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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 38, martes 25 de febrero de 1997


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Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
1003

DECRETO 24/1997, de 11 de febrero, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial.

Habiendo adoptado el Consejo de Administración de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (S.P.R.I.) , en su reunión de fecha 18 de diciembre de 1996 el acuerdo de proponer a la Junta General de Accionistas una ampliación del capital social en ochocientos treinta y cinco millones cien mil (835.100.000) pesetas.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su calidad de socio de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (S.P.R.I.), tiene el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, que, en su caso, acuerde emitir la Junta General de Accionistas de la citada Sociedad Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 158 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

El artículo 44.1 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que la creación de Sociedades de cualquier clase, así como la adquisición de participaciones en las mismas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, serán autorizadas por Decreto, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la empresa haya de depender administrativamente.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Hacienda y Administración Publica y de Industria, Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de febrero de 1997,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción de la ampliación del capital social que, en su caso, acuerde la Junta General de Accionistas de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (S.P.R.I.), por importe de ochocientos treinta y cinco millones cien mil (835.100.000) pesetas así como su desembolso en los términos y plazos que se señalen por la referida Junta.

Artículo 2.– Facultar al Director de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Administración Pública para realizar cuantas actuaciones y suscribir cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de lo dispuesto en el artículo anterior.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de febrero de 1997.

El Lehendakari,

JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Hacienda y Administración,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Industria, Agricultura y Pesca,

JAVIER RETEGUI AYASTUY.


Análisis documental