
N.º 148, viernes 2 de agosto de 1996
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Autoridades y Personal
Hacienda y Administración Pública
3721
ORDEN de 16 julio de 1996 del Consejero de Hacienda y Administración Pública por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de personal laboral fijo en el Departamento de Industria, Agricultura y Pesca.
<FONT FACE="Courier New" SIZE=3><P>Mediante el Decreto 84/1996 de 23 de abril por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1996 (BOPV n.º 90 de 13 de mayo) se autoriza la convocatoria de dos plazas de profesor de teoría (puente-pesca) en el Departamento de Industria, Agricultura y Pesca para su cobertura por personal laboral fijo.
En cumplimiento del Decreto citado, de conformidad con el Convenio Colectivo vigente para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y en virtud de la competencia que me otorga el artículo 6.1 i) de la Ley 6/1989, de 6 de julio de la Función Pública Vasca en relación con los artículos 1 y 3 del Decreto 173/1995, de 28 de febrero, por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Hacienda y Administración Pública, Resuelvo convocar concurso oposición para la cobertura de las plazas ofertadas con sujeción a las siguientes
BASES
I.- Objeto de la Convocatoria:
Constituye el objeto de esta convocatoria establecer el procedimiento de selección a través del sistema de concurso-oposición para la cobertura, mediante contratación laboral indefinida de los puestos que a continuación se detallan:
Dos profesores de teoría (puente-pesca), código 033033, dotaciones 3 y 4.
- Nivel retributivo: 10.
- Perfil lingüístico 4, sin fecha de preceptividad.
- Poseer alguna de las siguientes titulaciones: Capitán de la marina mercante, o piloto de primera clase de la marina mercante, o capitán de pesca.
- Centro de trabajo: Pasaia.
- Al puesto le será de aplicación el Convenio Colectivo vigente de personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
II.- Requisitos de los Candidatos:
Para tomar parte en la presente convocatoria será necesario:
1.- Ser español u ostentar la nacionalidad de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y suscritos por el Estado Español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en los que se halla definido en el Tratado de Constitución de la Unión Europea.
2.- Tener 18 años cumplidos.
3.- No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el ejercicio normal de las funciones correspondientes.
4.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En el supuesto de ser extranjero, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.
5.- No estar incurso en ninguna causa legal de incapacidad e incompatibilidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley 53/1984, de incompatibilidad de personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio para los que ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible de ejercitar el derecho de opción a que se refiere la citada norma legal.
6.- Estar en posesión de la titulación exigida para las plazas convocadas.
Los aspirantes deberán reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la fecha en que expire el plazo señalado para la presentación de solicitudes.
III.- Solicitudes:
1.- Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo se dirigirán al Excmo. Sr. Consejero del Departamento de Hacienda y Administración Pública según el modelo normalizado que se establece en el Anexo I de estas bases de convocatoria.
2.- Las solicitudes se presentarán dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
3.- Las solicitudes acompañadas de una fotocopia del DNI del aspirante o documento equivalente, se entregarán debidamente firmadas en el registro de la Dirección de Servicios Generales del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca (Avda. Duque de Wellington, 2 , en Vitoria-Gasteiz) bien personalmente o bien a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.- Los aspirantes deberán hacer constar en la solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base II, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes. Su acreditación no será necesaria hasta el fin del proceso selectivo.
5.- Deberá acompañarse a la solicitud la documentación acreditativa de méritos que deban ser valorados en la fase de concurso. Aquellos méritos no alegados y acreditados en la solicitud no podrán ser tenidos en cuenta para su valoración.
La documentación deberá presentarse en original o copia compulsada. La compulsa de copias podrá realizarse en el lugar señalado para la entrega de solicitudes.
IV.- Discapacidades:
En las presentes pruebas selectivas podrán tomar parte las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas correspondientes al puesto convocado.
