
N.º 95, lunes 22 de mayo de 1995
- Otros formatos:
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Autoridades y Personal
Hacienda y Administración Pública
2061
RESOLUCIÓN 412/1995 de 25 de abril, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública y del Director General del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, por la que se procede a la convocatoria de cursos de Euskaldunización y Alfabetización para el Personal de Instituciones Sanitarias del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza durante el Curso Académico 1995-1996.
El acuerdo de regulación de condiciones de trabajo del personal del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza establece las directrices y actuaciones a seguir en el proceso de euskaldunización y alfabetización para el personal sujeto a su ámbito de aplicación. Para ello se tiene en cuenta lo dispuesto en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre sobre «normalización del uso del euskera», desarrollada por el Decreto 250/1986 y el Decreto
224/1989, de 17 de octubre que regula la Planificación de la Normalización del uso del Euskera en las Administraciones
Públicas de la Comunidad Autónoma Vasca, debido a su incidencia en lo dispuesto en el artículo
12 del citado acuerdo, referente a la euskaldunización del personal de Organismo.
En su virtud,
RESOLVEMOS:
/p>
Artículo único.- Aprobar la convocatoria de cursos de capacitación lingüística para el personal del Servicio
Vasco de Salud/Osakidetza durante el curso 19951996 de acuerdo con las bases que figuran en el Anexo I.
En Vitoria-Gasteiz, a 25 de abril de 1995.
El Secretario General del Instituto Vasco de Administración Pública,
JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.
El Director General del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza,
FERNANDO ASTORQUI ZABALA.
ANEXO I
DE LA RESOLUCION POR LA QUE SE CONVOCAN
CURSOS DE CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA DURANTE
EL CURSO 19951996
BASES
Primera.- Objetivo.
El objetivo de la presente convocatoria es promover y adecuar la capacitación lingüística en euskera del Personal de Instituciones Sanitarias del Servicio Vasco de
Salud/Osakidetza.
Segunda.- Destinatarios.
La convocatoria en cuestión, está destinada a aquellos trabajadores del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza cuyas condiciones laborales estén regidas por el acuerdo de regulación de condiciones de trabajo del personal del
Servicio Vasco de Salud/Osakidetza. Tendrán preferencia los trabajadores cuya relación administrativa laboral con el Servicio Vasco de Salud/Osakidetza sea de carácter indefinida, quedando supeditada la participación del resto del personal a las disponibilidades presupuestarias.
Será la Dirección de cada Centro Hospitalario o
Comarca Sanitaria la encargada de realizar la tarea de selección entre los solicitantes de cursos de euskera dentro del horario laboral, teniendo en cuenta para ello los criterios de prioridad establecidos desde la Dirección de Gestión de Personal. El número de solicitudes aceptadas que impliquen la necesidad de contratar trabajadores sustitutos, estará condicionada por el presupuesto previamente asignado al Centro Hospitalario o
Comarca Sanitaria con tal fin.
Tercera.- Oferta de cursos y régimen académico.
Conforme al anexo segundo, en la presente convocatoria se ofertan cursos dentro y fuera del horario laboral.
Los cursos dentro del horario laboral se presentan en las modalidades de internado y de intensivo de 5 horas.
Los cursos dentro del horario laboral previstos en esta convocatoria se impartirán en el primer cuatrimestre (septiembre-febrero). En el mes de noviembre se abrirá un nuevo plazo de matriculación de cara a la matriculación en estos mismos cursos durante el segundo cuatrimestre (febrero-junio). Este segundo plazo se convocará mediante Circular Interna que será remitida a los Centros y Comarcas con la debida antelación.
Las autorizaciones otorgadas por las Direcciones de los distintos Centros y Comarcas para asistir a los cursos de euskaldunización en las modalidades de internado y de intensivo, habrán de ser necesariamente para el cuatrimestre completo. Únicamente en el caso de que el presupuesto asignado a determinado Centro Hospitalario o Comarca Sanitaria no resultara ser suficiente para cubrir el costo de la sustitución correspondiente, podrá tenerse en cuenta la autorización concedida al trabajador por un periodo en ningún caso inferior a dos niveles.
Las fechas de comienzo y finalización de los cursos vienen especificadas en el anexo segundo, pudiendo el
Instituto Vasco de Administración Pública realizar las modificaciones que al efecto estime oportunas.
Cuarta.- Solicitudes, régimen de admisión y asistencia en los cursos dentro del horario laboral.
