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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 233, martes 3 de diciembre de 1996


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Disposiciones Generales

Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
5860

ORDEN de 14 de noviembre de 1996, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, por la que se amplían y regulan los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y los Organismos Autónomos adscritos al mismo.

El artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas que contengan datos de tal naturaleza se ha de hacer mediante disposición general publicada en el diario oficial correspondiente, fijando a continuación en el párrafo segundo el contenido de las disposiciones de creación o de modificación de los ficheros.

Por otra parte, el artículo 24.1.e) del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos, dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros automatizados que contengan datos personales y de los cuales sean titulares las Administraciones de las Comunidades Autónomas, así como sus entes y organismos dependientes, sin perjuicio de que se inscriban además en los registros a que se refiere el artículo 40.2 de la Ley Orgánica 5/1992.

Por último, el artículo 5 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, que desarrolla determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, señala que todo fichero de datos de carácter personal, de titularidad pública, será notificado a la Agencia de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, de una copia de la disposición de creación del fichero.

Como consecuencia de la formación del nuevo Gobierno derivado de las elecciones autonómicas de octubre de 1994, este Departamento, tal y como se refleja en los artículos 2 b) y 8 del Decreto 1/1995, de 3 de enero, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, ha asumido determinadas áreas de actuación que anteriormente venían atribuidas a otros Departamentos y, entre ellas, todas aquellas relativas al anterior Departamento de Justicia, así como parte de las que correspondían al anterior Departamento de Economía y Hacienda, que ya habían procedido a regular mediante Ordenes, respectivamente de 21 de noviembre y 15 de diciembre de 1994, los ficheros automatizados con datos de carácter personal que les eran propios.

Por lo tanto, la presente Orden amplía y regula los ficheros automatizados con datos de carácter personal, referidos especialmente a las áreas de actuación de Trabajo y Seguridad Social, existentes en el Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social a la entrada en vigor de la misma.

En su virtud y en uso de las competencias que me confiere el artículo 26.4 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, en relación al artículo 4.1 del Decreto 141/1995, de 20 de febrero, con la finalidad de garantizar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos,

DISPONGO:

Artículo 1.– Aprobar la regulación de los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y los Organismos Autónomos adscritos al mismo, que se regulan por esta Orden de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y que son los que se relacionan y describen en los Anexos a la misma.

Artículo 2.– Los ficheros automatizados que se relacionan en los Anexos continuarán rigiéndose, en su caso, por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Artículo 3.– 1.– La responsabilidad de los ficheros automatizados regulados en esta Orden corresponde a los titulares de los órganos que se señalan para cada uno de ellos, sin perjuicio de la responsabilidad directa que corresponda al personal al servicio de cada fichero en su gestión y custodia.

2.– Los titulares de los órganos responsables de cada fichero adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas de gestión y organización necesarias, asegurando, en todo caso, la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y en las demás disposiciones aplicables sobre la materia.

Artículo 4.– Además de las cesiones previstas para cada uno de los ficheros que se relacionan y describen en los Anexos, se podrán realizar cesiones de datos a los servicios de estadística de las Administraciones públicas, al amparo de lo dispuesto en la Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.

Artículo 5.– Los responsables de los ficheros automatizados advertirán expresamente a los cesionarios de datos de carácter personal de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden, de conformidad con el artículo 11.5 en relación con el 4.2 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre.

Artículo 6.– Los afectados por los ficheros automatizados mencionados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el titular del órgano especificado para cada fichero en los Anexos de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNlCA

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de noviembre de 1996.

El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,

RAMÓN JÁUREGUI ATONDO.

FICHEROS AUTOMATIZADOS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, ECONOMIA, TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

ANEXO I

FICHEROS DE NUEVA CREACIÓN

FICHERO 1:

PRESTACIONES DE ASISTENCIA SOCIAL

1.– Finalidad:

Control y evaluación de la concesión de prestaciones:

– IMI: Ingreso Mínimo de Inserción

– AES: Ayudas de Emergencia Social

2.– Usos Previstos:

Gestión y Control de las Prestaciones IMI/AES, elaboración de Estadísticas y certificación del contenido del fichero.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes/Beneficiarios de las ayudas (a través de las Diputaciones Forales).

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario y soporte magnético con el estado de tramitación de los expedientes y pagos por prestaciones.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos, N.º Expediente,

– Características personales: Sexo, Estado Civil, Fecha de nacimiento, Nacionalidad,

– Composición de la unidad familiar

– Localización: Domicilio

– Otros: Circunstancias Sociales, Bancarios, Académicos, Profesionales, Económicos,

6.– Cesiones de los datos:

Departamentos y Administraciones Públicas con competencias en materia de Bienestar Social.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Bienestar Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Oficina del Plan Integral de Lucha Contra la Pobreza.