V.- Admisión de candidatos:
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes la autoridad convocante dictará Orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Esta Orden se publicará en el BOPV y en ella se indicarán los motivos de exclusión, señalándose un plazo de diez días hábiles para su subsanación. Expirado este plazo se procederá a la aprobación de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos que será publicada en el BOPV y en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio. El anuncio de la celebración de las restantes pruebas se hará público por el Tribunal en el local donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
VI.- Tribunal Calificador:
1.- Composición:
- Presidente: - Titular: D. José Ignacio Zudaire Arana
..... - Suplente: D. Antonio M.ª Iturralde Arriaga.
- Vocales: - Titulares: D. Ángel Uresberueta Otxotorena.
.........D. José Ignacio Espel Fernández. ....... - Suplentes: D. Jesús Moreno Sanz.
D. Pedro Arrillaga Anabitarte.
- Representante del IVAP: - Titular: D. Tatta Vázquez Salinas.
- Suplente: D. Eduardo de la Fuente Riaño.
- Representante de los trabajadores: - Titular: D. Carlos Muneta Larumbe.
- Suplente: D. Iñaki Leibar Bilbao.
- Secretario: - Titular: D. Jesús Murguiondo Blazquez.
...... - Suplente: D. Ramón Rivas Gorostiaga.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, con excepción del secretario que carecerá de esta última cualidad.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y el Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan, y la mitad al menos de sus miembros.
Los acuerdos del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos. En su caso, el Presidente dirimirá con su voto los empates.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano competente y podrán ser recusados por los interesados, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores, para todas o algunas de las pruebas de las que conste el proceso selectivo, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.
VII.- Procedimiento de selección:
La selección de los aspirantes se llevará a cabo por el sistema de concurso-oposición:
1.- Fase de oposición:
a) Primer ejercicio. Tiene carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo que el Tribunal determine, a uno o varios temas o cuestiones relacionados con el temario que se establece en el Anexo II de las presentes bases, que será elegido por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.
Se valorará de 0 a 10 puntos, y quedarán automáticamente excluidos los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.
b) Segundo ejercicio. Tiene carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de uno o varios de los supuestos de carácter práctico que el Tribunal determine de entre los relacionados en el Anexo II, en el tiempo fijado por aquél.
Se valorará de 0 a 10 puntos, y quedarán automáticamente excluidos los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.
Se valorará de 0 a 10 puntos.
d) Cuarto ejercicio. Tiene carácter voluntario. Consistirá en la realización de las pruebas que el Instituto Vasco de Administración Pública determine, destinadas a la valoración del conocimiento del idioma euskera por los aspirantes.
Se valorará conforme al siguiente baremo:
Por acreditar el perfil lingüístico 1......1,6 puntos.
Por acreditar el perfil lingüístico 2......2,2 puntos.
Por acreditar el perfil lingüístico 3......3,3 puntos.
Por acreditar el perfil lingüístico 4......4,4 puntos.
Aquellos aspirantes que tengan acreditado algún perfil lingüístico no precisarán presentarse a la prueba correspondiente a dicho perfil. Los poseedores del certificado de aptitud del conocimiento de euskera (EGA), del grado de aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas, así como del certificado otorgado por el Instituto Labayru tendrán acreditado el perfil lingüístico 3.
2.- Fase de concurso.
Los aspirantes que superen la fase de oposición accederán a la fase de concurso que consistirá en la valoración de los méritos acreditados por los aspirantes, conforme al siguiente baremo:
a) Por servicios prestados en centros públicos o centros de enseñanza reglada, desempeñando puestos de igual o similar contenido a los convocados, 0’20 puntos por mes completo, con un máximo de 6 puntos. La acreditación de dichos servicios se llevará a cabo mediante certificación expedida por la Administración o centro de enseñanza reglada correspondiente.
b) Por servicios prestados en centros privados de enseñanza no reglada desempeñando puestos de igual o similar contenido a los convocados, 0’20 puntos por mes completo, con un máximo de 1 punto. La acreditación de dichos servicios se llevará a cabo mediante certificación expedida por el centro correspondiente, asimismo se aportará certificación de cotización a la Seguridad Social en la que constará la categoría profesional alegada.
d) El conocimiento de inglés marítimo se valorará de 0 a 3 puntos y el de francés marítimo de 0 a 2 puntos. Su acreditación se realizará en la forma que determine el Tribunal.
