
N.º 95, lunes 22 de mayo de 1995
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Cultura
2064
ORDEN de 28 de marzo de 1995, de la Consejera de Cultura, por la que se mantiene el régimen del programa de subvenciones a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para la dotación y/o renovación de sus fondos bibliográficos durante el año 1995, y se adecuan los plazos al presente ejercicio.
El inicio del presente año natural 1995, sin la existencia de la correspondiente Ley de Presupuestos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, ha supuesto, conforme al marco legal establecido por la Ley de Régimen Presupuestario de Euskadi y el
Real Decreto Legislativo 1/1988 de 17 de mayo, la automática aplicación del régimen de prórroga presupuestaria.
En previsión de tal circunstancia, se dictó el Decreto
475/1994, de 20 de diciembre, sobre mantenimiento en vigor de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma en periodo de prórroga presupuestaria.
El Departamento de Cultura, a través de la
Direcciónde Patrimonio Cultural, viene desarrollando, en el marco del área de facultades que le son atribuidas, un programa de ayudas a los Ayuntamientos de la Comunidad
Autónoma de Euskadi para facilitarles la dotación y/o renovación de los fondos bibliográficos de sus bibliotecas municipales y garantizar así una adecuada atención a los intereses y demandas de sus usuarios, que se entiende oportuno mantener por las circunstancias que quedaron expuestas en el ejercicio anterior.
La necesidad de poner en marcha nuevamente dicho programa sin más dilación, supone conforme al citado marco normativo, y particularmente el cauce abierto por el Decreto 475/1994, declarar persistente en el presente ejercicio el régimen ya establecido durante el anterior para articular las ayudas a las que se ha hecho mención, abriendo a su vez los plazos que posibiliten a los interesados solicitarlas en el citado presente ejercicio.
En su virtud,
DISPONGO:
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Artículo 1.- Declarar vigente durante el presente ejercicio 1995, el régimen de ayudas a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la dotación y/o renovación de sus fondos bibliográficos, establecido por Orden del Consejero de Cultura, de 30 de marzo de 1994 y publicado en el Boletín Oficial del
País Vasco, número 93, de 18 de mayo de 1994.
Artículo 2.- Abrir el plazo de presentación de solicitudes del referido programa de ayudas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la dotación y/o renovación de sus fondos bibliográficos y fijarlo en el de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Orden.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- Cuantas referencias a ejercicios anuales se prevén en la Orden prorrogada habrán de entenderse referidas al ejercicio inmediatamente posterior que en su caso corresponda.
Segunda.- Las indicaciones al «Catálogo de Bibliografía
Selectiva 1993» habrán de entenderse referidas al «Catálogo de Bibliografía Selectiva 1994».
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de marzo de 1995.
La Consejera de Cultura.
M.ª CARMEN GARMENDIA LASA.
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