Dirección de Bienestar Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 2:

REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN EXPEDIENTES IMI/AES

1.– Finalidad:

Control de adecuación al procedimiento de concesión de prestaciones exigido por la legislación vigente.

2.– Usos Previstos:

Gestión y seguimiento del procedimiento de concesión.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes/Beneficiarios de las ayudas (a través de las Diputaciones Forales).

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario y documentación complementaria.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos, N.º Expediente,

– Localización: Domicilio

– Tipo de documento: Solicitud / Resolución / Plan de Inserción / ...

– Otros: Económicos,

6.– Cesiones de los datos:

No está prevista.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Bienestar Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Oficina del Plan Integral de Lucha Contra la Pobreza.

Dirección de Bienestar Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 3:

FONDO BIENESTAR SOCIAL.

1.– Finalidad:

Comunicación al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de datos de nómina FBS.

2.– Usos Previstos:

Gestión y Control de las Prestaciones FBS y elaboración de Estadísticas.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Perceptores de las ayudas (a través de las Diputaciones Forales).

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Soporte magnético.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos,

– Características personales: Sexo, Fecha de nacimiento,

– Localización: Domicilio

– Nómina: Tipo pensión (Ancianidad / Enfer-medad), Mes Liquidación, Importe, Atrasos

6.– Cesiones de los datos:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Bienestar Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Bienestar Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 4:

ASISTENCIA A JORNADAS Y CURSOS.

1.– Finalidad:

Gestión de las ayudas anuales referidas a formación en temas del ámbito de los Servicios Sociales.

2.– Usos Previstos:

Los propios de la gestión.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes: Profesionales de todas las áreas de los Servicios Sociales.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos, N.º Expediente,

– Bancarios

– Localización: Domicilio, teléfono.

– Otros: Titulación académica, Actividad laboral desarrollada,

6.– Cesiones de los datos:

No está prevista.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Bienestar Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Bienestar Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 5:

REGISTRO BOLETINES DEFUNCIÓN.

1.– Finalidad:

Tener constancia registral de las muertes habidas en la CAPV.

2.– Usos Previstos:

Control de pensiones asistenciales.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Difuntos.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Boletines de Defunción.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos,

– Características personales: Sexo, Estado Civil, Fecha de nacimiento,

– Residencia: Código de provincia y municipio.

– Fecha de Defunción.

6.– Cesiones de los datos:

Diputaciones Forales y otros Departamentos y Administraciones Públicas con competencias en materia de Bienestar Social, así como las entidades pagadoras de pensiones de Bienestar Social.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Bienestar Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Bienestar Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 6:

MAILING DEPARTAMENTAL.

1.– Finalidad:

Servir de directorio para comunicaciones periódicas y esporádicas del Departamento.

2.– Usos Previstos:

Envío de publicaciones del Departamento (a subscriptores, cargos políticos, bibliotecas, ...) y cualquier otro tipo de correspondencia oficial (Publicidad de Jornadas, campañas, ...).

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Personas físicas que por ellas mismas o la labor que desarrollan, tienen algún tipo de relación con el Departamento.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Aportados por los interesados.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: Nombre y Apellidos, Cargo desempeñado (si procede),

– Localización: Domicilio

– Relación con el Departamento.

6.– Cesiones de los datos:

No está prevista.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección del Gabinete.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección del Gabinete.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 7:

PERSONAL DEL DEPARTAMENTO.

1.– Finalidad:

Gestión de expedientes de personal y situaciones administrativas.

2.– Usos Previstos:

Gestión de Puestos, elaboración del proyecto de Presupuesto (Capítulo I), control del calendario laboral, formación (cursos de informática y euskaldunización), ...

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Personal adscrito al Departamento.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Expedientes personales, recopilación de información en el momento de la adscripción del personal al Departamento y durante el periodo de relación con el mismo.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: N.º Registro, DNI, Nombre y Apellidos,...

– Situación Administrativa: tipo de contrato, cuerpo, comisiones de servicios, ...

– Formación: Eusquera, informática, otros cursos,

– Otros: Referidos al puesto de trabajo, vacaciones, permisos, licencias,

6.– Cesiones de los datos:

Departamentos de Hacienda y Administración Pública, Instituto Vasco de Administración Pública y otros organismos con competencia en materia de personal.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Servicios.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Servicios.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 8:

REGISTRO DE ENTRADAS Y SALIDAS

1.– Finalidad:

Registrar las Entradas y Salidas de documentos Al/Del Departamento.

