
N.º 7, miércoles 10 de enero de 1996
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Educación, Universidades e Investigación
162
ORDEN de 29 de noviembre de 1995, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza el cese de actividades del Centro docente privado "Amigos del Colegio San José" de Igorre (Bizkaia).
<FONT FACE="Courier New" SIZE=3><P>Examinado el expediente iniciado por el representante legal de la entidad titular del Centro docente privado "Amigos del Colegio San José" de Igorre, en solicitud de autorización para el cese de actividades del mismo.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Bizkaia, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9) sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia,
Artículo 1.- Se autoriza el cese de actividades del Centro docente privado que se describe a continuación:
Territorio Histórico: Bizkaia
Municipio: Igorre
Localidad: Igorre
N.º de código: 48008057
Denominación específica: "Amigos del Colegio San José" Titular: Amigos del Colegio San José
Domicilio: Elejalde, 20
Artículo 2.- La autorización de cese de actividades surtirá efectos a partir del curso escolar 1995/96, procediéndose en esa fecha a dar de baja su inscripción en el Registro de Centros Docentes.
Desde esa fecha quedará sin efecto la Orden del 7 de julio de 1977 por la que fue autorizado para impartir Educación Preescolar.
Artículo 3.- En caso de que se instase su reapertura será necesario dar cumplimiento a los preceptos contenidos en las disposiciones vigentes en materia de autorización de centros.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 1995.
El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,
INAXIO OLIVERI ALBISU.
<FONT SIZE=2>
RSS