
N.º 51, martes 12 de marzo de 1996
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Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
1372
ORDEN de 5 de febrero de 1996, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, en relación a la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco en la modificación de los Estatutos de la denominada "Fundación Vasca para el fomento de la Calidad-Kalitateren Suztapenerako Euskal Iraskundea".
<FONT FACE="Courier New" SIZE=3><P>Visto y examinado el expediente por el que se solicita la aprobación del Protectorado de Fundaciones de la modificación de los Estatutos de la "Fundación Vasca para el Fomento de la Calidad-Kalitateren Suztapenerako Euskal Iraskundea", de Zamudio, así como la inscripción de la misma en el Registro de Fundaciones del País Vasco, en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º.- El 8 de noviembre de 1995 tuvo entrada en el Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, solicitud de aprobación por parte del Protectorado de Fundaciones del País Vasco de la modificación de los Estatutos fundacionales de la entidad denominada "Fundación Vasca para el Fomento de la Calidad-Kalitateren Suztapenerako Euskal Iraskundea", así como su inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco.
2.º.- A la citada solicitud se adjuntó escritura de elevación a públicos de los acuerdos adoptados en la reunión de carácter universal del Patronato de la "Fundación Vasca para el Fomento de la Calidad-Kalitateren Suztapenerako Euskal Iraskundea", de Zamudio, de fecha 1 de septiembre de 1995, de modificación de los estatutos fundacionales, otorgada en Bilbao el día 11 de octubre de 1995 por D. Eduardo Tolosa Marin como representante de la entidad "Banco Bilbao Vizcaya, S.A." que ostenta la Presidencia del órgano de gobierno fundacional, ante el Notario de la misma ciudad, del Ilustre Colegio de Bilbao, D. Carlos Remacha Tejada.
3.º.- El Departamento de Cultura emitió informe favorable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36.4 de la Ley 12/1994, así como en los artículos 8-3 y 62 del Decreto 404/1994.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Primero.- Corresponde al Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social dictar, mediante Orden la resolución del expediente de modificación Estatutaria en base a los artículos 36.3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, y 7-1.a) del Decreto 404/1994, de 18 de octubre.
Vistos la Constitución vigente, el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Ley de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 404/1994, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Protectorado y Registro de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.
El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,
Primero.- Aprobar la modificación de los Estatutos de la "Fundación Vasca para el Fomento de la Calidad-Kalitateren Suztapenerako Euskal Iraskundea", de Zamudio, acordada en fecha 1 de septiembre de 1995 por el Patronato fundacional.
Segundo.- Ordenar la inscripción de la modificación estatutaria de la denominada "Fundación Vasca para el Fomento de la Calidad-Kalitateren Suztapenerako Euskal Iraskundea", de Zamudio, en idénticos términos a los establecidos en la escritura notarial (n.º de protocolo 1221) de fecha 11 de octubre de 1995, que eleva a públicos los Acuerdos de Modificación Estatutaria adoptados por el órgano de gobierno de la misma.
Tercero.- Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la misma.
Para la interposición del recurso será requisito imprescindible que con carácter previo se comunique a este órgano la interposición del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 5 de febrero de 1996.
El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,
RAMÓN JÁUREGUI ATONDO.
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