2.– Usos Previstos:

Los de la finalidad.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que remitan o sean destinatarias de Documentos para el Departamento o generados por él.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

A través de los documentos registrados.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: Nombre y Apellidos

–Referidos al Documento: Referencia, tipo de envío, Fecha de Registro

–Localización: Domicilio

6.– Cesiones de los datos:

No está prevista.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Servicios para el Registro de los Servicios Centrales del Departamento en Lakua y Secretaría Técnica de cada Delegación para los Territoriales.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Servicios.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 9:

EMPRESAS DE LA CAPV.

1.– Finalidad:

Disponer de información identificativa de los Centros de Trabajo de Empresas ubicados en la CAPV.

2.– Usos Previstos:

Servir de soporte a la tramitación en el Departamento de todo tipo de expedientes referidos a empresas y elaboración de estadísticas.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Titulares o responsables de las empresas que por distintos motivos (ayudas, sanciones, aperturas de Centros de Trabajo, Campañas de Seguridad e Higiene, Elecciones Sindicales, ...) tienen algún tipo de relación con el Departamento.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Mediante la documentación aportada para iniciar los expedientes.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativo del Titular: DNI, Nombre y Apellidos, Cargo en la empresa,

– Referidos a la Empresa: NIF/CIF., Domicilio Social, Actividad, Teléfono,

– Referidos al Expediente: N.º Expediente, Tipo,

6.– Cesiones de los datos:

Departamento de Hacienda y Administración Pública, Diputaciones Forales y otros organismos con competencia en las materias objeto de los expedientes.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Servicios.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Servicios.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 10:

ELECCIONES SINDICALES

1.– Finalidad:

Registro de Actas de Elecciones Sindicales celebradas en Centros de Trabajo de empresas ubicados en la CAPV.

2.– Usos Previstos:

Certificación de la composición de los comités de empresa y de la Representatividad obtenida por cada Central Sindical en todos los ámbitos de negociación, así como la Elaboración de Estadísticas.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Representantes Sindicales elegidos.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Acta de Elección y comunicaciones de variaciones en la composición de la representación de los Trabajadores en las empresas.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos

– Características personales: Sexo, ...

– Referidos a la Elección: Central Sindical, votos obtenidos,

– Identificativos del Centro de Trabajo.

6.– Cesiones de los datos:

Sección de Normas Laborales en cada Delegación Territorial (a efectos de contrastar la composición de los Comités de Seguridad), Centrales Sindicales con representación, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y otros organismos con competencias en materia sindical.

7.– Órgano responsable del fichero:

Oficina Pública de Registro de Actas de Elecciones Sindicales en cada Delegación Territorial del Departamento.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 11:

COMITÉS DE PREVENCIÓN

1.– Finalidad:

Tener conocimiento de la identidad de los delegados de prevención y la composición de los Comités de Seguridad y Salud en centros de trabajo de empresas ubicados en la CAPV.

2.– Usos Previstos:

Difusión de Campañas de Prevención y elaboración de estadísticas.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Delegados de Prevención, por representación sindical o nombrados por la empresa.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario y soporte magnético con información procedente del fichero de Elecciones Sindicales.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos.

– Referidos a su representación: Fecha elección, Tipo representación (Sindical/Empresa), Central Sindical,

– Referidos al Centro de Trabajo: N.º S.S., Nombre, Domicilio, Teléfono,

6.– Cesiones de los datos:

Centros de Asistencia Técnica de Inspección de Trabajo, Centrales Sindicales, organizaciones Empresariales y otros organismos con competencias en materia de prevención de accidentes.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 12:

SINIESTRALIDAD LABORAL

1.– Finalidad:

Registrar los accidentes producidos en la actividad laboral y enfermedades profesionales de trabajadores en Centros de Trabajo de Empresas ubicados en la CAPV.

2.– Usos Previstos:

Inspección de las circunstancias del accidente, diseño de Campañas de Prevención de riesgos y elaboración de estadísticas.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Trabajadores afectados.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Formularios (Partes de Siniestralidad) e información aportada por las Mutuas.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: N.º S.S., Nombre y Apellidos.

– Características personales: Sexo, edad, ...

– Relacionados con el Centro de Trabajo: Actividad, Ocupación, Antigüedad, ...

– Referidos al Siniestro: Fecha, hora y grado del siniestro, con/sin baja, parte del cuerpo afectada, elemento causante, ...

