
N.º 147, jueves 3 de agosto de 1995
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Autoridades y Personal
Fundación Uliazpi
3079
ANUNCIO de la Oferta de Empleo Público para 1995.
La Junta de Gobierno del Organismo Autónomo
Foral Fundación Uliazpi, con fecha de hoy, ha adoptado, entre otros, el siguiente Acuerdo:
«La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública
Vasca, establece en el Capítulo III del Título II los criterios y directrices en que deben enmarcarse las ofertas de empleo público de las Administraciones Públicas
Vascas.
Por otra parte, la Norma Foral 2/1995, de 8 de marzo, por la que se aprueba el Presupuesto del Territorio
Histórico de Gipuzkoa para 1995, en el cual está incluido el presupuesto del Organismo Autónomo Foral «Fundación Uliazpi», dispone la dotación presupuestaria necesaria de las plazas que figuran clasificadas pro categorías profesionales.
En cumplimiento de lo dispuesto en los citados preceptos, a propuesta de su Presidenta y previa deliberación, la Junta de Gobierno del mencionado Organismo
Autónomo
ACUERDA
Primero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público correspondiente a 1995.
Se aprueba la Oferta de Empleo Público del Organismo
Autónomo Foral «Fundación Uliazpi» correspondiente al ejercicio 1995 en los términos que se recogen en el presente Acuerdo.
Segundo.- Contenido de la Oferta de Empleo Público.
La Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de personal, consistentes en la cobertura de los puestos vacantes dotados presupuestariamente, clasificados por categorías laborales, que se relacionan en el Anexo I del presente Acuerdo. En él se indican, asimismo, los que se cubrirán en el presente ejercicio así como las previsiones temporales para la cobertura de los restantes.
En dicha relación se incluyen indistintamente tanto los puestos que serán cubiertos mediante los procesos de selección externa como aquellos correspondientes a promoción interna, en su caso.
Tercero.- Promoción interna.
Podrán reservarse en cada convocatoria el número de las vacantes convocadas que se considere oportuno para ser provistas por el sistema de promoción interna, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.
La cobertura mediante promoción interna podrá realizarse antes o simultáneamente a la del sistema de cobertura mediante acceso libre. Las que no resulten cubiertas por promoción interna se ofrecerán o incrementarán, según el caso, las de acceso libre.
Cuarto.- Admisión de personas con minusvalía.
Los minusválidos serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes siempre que reúnan las condiciones de aptitud para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto convocado.
En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones de tiempo y medios que fueran precisos para su realización.
En las convocatorias se indicará expresamente esta posibilidad, así como que los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación.
Quinto.- Ampliación de la Oferta de Empleo Público.
La relación de puestos vacantes incluidos en la Oferta de Empleo Público serán ampliables, en su caso, con las vacantes que puedan producirse por jubilación, muerte, cese u otras circunstancias acaecidas con posterioridad a su aprobación.
Sexto.- Convocatoria de pruebas selectivas.
La junta de Gobierno aprobará y publicará, en el
Boletín Oficial de Gipuzkoa, las correspondientes convocatorias para la selección de personal de nuevo ingreso, de conformidad con lo establecido en los Capítulos
III y IV del Título II de la Ley 6/1989 y en la normativa interna propia que resulte de aplicación».
Donostia-San Sebastián, 17 de mayo de 1995.
La Gerente,
ARANTZA AGIRIANO BEITIA.
ANEXO
PUESTO DE RÉGIMEN DE DEDICACIÓN NÚMERO DE PREVISIÓN
TRABAJO VACANTES COBERTURA
Cuidador de deficientes mentales Tiempo parcial (fines de semana) 11
4.º trimestre 1995
Servicio Doméstico Tiempo parcial (fines de semana) 5 4.º trimestre 1995
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