
N.º 165, miércoles 30 de agosto de 1995
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Sanidad
3420
RESOLUCIÓN de 30 de junio de 1995, del Viceconsejero de Sanidad, por la que se concede autorización administrativo-sanitaria para el funcionamiento del Centro de Salud Mental de Aiala-Llodio, perteneciente al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza, solicitada por D. Julio Sáenz Ruiz de Velasco, Director Gerente de Asistencia Psiquiátrica y Salud Mental Extrahospitalaria de Álava.
Vista la solicitud de autorización administrativosanitaria para el funcionamiento del Centro de Salud
Mental de Aiala-Llodio, perteneciente al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza, formulada por D. Julio Sáenz
Ruiz de Velasco, Director Gerente de Asistencia Psiquiátrica y Salud Mental Extrahospitalaria de Álava.
Vista la documentación por la Delegación Territorial de Sanidad de Alava, y a propuesta del Director de Planificación,
Ordenación y Evaluación Sanitaria.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
396/1994 de autorizaciones de apertura, funcionamiento y modificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios, y en la Orden de 5 de diciembre de
1994, por la que se establece el plazo de vigencia de las citadas autorizaciones, en virtud de lo estipulado en el artículo 5.1.f) del Decreto 217/1992, sobre estructura orgánica del Departamento de Sanidad.
RESUELVO:
Primero.- Conceder a D. Julio Sáenz Ruiz de Velasco,
Director Gerente de Asistencia Psiquiátrica y Salud
Mental Extrahospitalaria de Alava, autorización administrativosanitariade funcionamiento del Centro de
Salud Mental de Aiala-Llodio, ubicado en c./ Río
Bayas, 6 bis - 1.º de Llodio (Álava).
Segundo.- Designar a D.ª Pilar Isusi Monasterio, médico especialista en Psiquiatría, responsable de la actividad realizada en el citado centro.
Tercero.- Dicha autorización deberá renovarse cada cinco años, o antes de ese período si se produce alguna modificación que altere de modo sustancial el funcionamiento del mismo. Igualmente, deberá solicitar autorización administrativo-sanitaria a este Departamento para la sucesiva ampliación o remodelación de servicios que se efectúen en dicho centro, el cuál estará sometido a las actuaciones que desde la Administración se determinen en materia de acreditación de la estructura asistencial y evaluación de la calidad del servicio, así como a los procesos de inspección y controles sanitarios.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de junio de 1995.
El Viceconsejero de Sanidad,
JAVIER SÁENZ DE BURUAGA RENOBALES.
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