
N.º 10, jueves 16 de enero de 1997
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Industria, Agricultura y Pesca
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RESOLUCIÓN de 29 noviembre de 1996, de la Directora de Administración de Industria, Energía y Minas, por la que se reconoce a Zunbeltz, Sociedad Cooperativa como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de Instalador de Fontanería (instalaciones interiores de agua).
<FONT FACE="Tms Rmn" SIZE=2><P ALIGN="CENTER">Antecedentes de hecho:
Uno.– Con fecha 3 de noviembre de 1995, D. Juan Bedialauneta Mendia, en nombre y representación de «Zunbeltz, Sociedad Cooperativa» presenta en la Delegación Territorial de este Departamento en Bizkaia, solicitud, para el reconocimiento como Entidad de Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de Instalador de Fontanería (instalaciones interiores de agua).
Dos.– Junto con dicha solicitud se acompaña la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Capítulo IV del Decreto 175/1994, de 17 de mayo, y en particular:
– Datos de identificación de la Entidad.
– Documentos acreditativos de convenios de colaboración con distintos organismos públicos, para la impartición de cursos en diferentes especialidades, entre las que se encuentran los de fontanería.
– Descripción de los recursos humanos de la Entidad.
– Descripción de los recursos técnicos relativos a medios materiales de equipos e instalaciones, material didáctico y de prácticas, etc.
– Especificación de los cursos a desarrollar, con indicación de los temas a impartir y metodología de la enseñanza.
– Acreditación de la experiencia en la impartición de cursos de formación profesional, así como informe sobre las necesidades de estos cursos a un sector de jóvenes para su inserción profesional en determinadas zonas de Bizkaia.
– Estudio de compatibilidad del Centro.
– Tabla de tarifas para la impartición de los diferentes cursos.
Tres.– Vista la documentación presentada, los Servicios Técnicos de la Delegación Territorial de este Departamento en Bizkaia, tras la correspondiente inspección, informan favorablemente la referida solicitud.
En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes,
Fundamentos de derecho:
Uno.– La Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas, es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el Decreto 81/1995, de 31 de enero, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, así como en el artículo 22 del Decreto 175/1994, de 17 de mayo, por el que se unifica el procedimiento para la obtención de los Carnés Profesionales y se definen las exigencias para las Empresas Autorizadas que realizan instalaciones, mantenimientos u otras actividades en materia de seguridad industrial.
Dos.– La tramitación del expediente se ha efectuado de acuerdo con lo establecido en el referido Decreto 175/1994, de 17 de mayo.
Tres.– Así mismo, queda acreditado que el Centro cuenta con las instalaciones que, con el carácter de mínimos, se exigen en el punto 3 del mismo Artículo. Dichas instalaciones están situadas en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Cuatro.– En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22, se ha presentado documentación suficiente acreditativa de los recursos humanos y técnicos de los que dispone el Centro, considerándose la experiencia anterior en la impartición de cursos de formación y especialmente en cursos relacionados con las materias para las que se solicita el reconocimiento.
Vistos lo preceptos legales citados y otros de general y concordante aplicación,
<FONT FACE="Tms Rmn" RESUELVO:
<FONT FACE="Tms Rmn" SIZE=2> 1.º.– Reconocer a la entidad «Zunbeltz, Sociedad Cooperativa» como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de Instalador de Fontanería (instalaciones interiores de agua).
2.º.– Disponer la Inscripción de la referida Entidad en el Registro Especial de Entidades Autorizadas para la Formación de Profesionales Autorizados, con el Numero de Registro: R.E.F.P.A. n.º A-0032
3.º.– Esta Entidad está autorizada para impartir los correspondientes cursos en las instalaciones acreditadas, radicadas en el Territorio Histórico de Bizkaia. Para impartir cursos en Instalaciones diferentes deberá solicitar la preceptiva autorización de la Delegación Territorial competente, debiendo acreditar, en todo caso, que dichas instalaciones reúnen las condiciones mínimas previstas en el Artículo 21, punto 3, del Decreto 175/1994, de 17 de mayo.
4.º.– Toda Entidad reconocida deberá cumplir con las obligaciones impuestas en las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación y en particular las obligaciones previstas en los artículos 24 y 25 del Decreto 175/1994, de 17 de mayo.
5.º.– El incumplimiento por las Entidades Reconocidas de las obligaciones y compromisos que resulten de lo dispuesto en el referido Decreto, y demás normas que resulten de aplicación, determinará la pérdida de la calificación de Entidad Reconocida.
Contra la presente Resolución se podrá interponer Recurso Ordinario ante la Viceconsejería de Ordenación y Administración Industrial, en el plazo de un mes contado desde su notificación, en virtud de lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 1996.
La Directora de Administración de Industria, Energía
y Minas,
MARÍA LUISA FUENTES ALFONSO.
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