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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 208, martes 31 de octubre de 1995


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Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
4407

EDICTO de la Dirección de Empleo sobre los expedientes que a continuación se relacionan.

Desiderio Vicente Vicente, Director de Empleo y

Formación del Departamento de Justicia, Economia,

Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, emite el siguiente:

EDICTO

No habiéndose podido realizar la notificación de forma expresa a los beneficiarios de los expedientes de subvención que más abajo se referencian, del inicio del procedimiento tramitado a fin de determinar la procedencia o improcedencia de la reversión de la subvención que les fuera concedida.al amparo del Decreto del Gobierno

Vasco 152/1992, de 2 de junio , por el que se regulan las subvenciones para la realización de estudios y acciones de innovación en la gestión de las Pequeñas y

Medianas Empresas, por ser incorrecta la dirección que consta en el expediente , haber variado el domicilio el solicitante sin comunicar tal variación a efectos de notificación , u otras causas,se hace público el presente Edicto en el Boletín Oficial del Pais Vasco, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común y demás Disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber al interesado que por esta Dirección de Empleo se ha dictado Providencia de inicio de expediente de reversión a fin de determinar la procedencia o improcedencia de declarar la pérdida del derecho a la percepción de la parte pendiente de abono de la subvención concedida y en su caso, la obligación de reintegrar las cantidades ya percibidas, toda vez que la no aportación, habiendo sido expresamente requeridos para ello, de la documentación que en su día estableció la Resolución concesoria, a los efectos de proceder al abono de la subvención pendiente, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15 del Decreto regulador, supone el incumplimiento de la citada disposición, por lo que se le concede un plazo de 15 dias hábiles desde su publicación para la realización de las alegaciones que el interesado estime oportunas, ante la Dirección de

Empleo del Departamento de Justicia, Economia,Trabajo y Seguridad Social, C/ Duque de Wellington, s/n,

C.P. 01010 de Vitoria-Gasteiz, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndose que de no hacerlo le deparará el perjuicio que en

Derecho corresponda.

N.º Expediente Empresa

A-0024-0264/92PY Industrial Auxiliar Alavesa

A-0025-0265/92PY Industrial Auxiliar Alavesa

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de septiembre de 1995.

Director de Empleo y Formación,

DESIDERIO VICENTE VICENTE.


Análisis documental