El orden de clasificación definitiva del concurso-oposición vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. En caso de empate, será propuesto el aspirante que hubiera tenido la mayor puntuación en el total de la fase de oposición.
VIII.- Relación de Aprobados:
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación, haciendo constar la calificación de la fase de oposición, la valoración de los méritos y la suma total de ambos. Los méritos de aquellos aspirantes que no hubieran obtenido el mínimo exigido para superar las pruebas eliminatorias de la fase de oposición no serán valorados. En ningún caso el número de aprobados podrá exceder del número de plazas convocadas. La relación de aprobados se elevará al Consejero de Hacienda y Administración Pública que la publicará en el BOPV.
No obstante, los aspirantes que habiendo superado los ejercicios eliminatorios, no hubieran obtenido los puestos convocados podrán ser llamados por orden de puntuación para cubrir temporalmente dichos puestos u otros con las mismas funciones.
IX.- Aportación de Documentación:
Con carácter previo a la formalización de los contratos los aspirantes que hubieran resultado seleccionados presentarán en la Dirección de Servicios Generales del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones y requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria, que a continuación se detallan:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o para los nacionales de los demás Estados que puedan concurrir a estas pruebas selectivas, certificado de la autoridad competente de su país de origen que acredite su nacionalidad.
Los nacionales de los Estados citados en la base II, apartado I, deberán presentar certificado de la autoridad competente de su país de origen que acredite que no están sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado el acceso a la función pública.
c) Fotocopia del título requerido para el acceso al puesto, o en su caso, justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico ni psíquico que impida el normal ejercicio de las funciones propias de puesto, expedido por el Servicio Médico del Gobierno Vasco o en la forma en que se determine. Aquellos que tengan la condición de minusválidos deberán presentar, en el plazo anteriormente indicado, certificación oficial del órgano competente que le acredite tal condición y su capacidad para el desempeño del puesto.
Las fotocopias se presentarán acompañadas del original para su compulsa.
Los aspirantes propuestos que dentro del plazo señalado, y salvo causa de fuerza mayor no presentasen la documentación citada, o no acreditaran reunir las condiciones exigidas en la base II, o no llegasen a reunir la aptitud física o psíquica exigible para el desempeño del puesto, no podrán ser contratados, quedando automáticamente eliminados, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. En tal caso, serán sustituidos por el siguiente aspirante, por orden de puntuación, que hubiese superado el procedimiento selectivo.
X.- Resolución:
Transcurrido dicho periodo de prueba los candidatos que lo superen satisfactoriamente adquirirán la condición de personal laboral fijo. Los aspirantes que no superasen el periodo de prueba perderán todos los derechos a su incorporación como contratados laborales fijos.
XI.- Incidencias:
El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.
El Tribunal queda facultado para efectuar las adaptaciones de tiempo y medios que estime preciso en la celebración de las pruebas, para aquellos aspirantes que tengan alguna minusvalía y siempre que a través de ello no se menoscabe o reduzca la aptitud exigible en la prueba de que se trata.
Contra las resoluciones del Tribunal y los actos que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse por los interesados recurso ordinario ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de julio de 1996.
