
N.º 226, lunes 27 de noviembre de 1995
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Otras Disposiciones
Hacienda y Administración Pública
4956
DECRETO 490/1995, de 21 de noviembre, por el que se autoriza al Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca, la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad Anónima Pública Euskal Telebista-Televisión Vasca, S.A.
El artículo 44.2 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que el Gobierno podrá autorizar a los Entes Públicos de Derecho Privado la creación o participación en Sociedades de cualquier clase, con cargo a sus respectivos presupuestos, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y
Hacienda y del Consejero del Departamento del que dependan los Entes Institucionales mencionados.
Habiendo adoptado la Junta General Universal de la
Sociedad Anónima Pública Euskal TelebistaTelevisión
Vasca, S.A., el acuerdo de ampliación de su capital social en cuatrocientos cincuenta millones (450.000.000) de pesetas, siendo accionista único de la misma el Ente Público Euskal Irrati TelebistaRadio
Televisión Vasca, correspondiéndole, por tanto, el ejercicio de los derechos de socio en tal Sociedad y requiriendo, de conformidad a lo expuesto en el párrafo anterior, de autorización del Consejo de Gobierno.
En su virtud, a propuesta conjunta del Consejero de
Hacienda y Administración Pública y de la Consejera de Cultura, en su reunión de 21 de noviembre de 1995,
DISPONGO:
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Artículo único.- Autorizar al Ente Público Euskal
Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad
Anónima Pública Euskal Telebista-Televisión Vasca,
S.A., con cuatrocientos cincuenta millones (450.000.000) de pesetas, equivalente a una participación del 100% de la ampliación a realizar, con lo que, tras la citada ampliación de capital, la participación del
Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión
Vasca en dicha Sociedad será de ocho mil setecientos veintisiete millones cuatrocientas veintidos mil (8.727.422.000) pesetas, equivalente al 100% de su futuro capital social.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos desde su aprobación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de
1995.
El Lehendakari,
JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.
El Consejero de Hacienda y Administración Pública,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
La Consejera de Cultura,
M.ª CARMEN GARMENDIA LASA.
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