia), solicitando la aprobación del Protectorado de la modificación de los Estatutos fundacionales, en adaptación a la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como la inscripción de la misma en el Registro de Fundaciones del País Vasco.

2.º.– A la citada solicitud se adjuntó una copia autorizada de la Escritura Pública otorgada en Bilbao en fecha 3 de mayo de 1996, ante Don José María Arriola Arana, Notario del Ilustre Colegio de Bilbao (n.º de protocolo 1.338), por la que se elevó a público el Acuerdo de modificación de los Estatutos fundacionales, adoptado por el Patronato de la Fundación en la reunión celebrada el 31 de marzo de 1996.

3.º.– Con fecha 11 de julio de 1996, mediante escrito del Director de Estudios y Régimen Jurídico, se propuso a la citada Fundación, una vez realizado el estudio jurídico de los Estatutos presentados, la subsanación de los defectos observados en los mismos, de acuerdo con la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, lo cual fue debidamente cumplimentado el 2 de octubre de 1996, mediante la remisión al Registro de Fundaciones, de una copia autorizada de la Escritura Pública de 24 de septiembre de 1996 de modificación estatutaria, complementaria de la expuesta en el párrafo anterior, otorgada ante Don José María Zurbano, Notario del Ilustre Colegio de Bilbao (n.º de protocolo 2.201).

4.º.– El Director de Bienestar Social emitió el 16 de enero de 1997, Informe favorable a la inscripción de la modificación estatutaria de la Fundación «Carmen de Gandarias Corral», de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36-4 de la Ley 12/1994, así como en los artículos 8-3 y 62 del Decreto 404/1994.

Fundamentos jurídicos.

Primero.– Corresponde al Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social dictar mediante Orden, la Resolución del expediente de modificación estatutaria, en base a los artículos 36-3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, y 7-1.a) del Decreto 404/1994, de 18 de octubre.

Segundo.– El presente expediente ha sido promovido por persona jurídico privada legitimada para ello y al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 31 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, 62 del Decreto 404/1994, de 18 de octubre, y los Estatutos Fundacionales en lo que afecta a la modificación de los mismos, adecuándolos a las prescripciones de la vigente Ley de Fundaciones del País Vasco.

Vistos la Constitución vigente, el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Ley de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 404/1994, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Protectorado y Registro de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.

El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,

RESUELVE:

Primero.– Aprobar la modificación de los Estatutos de la Fundación «Carmen de Gandarias Corral», de Bilbao (Bizkaia), acordada por el Patronato de la misma, en las reuniones celebradas el 31 de marzo y el 23 de septiembre de 1996.

Segundo.– Ordenar la inscripción de la modificación estatutaria de la citada Fundación, en idénticos términos a los establecidos en las Escrituras Públicas (números de protocolo 1.338 y 2.201) de fechas 3 de mayo y 24 de septiembre respectivamente, que elevan a público los Acuerdos de Modificación Estatutaria adoptados por el Patronato de la Fundación en adaptación a la Ley 12/1994.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la misma.

Para la interposición del recurso, será requisito imprescindible que con carácter previo se comunique a este órgano la interposición del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de febrero de 1997.

El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo

y Seguridad Social,

RAMÓN JÁUREGUI ATONDO.


Análisis documental