
N.º 95, lunes 22 de mayo de 1995
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Autoridades y Personal
Diputación Foral de Bizkaia
2058
ANUNCIO, relativo a la convocatoria de pruebas selectivas (Concurso-Oposición) para cubrir en régimen de contratación laboral indefinida, plazas vacantes en la plantilla de personal laboral del Instituto Foral de asistencia Social de Bizkaia.
Bilbao, a 16 de febrero de 1995.
El Presidente de la Junta de Gobierno,
JOSU MONTALBÁN GOICOECHEA.
CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS (CONCURSO-OPOSICIÓN) PARA CUBRIR EN
RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN LABORAL
INDEFINIDA PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA
DE PERSONAL LABORAL DEL INSTITUTO FORAL DE
ASISTENCIA SOCIAL DE BIZKAIA.
BASES GENERALES
Primera.- Objeto de la Convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria, la provisión de las plazas de plantilla que se contienen en los correspondientes
Anexos y mediante los procedimientos selectivos que en los mismos se indica.
Todas las plazas tienen asignado perfil lingüístico, siendo éste el que se recoge en el Anexo correspondiente.
Tendrán perfil lingüístico preceptivo las plazas que con tal carácter y con el perfil que en cada caso se asigne, vengan determinadas en los correspondientes Anexos.
En cualquier caso las plazas que tuvieran establecido un determinado perfil lingüístico preceptivo no podrán ser provistas por aspirantes que no hubieran acreditado su cumplimiento en la forma prevista en estas Bases.
De las plazas convocadas se reservan para la promoción interna prevista en los artículos 55 y 56 de la Ley 6/1989 de 6 de julio de la Función Pública Vasca, las que se señalen con tal carácter en el Anexo correspondiente.
De conformidad con lo prevenido en la Disposicón
Adicional 19.ª de la Ley 23/1988 de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública y Disposición Adicional 7.ª de la
Ley 6/1989 de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se reservan las plazas que se señalan con tal carácter en el Anexo correspondiente, para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al
33%, siempre que superen las pruebas selectivas y que, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
Los aspirantes de los turnos de reserva a minusválidos y promoción interna tienen preferencia para cubrir las vacantes de sus respectivas reservas sobre el resto de los aspirantes siempre que superen el proceso selectivo.
Si las plazas reservadas a la promoción interna y/o para los minusválidos quedaran desiertas, bien por falta de aspirantes o bien por no haber obtenido aquellos la puntuación mínima exigida para la superación de las correspondientes pruebas, se acumularán a las ofrecidas al resto de los aspirantes.
El Tribunal no podrá proponer la contratación de un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada Anexo y que estén dotadas presupuestariamente.
Segunda.- Requisitos de los Candidatos.
Para poder tomar parte en los correspondientes procesos selectivos, será necesario:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquella en que falte menos de 15 años para la jubilación forzosa por edad. En todo caso, y a los solos efectos de la edad máxima para su ingreso, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente en la
Administración Pública.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de la función, lo que se acreditará por los Servcios Médicos que indique el Instituto, previos los reconocimientos que estimen convenientes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de la Administración del Estado, Administración
Autónoma o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No hallarse incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad.
f) Aquellos otros que específicamente se fijen para cada proceso selectivo en los correspondientes Anexos.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso de selección hasta el nombramiento.
Tercera.- Instancias.
Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud que se ajustará al modelo oficial y que será facilitado gratuitamente en las Oficinas del I.F.A.S., Alda. Mazarredo, n.º 22 de
Bilbao.
Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, los aspirantes deberán manifestar en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las Bases de la
Convocatoria.
A la instancia se acompañará, necesariamente, a) una fotocopia del D.N.I. y los documentos acreditativos que justifiquen los méritos alegados. No podrán valorarse méritos distintos a los alegados y justificados dentro del plazo de presentación de instancias, ni aquellos otros que alegados dentro de dicho plazo sean justificados posteriormente.
b) Los aspirantes que participen por el sistema de promoción interna deberán aportar certificación expedida por el Servicio de Personal del I.F.A.S. en la que se acrediten los datos referidos a los servicios prestados en dicho Instituto.
c) Asímismo, los aspirantes a plazas reservadas a minusválidos deberán aportar certificación acreditada de su condición expedida por el órgano correspondiente de la Administración.
Todo minusválido podrá solicitar la adaptación de las pruebas selectivas al tipo de discapacidad padecido.
Al amparo de lo establecido en el artículo 5.1 del
Real Decreto 352/1986, de 10 de febrero, y disposición adicional 7.º de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función
Pública Vasca, el Tribunal queda facultado para efectuar las adaptaciones de tiempos y medios en la celebración de las pruebas de la presente convocatoria que estime precisas, para aquellos supuestos de aspirantes que tengan alguna minusvalía y así lo hayan declarado en su instancia, y siempre que con ello no se desvirtue el contenido de la prueba ni se menoscabe o reduzca el nivel de aptitud de la misma.