El Consejero de Hacienda y
Administración Pública,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
ANEXO I
<TABLE BORDER CELLSPACING=2 CELLPADDING=4 WIDTH=600> <TR><TD VALIGN="TOP" COLSPAN=3 HEIGHT=32> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>I.- PLAZAS A LAS QUE ASPIRA.</TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" COLSPAN=3 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Designación:</TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" COLSPAN=3 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3> </TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" COLSPAN=3 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Fecha de la Convocatoria:</TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" COLSPAN=3 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>II.- DATOS PERSONALES</TD> </TR> <TR><TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>1.º Apellido</TD> <TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>2.º Apellido</TD> <TD WIDTH="24%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Nombre</TD> </TR> <TR><TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> <TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> <TD WIDTH="24%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> </TR> <TR><TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Fecha de nacimiento</TD> <TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Lugar de nacimiento</TD> <TD WIDTH="24%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>DNI</TD> </TR> <TR><TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> <TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> <TD WIDTH="24%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> </TR> <TR><TD WIDTH="76%" VALIGN="TOP" COLSPAN=2 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Domicilio (Calle o Plaza y número) </TD> <TD WIDTH="24%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Teléfono</TD> </TR> <TR><TD WIDTH="76%" VALIGN="TOP" COLSPAN=2 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3> </TD> <TD WIDTH="24%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> </TR> <TR><TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Municipio</TD> <TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Cód. Postal</TD> <TD WIDTH="24%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Provincia</TD> </TR> <TR><TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> <TD WIDTH="38%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> <TD WIDTH="24%" VALIGN="TOP" HEIGHT=24>
</TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" COLSPAN=3 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>III.- EXPERIENCIA EN EL DESEMPEÑO DE PUESTOS DE IGUAL O SIMILAR CONTENIDO A LOS CONVOCADOS *:
a) Servicios prestados en centros públicos o centros de enseñanza reglada:</TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" COLSPAN=3 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3> </TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" COLSPAN=3 HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>b) Servicios prestados en centros privados de enseñanza no reglada:
<FONT FACE="Courier New" SIZE=3><P>IV.- CURSOS DE FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO RELACIONADOS CON LOS PUESTOS A LOS QUE ASPIRA *:
<FONT FACE="Courier New" SIZE=3> <TABLE BORDER CELLSPACING=2 CELLPADDING=4 WIDTH=647> <TR><TD VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3><P>V.- CONOCIMIENTO DE INGLÉS O FRANCÉS MARÍTIMO *:</TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" HEIGHT=24><P>
</TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP" HEIGHT=24> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3> </TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP"> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>VI.- PARA MINUSVALIDOS:</TD> </TR> <TR><TD VALIGN="TOP"> <FONT FACE="Courier New" SIZE=3>Las personas minusválidas que precisen adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas y periodo de prácticas deberán hacerlas constar a continuación:
<FONT FACE="Courier New" SIZE=3><P>*Se acompañará la documentación acreditativa de los méritos alegados en estos apartados.
En Vitoria-Gasteiz, a de de 199 .
ANEXO II
A) Temario
1.- Modernas teorías sobre circulación general atmosférica.
2.- Vientos teóricos.
3.- Teoría sobre la formación de los ciclones tropicales, tornados y tormentas.
4.- Frontogénesis: Su evolución desde los planteamientos de Bjerknes hasta nuestros días.
5.- Mapas de circulación en altura: 700, 500 y 300 hPa, su importancia y relación en el tiempo en superficie.
6.- El clima de la costa vasca (Galernas).
7.- Teledetección; su aplicación a la pesca.
8.- El fenómeno del Niño en el Pacífico: su influencia en el clima y en la pesca.
9.- Llamada selectiva digital. Descripción y su empleo en el S.M.S.S.M.
10.- La red Internet y su aplicación a la navegación y a la pesca.
11.- IMOSAR (Manual OMI sobre búsqueda y salvamento marítimo).
12.- MERSAR (Manual de búsqueda y salvamento marítimo para buques mercantes).
13.- Cinemática naval aplicada a la navegación (Trazado abreviado anticolisión T.A.A.).
14.- Componentes del GMDSS. Antecedentes, descripción y utilización.
15.- Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL 73/78).
16.- Equipamiento de protección de los buques SOLAS.
B) Supuestos Prácticos.
1.- Explicación ante el Tribunal a nivel de alumno, de un tema del apartado A) elegido entre dos planteados por el Tribunal.
2.- Preparación de la presentación de un tema del apartado A), utilizando una herramienta informática para la realización de transparencias (Power Point o similar).
3.- Realización de ejercicios de maniobras con un buque de prácticas.
4.- Interpretación de cartas Meteo de superficie y 500 hPa.
5.- Envío de un mensaje con equipos reales, y posterior recepción por otro medio de sistema mundial de socorro y seguridad marítimos GMDSS.
6.- Instalación de sistemas fijos de inundación por gases, en un buque de determinadas características según SOLAS.
7.- Obtención de información marítima y pesquera proporcionada por la red Internet.
8.- Simulación de ARPA.
9.- Ejercicio práctico de un caso de cinemática aplicada a la navegación.
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