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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 220, viernes 17 de noviembre de 1995


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Autoridades y Personal

Educación, Universidades e Investigación
4798

ORDEN de 9 de octubre de 1995, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se nombran funcionarios de carrera a los seleccionados en las pruebas selectivas para ingreso al Cuerpo de Maestros, convocadas por Orden de 4 de mayo de 1993 (BOPV de 11), y que tenían concedida la prórroga para la realización del periodo de prácticas.

El artículo 4.1 del Real Decreto 574/1991, de 22 de abril (BOE del 23), por el que se regula transitoriamente el ingreso en la Función Pública docente, establece que el Ministerio de Educación y Ciencia y los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas, una vez publicadas sus respectivas ofertas de empleo, procederían a realizar la convocatoria para la provisión de plazas vacantes autorizadas en dichas ofertas de empleo.

Aprobada la oferta de empleo público de la Comunidad

Autónoma del País Vasco para 1993 en virtud del

Decreto 125/1993, de 4 de mayo (BOPV de 10 de mayo), por Orden de 4 de mayo de 1993 (BOPV del

11), del Consejero de Educación, Universidades e

Investigación, se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza

Secundaria, Profesores Técnicos de Formación

Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

De conformidad con lo prevenido en la base común

12.1 de la Orden de 4 de mayo de 1993 (BOPV de 11), del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza

Secundaria, Profesores Técnicos de Formación

Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y una vez revisadas las actas de las Comisiones que han calificado las practicas es preciso proceder al nombramiento de funcionarios de carrera a los opositores seleccionados mediante Ordenes de 22 de septiembre de 1993 (BOPV de 27) y de 15 de octubre de 1993 (BOPV de 19) con sus posteriores modificaciones de 11 y 14 de marzo de 1994 (BOPV de 18 de abril), 7 de julio de 1994 (BOPV de 28) y 3 de agosto de 1994 (BOPV de 22), y que tenían concedida la prórroga para la realización del periodo de prácticas.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.- Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los opositores que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 4 de mayo de

1993 (BOPV de 11), que tenían concedida la prórroga para la realización del periodo de prácticas, y que se relacionan en el anexo I a la presente Orden, indicando

Cuerpo, especialidad y número de registro personal que les corresponde.

Segundo.- Declarar excluídas del nombramiento de funcionarios de carrera a las personas que se relacionan en el anexo II a la presente Orden, por los motivos que se indican.

Tercero.- Los nombrados a través de la presente

Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros con efectos administrativos de 1 de septiembre de 1995, y percibirán el sueldo y demás emolumentos que les corresponda de acuerdo con lo dispuesto en la vigente Ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad

Autónoma de Euskadi.

Cuarto.- Aquellos seleccionados de los nombrados que ya sean funcionarios de otro Cuerpo de la Administración deberán optar por su incorporación en uno de ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo

10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones

Públicas.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

De conformidad con lo establecido por el Decreto

47/1993, de 9 de marzo, por el que se establecen criterios para la determinación de los perfiles lingüísticos y las fechas de preceptividad en los puestos de trabajo docentes, aquellos aspirantes que siendo nombrados funcionarios de carrera por la presente Orden no hayan acreditado el perfil lingüístico de la plaza a la que acceden, dispondrán de un plazo de 3 años para acreditar el perfil lingüístico de la plaza si este tuviera una preceptividad inmediata, y si se incorporasen a plazas con perfil de preceptividad diferida, dispondrán del plazo que se establezca en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, ante la

Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal

Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, previa comunicación a la Dirección de Gestión de Personal, según lo establecido en el artículo 37 de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo

110 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común de 26 de noviembre de 1992.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de octubre de 1995.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

INAXIO OLIVERI ALBISU.

I. ERASKINA / ANEXO I

KIDEGOA/CUERPO ...............................: A45 MAISUMAISTRAK/MAESTROS

ESPEZIALITATEA/ESPECIALIDAD .....: 663 OHO, FILOLOGIA; GAZTELERA ETA INGELESA/

E.G.B., FILOLOGÍA: LENGUA CASTELLANA E INGLÉS

NANa IZEN DEITURAK E.Z.P.

D.N.I. APELLIDOS Y NOMBRE N.R.P.

14601763 GAMINDE LARRAURI IZASKUN A45EU 93001593

II. ERASKINA / ANEXO II

KIDEGOA/CUERPO ...............................: A45 MAISUMAISTRAK/MAESTROS

ESPEZIALITATEA/ESPECIALIDAD .....: 660 HEZKUNTZA BEREZIA.

SENDABIDEZKO PEDAGOGIA/

EDUCACIÓN ESPECIAL. PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA

NANa IZEN DEITURAK E.Z.P.

D.N.I. APELLIDOS Y NOMBRE N.R.P.

22709992 LLORENTE PEREZ MARIA TERESA Por no haber realizado las prácticas


Análisis documental