
N.º 208, martes 31 de octubre de 1995
- Otros formatos:
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Hacienda y Administración Pública
4388
RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 1995, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convoca concurso de méritos para la adjudicación de cuatro ayudas destinadas al fomento de la investigación sobre determinados temas relacionados con la Administración Pública.
El estudio e investigación de la Administración
Pública se presenta como una necesidad ineludible y contínua a la hora de planificar y definir el actuar administrativo concreto.
El IVAP tiene atribuido, por medio de la Ley
16/1983, de 27 de julio, la investigación y difusión de la Ciencia de la Administración y su implantación en las diversas Administraciones del País Vasco.
La pretensión de esta convocatoria no es otra que dinamizar este campo de estudio, y proporcionar una serie de trabajos cuyo resultado pueda repercutir de forma mediata en la eficacia y eficiencia de las Administraciones públicas vascas.
En consecuencia, se procede a la convocatoria de cuatro ayudas para la realización de investigaciones sobre determinados temas relacionados con la Administración
Pública.
Por consiguiente:
RESUELVO:
/p>
Artículo Único.- Convocar cuatro ayudas para la realización de investigaciones, con arreglo a las Bases que figuran en el anexo de la presente Resolución.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del
País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 19 de octubre de 1995.
El Secretario General del Instituto Vasco de Administración Pública,
JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO. (Por Delegación de firma del Director,
Resolución 11294).
ANEXO
DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN
CUATRO AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA
INVESTIGACIÓN SOBRE DETERMINADOS TEMAS
RELACIONADOS CON LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA.
BASES
Primera.- Es objeto de la presente convocatoria la adjudicación de cuatro ayudas, gestionadas por el Servicio de Estudios y Publicaciones del Instituto Vasco de
Administración Pública, para la realización de investigaciones sobre determinados temas relacionados con la
Administración Pública.
Segunda.- Los adjudicatarios de las ayudas deberán realizar un trabajo de investigación relativo a un tema, a su elección, dentro de las siguientes materias:
1.- La reforma de las Administraciones Públicas.
2.- Personal laboral en la Administración Pública.
3.- Controles internos jurídico-económicos en las
Administraciones Públicas.
4.- La descentralización administrativa y el principio de eficacia.
5.- Legislación sobre función pública y su aplicabilidad en administraciones de reducida dimensión.
No obstante lo anterior, podrán presentarse proyectos de trabajo de investigación sobre temas relacionados con las Adminìstración Pública no comprendidos entre los anteriormente citados. Dichos trabajos serán tenidos en cuenta, por el Director del Instituto, en los supuestos en que, bien en razón del número de solicitudes existentes o bien en razón de la oportunidad de las mismas, no fuera procedente el otorgar las cuatro ayudas en relación con los temas antecitados.
Tercera.- Para concurrir a esta convocatoria será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener vecindad administrativa en la Comunidad
Autónoma del País Vasco.
b) Estar en posesión de uno de los siguientes títulos universitarios de carácter superior: Licenciatura en
Sociología y Políticas, Derecho, Historia, Económicas, o Económicas y Empresariales.
Cuarta.- Los trabajos de investigación objeto de la ayuda deberán realizarse en el plazo de doce meses desde la adjudicación de aquella.
Quinta.- Cada ayuda contará con una dotación de seiscientas setenta y cinco mil pesetas (675.000 PTA), que se harán efectivas en dos pagos.
El primer pago, de quinientas mil pesetas (500.000
PTA), se hará efectivo a la adjudicación de la ayuda.
El segundo pago de ciento setenta y cinco mil pesetas (175.000 PTA), se efectuará previa presentación del trabajo finalizado.
Sexta.- La citada ayuda no supone relación contractual alguna entre el Instituto Vasco de Administración
Pública y el adjudicatario de la ayuda.
Séptima.- Las solicitudes para la obtención de estas ayudas deberán presentarse ante el Instituto Vasco de
Administración Pública, en cualquiera delas siguientes direcciones:
a) Adriano VI, 20-2.º 01008 Vitoria-Gasteiz
b) Alameda de Recalde, 18. 48009 Bilbao
c) Prim, 7. 20006 Donostia-San Sebastián
d) Universidad, s/n 20560 Oñati. (Gipuzkoa)
Asímismo, las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Octava.- Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
a) «Curriculum vitae», con exposición de los méritos académicos y profesionales, así como de los trabajos y publicaciones científicas realizadas. Los méritos que se aleguen deberán justificarse debidamente.
b) Una memoria detallada, de extensión no superior a 20 páginas, sobre la investigación que se propone realizar durante el período de disfrute de la ayuda.
c) Fotocopia del DNI.
d) Título universitario y expediente académico.
e) Certificado de empadronamiento en algún municipio de la Comunidad Autónoma.
Novena.- La valoración de los proyectos presentados se realizará atendiendo a la adecuación en su objeto, así como a las garantías para su correcta ejecución. El baremo de concurso adjudicación será el siguiente:
a) Proyecto de investigación: 50 puntos.
b) Expediente académico: 10 puntos.
c) Experiencia laboral y formativa: 10 puntos.
d) Publicaciones, docencia , o impartición de cursos:
10 puntos.
e) Conocimiento de euskera: 10 puntos.
f) Formación complementaria (asistencia a congresos, jornadas o seminarios; conocimiento de idiomas, aparte del euskera): 10 puntos.
No podrá procederse a la adjudicación de la ayuda en favor de aquellos solicitantes que no hubieren obtenido más de 25 puntos en el apartado a), de los citados en esta cláusula.
Caso de considerarse conveniente a fin de precisar en mejor forma la valoración de los méritos, podrá arbitrarse una entrevista con los candidatos.
Décima.- La adjudicación de las ayudas deberá producirse con anterioridad al 15 de diciembre de 1995 y se llevará a cabo mediante Resolución del Director del Instituto
Vasco de Administración Pública, Resolución que contendrá la relación de los proyectos de investigación elegidos como adjudicatarios de las ayudas. Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.
Undécima.- La aceptación de la ayuda por el adjudicatario implica la de las normas que se establecen en estas bases, así como las que se puedan adoptar, en su caso, por la Dirección del Instituto Vasco de Administración
Pública, para al seguimiento del trabajo de investigación.
El incumplimiento de estas normas dará lugar a las consecuencias previstas en el Decreto 689/1991, de 17 de diciembre, previa la instrucción del correspondiente expediente.
Duodécima.- La renuncia a la ayuda deberá notificarse por escrito y supondrá la pérdida de todos los derechos económicos a partir del momento de su formulación y, en concreto, los correspondientes al semestre respectivo en que fuera planteada.
Decimotercera.- La falta de resolución expresa, en esta convocatoria, tendrá carácter desestimatorio.
Decimocuarta.- Contra la presente Resolución del
Director del Instituto Vasco de Administración Pública podrá interponerse recurso ordinario ante el Consejero de
Hacienda y Adminsitración Pública, en el plazo de un mes, contado desde su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 anteriormente citada.
RSS