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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 116, martes 18 de junio de 1996


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Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
3008

DECRETO 131/1996, de 5 de junio, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Anónima Pública Orquesta de Euskadi, S.A. y se modifican sus Estatutos Sociales.

<FONT SIZE=2><P>En su reunión del día 5 de junio de 1996, la Junta General de la Sociedad Anónima Pública ORQUESTA DE EUSKADI, S.A., acordó ampliar su capital social, fijado en trescientos un millones cuatrocientas cincuenta mil (301.450.000) pesetas, totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en la suma de cinco millones (5.000.000) de pesetas, emitiéndose cinco mil (5.000) acciones de mil (1.000) pesetas cada una de ellas, única serie, numeradas correlativamente del 301.451 al 306.450, ambos inclusive, a la par y libre de todo gasto e impuesto de emisión.

La Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, establece, en su artículo 44, que la adquisición de participaciones de las Sociedades Públicas, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la Sociedad dependa administrativamente. La Sociedad Pública Orquesta de Euskadi, S.A., ha quedado bajo la dependencia del Departamento de Cultura, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 281/1995 de 30 de mayo, por el que se establece la estructura del mismo.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Cultura, en su sesión celebrada el día 5 de junio de 1996,

Artículo 1.- Autorizar la suscripción, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en ejercicio de sus derechos de socio único, de cinco mil (5.000) acciones, de mil (1.000) pesetas cada una de ellas, emitidas por la Sociedad Anónima Pública ORQUESTA DE EUSKADI, S.A., y numeradas correlativamente del 301.451 al 306.450, ambos inclusive, así como el desembolso del 100 % de su importe, es decir, cinco millones (5.000.000) de pesetas, en los términos del Acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas de la referida Sociedad.

Artículo 2.- Se modifica el artículo 5, párrafo 1 de los Estatutos Sociales, que, en lo sucesivo, quedará redactado como sigue:

"Artículo 5.- Capital Social.

1. El capital social se fija en trescientos seis millones cuatrocientas cincuenta mil (306.450.000) pesetas, representado por trescientas seis mil cuatrocientas cincuenta (306.450) acciones nominativas, de mil (1.000) pesetas de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 306.450, ambos inclusive, totalmente suscrito y desembolsado."

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 5 de junio de 1996.

El Lehendakari,

JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Cultura,

M.ª CARMEN GARMENDIA LASA.


Análisis documental