Los interesados en participar en alguna de las modalidades de los cursos ofertados, deberán cumplimentar la solicitud correspondiente y tramitarla ante la Dirección del Centro Hospitalario o Comarca Sanitaria con anterioridad al 1 de junio de 1995, a fin de que ésta autorice o deniegue las solicitudes presentadas. Cada una de las solicitudes deberá ser informada por la
Dirección del Centro, remitiendo aquellas que hubieran sido informadas favorablemente a la Dirección de Gestión de Personal del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza.
Los trabajadores interesados únicamente tendrán opción a solicitar una de las diversas modalidades de cursos que se ofertan.
Todas las solicitudes informadas favorablemente, deberán hallarse en la Dirección de Gestión de Personal del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza con anterioridad al 7 de junio. Esta Dirección deberá comunicar al IVAP la relación de solicitudes admitidas antes del 12 de junio, no admitiéndose nuevas solicitudes ni modificaciones a partir de esa fecha.
Las solicitudes que no cuenten con informe favorable de las Direcciones de los respectivos Centros no serán tenidas en cuenta a efectos de constitución de grupos y cursos.
Los interesados serán informados por la Dirección del Centro sobre la aceptación o denegación de su solicitud, haciendo en este caso mención expresa de la causas de denegación.
El Instituto Vasco de Administración Pública podrá requerir al interesado la realización de pruebas destinadas a determinar el conocimiento de euskera necesario en cada caso. Su inasistencia a estas pruebas de nivel sin notificación debidamente razonada dentro de los dos días hábiles posteriores a la realización de la prueba supondrá la pérdida del derecho a ser admitido.
La no aceptación de las directrices contempladas en el acuerdo de regulación de condiciones de trabajo para el personal del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, así como la falta de asistencia no justificada, supondrá la exclusión automática de los cursos, reservándose la
Administración la posibilidad de no admitir al alumno excluido en cursos sucesivos.
Los cursos impartidos durante la jornada laboral tendrán, a todos los efectos, la consideración de periodo de trabajo, por lo que todas las faltas de asistencia deberán ser justificadas por escrito ante la Dirección del Centro, la cual informará con periodicidad mensual a la Dirección de Gestión de Personal del Servicio Vasco de
Salud/Osakidetza. Las falta de puntualidad deberán ser en todo caso, justificadas. La reiteración de faltas de puntualidad no justificadas podrá lugar a la exclusión del alumno y a su no admisión en sucesivos cursos.
Todos los trabajadores que por razón de su participaciónen cursos de euskera en la modalidad de intensivo o de internado se hallen liberados de su jornada laboral, tendrán la obligación de reincorporarse a su puesto de trabajo siempre que por razones académicas no se impartieran clases.
Aquellos trabajadores que hubieran obtenido la liberación laboral por acudir a cursos de internado o intensivo, percibirán las retribuciones que para su categoría se señalan en el anexo I del acuerdo de regulación de las condiciones de trabajo del personal del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza.
La asistencia a cursos de euskera en ningún caso dará derecho a percibir indemnización alguna por razón de servicio.
Dado que la concesión de autorización para la asistencia a clases de euskera es competencia de la Dirección del
Centro Hospitalario o Comarca Sanitaria, asimismo compete a ésta garantizar la escolarización ininterrumpida de su personal durante el periodo autorizado. Consecuentemente, en los casos en los que por razones laborales fuese inevitable la baja del trabajador en la asistencia a clase, interrumpiendo de esta manera su aprendizaje, sería responsabilidad exclusiva de la propia Dirección del Centro o Comarca el comunicar de manera oficial a la Dirección de Gestión de Personal del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, tales incidencias. En el caso de que interese posteriormente su reincorporación, ésta deberá solicitarse con sujeción a los plazos y condiciones de la convocatoria del segundo cuatrimestre.
Quinta.- Régimen de los cursos en horario extralaboral.
Estos cursos deben realizarse en euskaltegis públicos o privados homologados, siempre y cuando tengan una duración mínima de dos horas diarias. El curso solicitado ha de estar homologado por HABE. El trabajador deberá acogerse al calendario y al sistema de trabajo que a tal fin haya confeccionado cada euskaltegi. Los cursos fuera del horario laboral solicitados tendrán preferentemente una duración de octubre a junio.