6.– Cesiones de los datos:

OSALAN, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y otros organismos con competencias en materia de prevención de accidentes.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 13:

CENTROS DE FORMACIÓN

1.– Finalidad:

Disponer de información identificativa para la tramitación de los expedientes.

2.– Usos Previstos:

Los de la finalidad.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Titulares y responsables de Entidades Públicas y Privadas que actúan en el ámbito de la Formación Ocupacional y Continua.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario (Solicitud)

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos del Titular: Nombre y Apellidos, Cargo,

– Identificativos del Centro: Denominación, Dirección,

– Bancarios

6.– Cesiones de los datos:

Departamento de Hacienda y Administración Pública, EGAILAN y otros organismos con competencias en materia de Formación Ocupacional.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Empleo y Formación.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Empleo y Formación.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 14:

ALUMNOS EN PROGRAMAS DE FORMACIÓN

1.– Finalidad:

Registro de los destinatarios de los Programas de Formación (Ocupacional y Continua).

2.– Usos Previstos:

Validación de los Programas, análisis de su incidencia en el empleo y elaboración de estadísticas.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Destinatarios de los Programas.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos

– Características Personales: Sexo, estado civil, lugar de nacimiento,

– Localización: Dirección, teléfono,

– Académicos: Titulación, formación complementaria,

– Laborales: Situación e historial laboral, Satisfacción (referida a; Salario / Labor desarrollada / Estabilidad /

6.– Cesiones de los datos:

EGAILAN.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Empleo y Formación.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Empleo y Formación.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 15:

CONCILIACIONES

1.– Finalidad:

Registro de demandas para tramitación de expedientes de conciliación.

2.– Usos Previstos:

Los de la finalidad.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Trabajadores que solicitan Conciliación con Empresas.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Demanda presentada por el interesado.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos,

– Profesionales: Antigüedad, categoría, salarios,

– Localización : Domicilio.

6.– Cesiones de los datos:

Inspección de Trabajo.

7.– Órgano responsable del fichero:

Delegaciones Territoriales del Departamento.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 16:

EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT)

1.– Finalidad:

Tramitación y registro de autorizaciones a ETTs para desarrollar su labor de puesta a disposición de trabajadores en Centros de Trabajo ubicados en la CAPV.

2.– Usos Previstos:

Controlar que las ETTs se ajusten a la legislación vigente al ceder sus trabajadores a otras empresas, sobre todo en lo que se refiere a su ámbito de actuación, y cumplimiento de garantías. Elaboración de estadísticas.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Empresas de Trabajo Temporal y sus trabajadores.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Solicitud de concesión de Autorización (o de prórroga de la misma) e informes mensuales con datos de contratación exigidos por ley.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: N.º S.S., CIF., Nombre de la ETT., Domicilio social y de sus Centros de Trabajo, N.º Expediente, N.º Autorización,

– Órganos de administración, directivos, solicitantes y titulares de capital social: DNI, Nombre y Apellidos, Cargo,

– Avalista: Entidad y cuantía.

– Empresas usuarias: CIF., N.º S.S., N.º de contratos y tipificación de los mismos.

6.– Cesiones de los datos:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y Centrales Sindicales.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 17:

MENORES SOMETIDOS A MEDIDAS JUDICIALES

1.– Finalidad:

Registro de menores de la CAPV en situación de conflicto social.

2.– Usos Previstos:

Control de Altas/Bajas y consulta de su situación judicial.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Menores infractores o en situación de riesgo social de la CAPV.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Transmisión electrónica de datos.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: DNI, Nombre y Apellidos, N.º Expediente, N.º Fiscalía,

– Característica personales: Estado civil, sexo, fecha y lugar de nacimiento,

– Localización: Dirección, teléfono,

– Académicos: Titulación, historial académico, experiencia profesional,

– Otros: Familiares, Bancarios,

6.– Cesiones de los datos:

Administraciones Públicas y Asociaciones Privadas que gestionen Centros de Menores (Ámbito de Reforma).

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Derechos Humanos y Cooperación con la Justicia.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Derechos Humanos y Cooperación con la Justicia.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 18:

PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

1.– Finalidad:

Gestión y control del personal al servicio de la Administración de Justicia.

