
N.º 117, miércoles 21 de junio de 1995
- Otros formatos:
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Industria, Agricultura y Pesca
2514
RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 1995, de la Directora de Administración de Industria, Energía y Minas, por la que se reconoce a la "Asociación Vasca de Técnicos de la Energía, Climatización y Refrigeración (A.V.T.E.C.Y.R.), como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en diversas materias.
Antecedentes de hecho
Uno.- Con fecha 15 de diciembre de 1994, se presenta, en la Delegación Territorial de Bizkaia, solicitud, para el reconocimiento como Entidad de Formación de
Profesionales Autorizados. Dicha solicitud es presentada por D. J. V. Martín Zorraquino como presidente y director técnico de la «Asociación Vasca de técnicos de la Energía, Climatización y Refrigeración» (A.V.T.E.C.Y.R.).
En particular, se solicita autorización para impartir cursos de formación en las siguientes materias:
- Instalador Frigorista - Conservador-Reparador Frigorista. - Instalador de combustibles líquidos derivados del petróleo. - Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IGIII,
IGIV). - Instalador de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria para instalaciones de potencia nominal hasta 70
KW y de Climatización hasta 15 KW a realizar en viviendas. - Instalador de Calefacción, Climatización y Agua
Caliente Sanitaria. - Instalador de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria para cualquier potencia. - Mantenedor-Reparador de Calefacción y Agua
Caliente Sanitaria. - Mantenedor-Reparador de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria.
Dos.- Junto con la solicitud referida se acompaña la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Decreto
175/1994, de 17 de mayo.
Tres.- Con fecha 9 de febrero de 1995, se emite, por la Delegación Territorial de Bizkaia, Informe de carácter favorable.
Cuatro.- La Asociación solicitante es una Entidad reconocida para impartir cursos de formación en materia de Gas, según la documentación que consta en el expediente.
En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes,
Fundamentos de derecho
Uno.- La Dirección de Administración de Industria,
Energía y Minas, es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el Decreto 81/1995, de 31 de enero, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, así como en el artículo 22 del Decreto 175/1994, de 17 de mayo, por el que se unifica el procedimiento para la obtención de los Carnés Profesionales y se definen las exigencias para las Empresas Autorizadas que realizan instalaciones, mantenimientos u otras actividades en materia de seguridad industrial.
Dos.- La tramitación del expediente se ha efectuado de acuerdo con lo establecido en el referido Decreto
175/1994, de 17 de mayo.
Tres.- Según el articulo 21.2. del mismo Decreto, podrán ser Entidades reconocidas para la formación de profesionales autorizados, entre otras, aquellas Entidades que a la fecha de entrada en vigor de dicho Decreto, estén reconocidas como Entidades para impartir los referidos cursos, circunstancia que queda debidamente acreditado en el expediente y que da a la Entidad solicitante el carácter de preferente a los efectos previstos en el artículo 23 del Decreto 175/1994, de 17 de mayo.
Cuatro.- Así mismo, queda acreditado que el Centro cuenta con las instalaciones que, con el carácter de mínimos, se exigen en el punto 3 del mismo Artículo.
Dichas instalaciones están situadas en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Cinco.- En cumplimiento de lo establecido en el articulo 22 se ha presentado documentación suficiente acreditativa de los recursos humanos y técnicos de los que dispone el Centro, considerándose la experiencia anterior en la impartición de cursos de formación de instaladores.
Vistos lo preceptos legales citados y otros de general y concordante aplicación,
RESUELVO:
1.º.- Reconocer a la «Asociación Vasca de técnicos de la Energía, Climatización y Refrigeración» (A.V.T.E.C.Y.R.), como Entidad Reconocida para la
Formación de Profesionales Autorizados en las materias relacionadas en el antecedente n.º 1 de esta Resolución, a los efectos previstos en el Capitulo IV del Decreto
175/1994, de 17 de mayo.
2.º.- Disponer la Inscripción de la referida Entidad en el Registro Especial de Entidades Autorizadas para la Formación de Profesionales Autorizados, con el
Numero de Registro: R.E. F.P.A n.º A0019.
3.º.- Esta Entidad está autorizada para impartir los correspondientes cursos en las instalaciones acreditadas, radicadas en el Territorio Histórico de Bizkaia. Para impartir cursos en Instalaciones diferentes deberá solicitar la preceptiva autorización de la Delegación Territorial competente, debiendo acreditar, en todo caso, que dichas instalaciones reúnen las condiciones mínimas previstas en el Artículo 21, punto 3, del Decreto
175/1994, de 17 de mayo.
4.º.- Toda Entidad reconocida deberá cumplir con las obligaciones impuestas en las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación y en particular las obligaciones previstas en los artículos 24 y 25 del
Decreto 175/1994, de 17 de mayo.
5.º.- El incumplimiento por las Entidades
Reconocidasde las obligaciones y compromisos que resulten de lo dispuesto en el referido Decreto, y demás normas que resulten de aplicación, determinará la perdida de la calificación de Entidad Reconocida.
Contra la presente Resolución se podrá interponer
Recurso Ordinario ante la Viceconsejería de Ordenación y Administración Industrial, en el plazo de un mes contado desde su notificación, en virtud de lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de mayo de 1995.
La Directora de Administración de Industria,
Energía y Minas,
MARÍA LUISA FUENTES ALFONSO.
RSS