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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 230, viernes 1 de diciembre de 1995


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Otras Disposiciones

Interior
5051

ORDEN de 15 de noviembre de 1995, del Consejero de Interior, por la que se convoca una beca de colaboración para realizar un estudio sobre la Cooperación Policial Internacional.

Ante la importancia creciente que supone la cooperación internacional en el ámbito policial y considerando la transcendencia que revisten los diversos convenios internacionales -Acuerdo Schengen, Convenio Europol, Grupo TREVI- para la actuación de la Ertzaintza, a propuesta de la Dirección de Régimen Jurídico, y con el objeto de propiciar la investigación en estas materias, se estima necesario incentivar su análisis mediante la convocatoria de una beca. Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo único.- Aprobar la convocatoria de una beca de colaboración para la Dirección de Régimen Jurídico del Departamento de Interior de acuerdo con las bases que figuran en el Anexo.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de noviembre de 1995.

El Consejero de Interior,

JUAN MARÍA ATUTXA MENDIOLA.

ANEXO

Bases

Primera: Objeto de la Convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto la adjudicación de una beca para la realización de un estudio sobre cooperación policial internacional.

Segunda: Destinatarios.

La beca va dirigida a Licenciados en Derecho.

Tercera: Duración, cuantía y forma de pago.

1.- La duración de la beca será de doce meses pudiendo ser renovada, siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente, una sola vez por otro periodo que no supere, en ningún caso, los doce meses. En los supuestos de renuncia o revocación de la beca, las personas suplentes podrán incorporarse durante el tiempo que reste de disfrute de la misma.

2.- La beca estará dotada con una cantidad de 1.992.000 PTA que se hará efectiva de la siguiente forma: una cuarta parte (498.000 PTA) al inicio del disfrute de la beca y el resto por cuatrimestres vencidos (498.000 PTA), condicionando el último pago a la entrega de una memoria por parte del becario e informe favorable del Director de Régimen Jurídico.

3.- El Departamento de Interior, de acuerdo con la normativa vigente, sufragará los gastos de asistencia a cursos, conferencias o visitas necesarios para la formación de la persona becaria siempre que con anterioridad hayan sido aprobados por el Director de Régimen Jurídico.

Cuarta: Características de las becas.

1.- El disfrute de la beca será incompatible con la percepción de otra beca o ayuda y con la realización de cualquier otro trabajo remunerado, excepto el desarrollo de tareas de investigación, docentes o por cuenta propia, previa autorización concedida al efecto por el Director de Régimen Jurídico.

2.- La concesión y disfrute de la beca no establece relación contractual alguna con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

3.- La Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco procederá a suscribir una póliza de accidentes a favor de la persona becaria.

Quinta: Sistema de selección.

1.- La Comisión de Selección estará compuesta por:

Presidente: Ilmo. Sr. D. José Luis Aurtenetxe Goiriena, Director de Régimen Jurídico del Departamento de Interior, o persona en quien delegue.

Vocales:

D. Guillermo Aranzabe Pablos, letrado de la Dirección de Régimen Jurídico del Departamento de Interior.

Dña. Itziar Lizeaga Romero, letrada de la Dirección de Régimen Jurídico del Departamento de Interior.

Suplentes:

D. Juan Carlos Agirre Huerga, letrado de la Dirección de Régimen Jurídico del Departamento de Interior.

Dña. Julia Sirés Bengoa, letrada de la Dirección de Régimen Jurídico del Departamento de Interior.

Secretario: D. José Luis Arruti del Rey, técnico de administración de personal de la Dirección de Servicios.

Suplente: D. Juan Manuel Urretavizcaya Quintana, Jefe de Administración, Presupuestos y Contratación de la Dirección de Servicios del Departamento de Interior.

2.- Para proceder a la selección se tendrán en cuenta los siguientes méritos:

a) Trayectoria académica, en particular conocimientos y experiencia en temas europeos.

b) Nivel de conocimiento escrito y oral de lenguas oficiales de la Unión Europea.

c) Nivel de conocimiento escrito y oral de euskera.

d) Experiencia en trabajos de investigación.

e) Trabajos publicados.

3.- La Comisión de Selección podrá realizar una entrevista a los candidatos si lo considera necesario.

4.- Una vez evaluados los méritos la Comisión de Selección elevará al Excmo. Sr. Consejero de Interior la propuesta de adjudicación de la beca a la persona que haya obtenido mayor puntuación. Asimismo propondrá como suplentes, siguiendo el orden de puntuación, a las tres personas que hubieran obtenido las tres siguientes calificaciones, al objeto de cubrir posibles renuncias u otros incidentes.

5.- El Excmo. Sr. Consejero de Interior procederá a la adjudicación de la beca a la persona seleccionada y a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sexta: Obligaciones de la persona beneficiaria

1.- La aceptación de la beca por parte de la persona beneficiaria implica la aceptación de las normas de esta convocatoria.

2.- La persona beneficiaria elaborará un estudio o trabajo de investigación que será entregado al finalizar la beca, siguiendo las directrices dadas por el Director de Régimen Jurídico del Departamento de Interior, el cual valorará la actividad realizado por el becario. Los derechos de explotación correspondientes al trabajo de investigación realizado pertenecerán a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, renunciando la persona beneficiaria a cualquier tipo de compensación.

Séptima: Revocación.

En el caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la base sexta, podrá declararse, por resolución del Director de Régimen Jurídico, la pérdida del derecho a la percepción de la beca y, en su caso, la obligación de reintegrar a la Tesorería General del País Vasco la cantidad o cantidades ya percibidas con sus intereses legales.

Octava: Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, e irán dirigidas a la Ilma. Sra. Directora de Servicios del Departamento de Interior, Duque de Wellington 2, Entreplanta, 01010 Vitoria-Gasteiz, conteniendo al menos los siguientes extremos:

a) Nombre y apellidos del solicitante, así como domicilio y teléfono de contacto.

b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

c) Titulación Académica.

d) Curriculum profesional.


Análisis documental