Los interesados deberán cumplimentar el modelo de solicitud correspondiente y tramitarlo ante la Dirección del Centro, con el fin de que ésta lo tramite ante la
Dirección de Gestión de Personal del Servicio Vasco de
Salud/Osakidetza. Esta Dirección deberá remitir las solicitudes al IVAP antes del día 13 de octubre de 1995.
Pasada esta fecha, no se admitirán nuevas solicitudes.
Una vez que el IVAP apruebe la solicitud, remitirá la hoja de matrícula a la Dirección de Gestión de Personal del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, haciendo llegar a su vez dicha Dirección la citada hoja de matrícula al interesado. Una vez en su poder, el trabajador deberá presentar la hoja de matrícula en el euskaltegi público o privado homologado de su elección en el plazo más breve posible. El IVAP no asumirá el importe de las matrículas de aquellos alumnos que no hayan presentado en el euskaltegi la hoja de matrícula. El IVAP abonará únicamente el costo de la matrícula. Si por cualquier razón no formaliza la matrícula, deberá devolver a la Dirección de Gestión de Personal la hoja de matrícula correspondiente.
En el caso de incumplir este requisito el
IVAP no podrá entregar nuevas hojas de matrícula.
El IVAP no subvencionará los cursos fuera del horario laboral en estos dos casos:
a) cuando el trabajador haya dejado de asistir a clase durante el curso 1994-1995, sin haber remitido previamente a la Dirección de Gestión de Personal escrito razonado notificando dicha baja.
b) cuando el trabajador haya tenido un nivel de asistencia en el curso 1994-1995 fuera del horario laboral inferior al 80% y al mismo tiempo no supere ni siquiera la mitad de las evaluaciones. Es decir, cuando con una asistencia insuficiente:
- No supere la evaluación en un curso de evaluación única. - No supere las dos evaluaciones en un curso académico de dos evaluaciones. - No supere al menos dos evaluaciones en un curso académico de tres evaluaciones.
En todo caso, el IVAP no concederá subvención alguna hasta que el interesado supere por su cuenta el nivel en cuestión. La superación deberá acreditarse siempre dentro del plazo de solicitud.
El referente para la aplicación de estos criterios siempre será el curso académico precedente; por tanto, la asistencia y el aprovechamiento del curso 19951996 se valorará a la hora de conceder las subvenciones del curso académico 19961997.
ANEXO II
OFERTA DE CURSOS
1.1.- Internado de Oñati.
Diariamente se impartirán 6 horas lectivas, dedicándose el tiempo restante a actividades complementarias.
Es preciso tener al menos un nivel equiparable al cuarto nivel de euskaldunización de HABE para poder acceder a estos cursos. No se formarán grupos de alfabetización en el internado.
Las estancias de internado serán de una duración preferentemente cuatrimestral:
11 de septiembre - 2 de febrero (se realizarán cuatro niveles).
El IVAP se hará cargo de los gastos de matrícula y estancia.
Los días 2, 3, 4, y 5 de enero serán lectivos a todos los efectos.
1.2.- Cursos de cinco horas.
Son cursos de euskaldunización y alfabetización, pero los trabajadores que deban realizar cursos intensivos de euskaldunización acudirán prioritariamente al internado de Oñati. En consecuencia, si hubiese imposibilidad manifiesta para realizar en el internado los niveles superiores al cuarto, sería necesario presentar junto con el impreso de solicitud un escrito justificativo.
Este módulo precisa una liberación laboral de jornada completa, dado que a las horas lectivas hay que añadir el tiempo que necesita el alumno para el trabajo personal.
Los cursos tendrán siempre una duración cuatrimestral, siendo la duración del primer cuatrimestre la que a continuación se menciona:
2 de octubre - 9 de febrero (se realizarán tres niveles de euskaldunización).
El IVAP se hará cargo exclusivamente de los gastos de matrícula.
Los días 2, 3, 4 y 5 de enero serán lectivos a todos los efectos.