2.– Usos Previstos:

Los de la Finalidad.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Oficiales, auxiliares, agentes y personal laboral de la Administración de Justicia.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Expedientes personales, recopilación de información en el momento de su adscripción a la Administración de Justicia y durante el periodo de relación con el mismo.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: N.º Registro Personal, N.º SS, DNI, Nombre y Apellidos,

– Localización: Dirección, teléfono,

– Características personales: Estado civil, sexo, fecha y lugar de nacimiento,

– Situación Administrativa: tipo de contrato, cuerpo, comisiones de servicios,

– Formación: Eusquera, informática, otros cursos,

– Económico-financieros: Bancarios, nómina,

– Otros: Referidos al puesto de trabajo, vacaciones, permisos, licencias,

6.– Cesiones de los datos:

Departamentos de Hacienda y Administración Pública y otros organismos con competencia en materia de personal, así como órganos judiciales y de gobierno de la Administración de Justicia.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Ordenación de Recursos Humanos.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Ordenación de Recursos Humanos.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 19:

CONTROL DE DISTRIBUCIÓN HORARIA.

1.– Finalidad:

Control individualizado de la distribución horaria y previsión anual del personal de EUSTAT por operaciones estadísticas, tareas y fases con el objetivo de obtener una contabilidad de costes.

2.– Usos Previstos:

Los de la finalidad.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Personal con vinculación estatutaria o laboral con EUSTAT.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Información facilitada por los propios interesados, mediante grabación interactiva individualizada en la Aplicación.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: D.N.I.

– Horas Contabilizadas: en operaciones estadísticas, tareas y fases.

6.– Cesiones de los datos:

No está prevista.

7.– Órgano responsable del fichero:

Instituto Vasco de Estadística (EUSTAT).

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Secretaría General.

Instituto Vasco de Estadística EUSTAT

C/ Dato, 14-16

01006 Vitoria-Gasteiz.

FICHERO 20:

LANGAI, SERVICIO VASCO DE COLOCACION.

1.– Finalidad:

Organización y desarrollo de las acciones de intermediación en el mercado de trabajo.

2.– Usos Previstos:

Gestión y Seguimiento de las acciones de intermediación.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Demandantes de empleo.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Ficha Curriculum Vitae.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: D.N.I./N.I.F., Nro. S.S., Nombre y Apellidos, Nacionalidad,

– Localización: Domicilio, teléfono,

– Características: Sexo, Estado Civil, Servicio Militar,

– Sobre Formación

– Sobre Ocupación

– Referencias

– Disponibilidad

– Empleos anteriores/actuales

6.– Cesiones de los datos:

EGAILAN, S.A. (Sociedad Pública para la promoción de la formación y el empleo).

7.– Órgano responsable del fichero:

Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz

FICHERO 21:

LANGAI: CENTROS COLABORADORES.

1.– Finalidad:

Organización y desarrollo de las acciones de intermediación en el mercado de trabajo.

2.– Usos Previstos:

Gestión y Seguimiento de las acciones de intermediación.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Personal de los centros colaboradores:

– Responsables del centro a efectos legales

– Responsables de coordinación

– Responsables técnico-informáticos

– Entrevistadores de demanda

– Entrevistadores de oferta

– Personal de apoyo.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

Anexos de los convenios con los centros colaboradores.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos: D.N.I./N.I.F., Nombre y Apellidos,

– Tipo de relación.

6.– Cesiones de los datos:

EGAILAN, S.A. (Sociedad Pública para la promoción de la formación y el empleo).

7.– Órgano responsable del fichero:

Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

FICHERO 22:

ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA

Se modifica el fichero «Turno de oficio», publicado con el n.º 5 en el Anexo de la Orden de 21 de noviembre de 1994, del Consejero de Justicia, por la que se regulan los ficheros automatizados con datos de carácter personal existentes en el Departamento de Justicia, que pasa a denominarse «Asistencia Jurídica gratuita»:

1.– Finalidad:

Seguimiento y Control de la subvención por actuaciones profesionales por razón de la Asistencia Jurídica Gratuita.

2.– Usos Previstos:

Los de la finalidad.

3.– Personas o colectivos origen de los datos:

Letrados, procuradores y solicitantes de la Asistencia Jurídica Gratuita.

4.– Procedimiento de recogida de los datos:

A través de los propios interesados y de los Colegios Profesionales.

5.– Estructura básica del fichero:

– Identificativos:

– Económico-Financieros:

– Especialmente protegidos: Relativos a la comisión de infracciones penales

6.– Cesiones de los datos:

No está prevista.

7.– Órgano responsable del fichero:

Dirección de Derechos Humanos y Cooperación con la Justicia.

8.– Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección de Derechos Humanos y Cooperación con la Justicia.

Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social

C/ Duque de Wellington, 2

01010 Vitoria-Gasteiz.


Análisis documental