ANEXO III PRIMER CUATRIMESTRE
CURSOS DE EUSKERA
IMPRESO DE SOLICITUD
CURSOS DENTRO DEL HORARIO LABORAL
1 INTENSIVOS 1
DATOS PERSONALES: CURSO 9596
Nombre y Apellidos:
D.N 1.: Fecha Nacimiento:
Teléfono : I Localidad:
C.P.: 1 Direccián:
DATOS LABORALES:
Hospital I Comarca:
Centro Sanitario:
Servicio Q Unidad:
1 No Telf.:
Localidad:
Categoría:
Relaci8n de Empleo:
Fii0: nn2mO0~~:
CURSO QUE SOLICITA:
Euskaldunrzaaón : I
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
1 I 1 I I I I I 1 I I
Fecha comienzo :
Fecha finalización:
Dia
Día
Lugar Intensivo:
ALAVA
Lotabdadl
BIZKAIA
LocaLdad:
GIPUZKOA
LocaLdad:
Es necesario aportar CERTIFICADO que justifique la imposibilidad de I asistir a INTERNADO siempre que se posea un nivel superior a cuarto (4O). 1
Nivel último alcanzado:
Fecha suoeración último nivel:
Nombre del Euskaltegi en en que superó el Ultimo nivel:
Población:
Fecha: (MARQUE LO QUE PROCEDA)
Firma Sokitante:
Observaciones:
Autorización de ia Dirección del Centro,
ANEXO IV PRIMER WATRIMESI'RE
CURSOSDEEUSKERA
IMPRESO DE SOLICITUD
CURSOS DENTRO DEL HORARIO LABORAL
I INTERNADOS
DATOS PERSONALES: CURSO 9596
Nombre y Apellidos:
D.N.I.: Fecha Nacimiento:
Teléfono: 1 Localidad:
1 C.P.: 1 DirecciQn: I
DATOS LABORALES:
Hospital ! Comarca:
Centro Sanitario: 1 No Telf.:
Servicio o Unidad:
Localidad:
CateooriaRelaciSnde Empleo:
Fijo: (Temporal: 1
CURSO QUE SOLICITA:
Euskaldunizaa9n :
5 6 7 6 9 10 lt 12
Fecha comienzo :
Fecha finalizaci0n:
oís
Dia
Mes
Mes
1.99
1.99
Nivel último alcanzado:
Fecha superación último nivel:
Nombre del Euskaltegi en en que superó el última nivel:
PoblaciònFecha:Fecha:
Firma Solicrtante' (MARQUE LO QUE PROCEDA)
Autonzación de la Direcaón del Centro.
Observaciones:
/p>
ANEXO V PRIMER CUilTRIMESTRE
CURSOS DE ALFABETIZACKXJ
IMPRESO DE SOLICITUD
CURSOS DENTRO DEL HORARIO LABORAL
1 ALFABETIZACION 1
DATOS PERSONALES: CURSO 9596
Nombre y Apellidos:
D.N.I.: Fecha Nacimiento:
Teléfono: I Localidad:
C.P.:
. ,
1 Oirección:
DATOS LABORALES:
Hospital / Comarca:
Centro Sanitario:
Servicio o Unidad:
[ No Teif.:
Localidad:
Cateaoria:
Relación de Empleo:
Fiio: nTemooral: r
CURSO QUE SOLICITA:
Alfabetlzau8rr
Alfabetización I
Alfabetización II
Aifabetización III e
Fecha comienzo : Dia Mes 1.99
Fecha finalización: Dia Mes 1.99
Largar Intensivo:
ALAVA BIZKAIA GIPUZKOA -ocaLdad LocaLdad. Localidad
Nivel Yltimc alcanzado: ,.
Fecha superacián tiltimo nivel:
Nombre del Euskaltegi en en que superó el tiltimo nwelPoblaaón:Poblaaón:
Fecha:
Firma SoPPcrtante:
Observaciones:
(MARQUE LO QUE PROCEDA)
Autorización de la Direccbn del Centro'
ANEXO VI FWMER CUATRIMESTRE
CURSOS DE EUSKERA
IMPRESO DE SOLICITUD
I FUERA DEL HORARIO LABORAL I
DATOS PERSONALES: CURSO 9596
Nombre y Apellidos:
D-N-1.: Fecha Nacimiento:
Teléfono: l Localidad:
C.P.: I DirecciQn:
DATOS LABORALES:
Hospa I Comarca:
Centro 5anitano:
Setvtcio o Unidad:
Localidad:
Cateaoria:
1 No Telf.:
Relación de Empleo.
Fiio: (Temporal:
lCARACTERISTICASDEL CURSILLO:
Nombre del Euskaltegi:
Localidad : Territorio:
No horas Dianas: No Total de Horas:
Fecha comenzo Día Mes
Fecha finalización: Dia Mes
Nivel úXtimo alcanzado:
Fecha superación último nivel:
Nombre del Euskaltegi en el que superQ el Ultimo nivel:
(Curso:
1.99
1.99
Población:
Fecha:
Fdo.:
/p>
RSS