En los recuadros correspondientes los aspirantes deberán indicar, si concurren a plazas que lleven aparejado o no el perfil lingüístico preceptivo o en su caso a ambos tipos de plaza, indicando además que el sistema de acceso es el de concurso-oposición y que desean participar por alguno de los siguientes turnos: a) libre, b) promoción interna, y c) minusválidos de acuerdo con lo establecido en las Bases Específicas. Los aspirantes solo podrán participar por uno de los tres turnos.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se presentarán en las Oficinas del I.F.A.S, Alda. Mazarredo,
n.º 22 de Bilbao, en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del País Vasco». También podrán presentarse en los restantes lugares previstos en el art.
38.4 y en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las instancias se remitan a través del servicio de correos se presentarán en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas.
Cuarta.- Admisión de Candidatos.
Expirado el plazo de presentación de instancias, y dentro de los diez días naturales siguientes, se hará pública la lista provisional de aspirantes admitidos y excluídos en el tablón de anuncios de las Oficinas del
I.F.A.S., Alda. Mazarredo, n.º 22 de Bilbao.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de parte. En todo caso la publicación a la que se refiere el apartado anterior establecerá un plazo de 10 días para la subsanación de errores.
Los candidatos podrán interponer recurso ordinario ante el Consejo de Patronato del I.F.A.S. en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional.
Subsanados los errores y en su caso resueltos los recursos, se dará publicidad de la lista definitiva de candidatos admitidos, exponiéndose en los tablones de anuncios del I.F.A.S., Alda. Mazarredo, n.º 22 de Bilbao.
Quinta.- Tribunal Calificador.
Los Tribunales calificadores de los procesos selectivos convocados se constituirán conforme a lo señalado en los artículos 31 y 32 de la Ley 6/1989, de la Función
Pública Vasca y contarán con un Presidente, un Secretario y los Vocales que determine la convocatoria.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de Asesores, para todas o algunas de las pruebas de las que conste el proceso selectivo, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, a tenor de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 6/1989 de la
Función Pública Vasca.
En todo caso, figurará un representante designado por el IVAP y otro del personal designado por la representación sindical. Sin perjuicio de la representación que al IVAP corresponde en el Tribunal calificador, un representante de dicho Instituto formará parte del mismo en aquellas pruebas que estén designadas a la acreditación del perfil lingüístico exigido en la convocatoria.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse en intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, todo ello de conformidad a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, con excepción del Secretario del mismo, que actuará solo con voz. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúa como Presidente.
A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en las Oficinas del I.F.A.S.,
Alda. Mazarredo, n.º 22 de Bilbao.
El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad.
Si en cualquier momento del procedimiento de selección llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma previa audiencia del interesado.
El Tribunal queda facultado para resolver dudas que se planteen y para tomar los acuerdos necesarios para el desarrollo de las pruebas.
Sexta.- Comienzo y desarrollo del proceso selectivo.
El orden de actuación de los aspirantes vendrá determinado conforme al sorteo que se lleve a cabo por la
Secretaría del Estado para la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del
Real Decreto 2.223/1984.
El lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio de la oposición se publicará en las Oficinas del I.F.A.S.,
Alda. Mazarredo, n.º 22 de Bilbao, conjuntamente con la resolución por la que se apruebe la lista definitiva.
Desde la conclusión de cada ejercicio de la oposición y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y máximo de 20 días. La publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de los restantes ejercicios de la oposición se efectuará por el
Tribunal, en el tablón de anuncios del I.F.A.S., Alda.
Mazarredo, n.º 22 de Bilbao, advirtiendo de ello a los aspirantes. Estos anuncios deberán hacerse públicos con
24 horas, al menos, de antelación a la celebración del siguiente ejercicio, o de 12 horas si se trata del mismo ejercicio.
Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Serán excluídos quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
Séptima.- Proceso de selección.
La selección de los aspirantes se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurso-oposición en la forma que se establezca en los respectivos Anexos.
El examen de Euskera, de carácter obligatorio y eliminatorio en caso de las plazas con perfil lingüístico preceptivo, y de carácter voluntario en el resto de las plazas, será común a todos los aspirantes cuando se trate de acreditación de un determinado perfil lingüístico y los criterios de calificación serán idénticos en ambos tipos de plazas. Los aspirantes que acrediten mediante certificación del IVAP el perfil lingüístico exigido en cada Anexo quedarán excluídos de la realización del examen.
Los aspirantes a plazas con perfil lingüístico preceptivo que no superen el examen obligatorio y eliminatorio de Euskera, siempre y cuando hubiesen solicitado en la instancia su participación en ambos tipos, podrán continuar con el procedimiento selectivo en aquellas plazas que no llevasen aparejado el perfil lingüístico preceptivo, en cuyo caso, la calificación obtenida en este ejercicio se computará como mérito, y se respetarán las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios obligatorios de la oposición.
La cobertura de las plazas que lleven aparejado el perfil lingüístico preceptivo gozará de absoluta prioridad, por lo que en el supuesto de que el mismo aspirante obtuviera dos plazas (una de perfil lingüístico preceptivo y la otra de carácter no preceptivo) no cabrá derecho de opción y se procederá a adjudicarle la plaza con perfil lingüístico preceptivo.
En el supuesto de mayor número de aspirantes a plazas con perfil lingüístico preceptivo que el de plazas convocadas, aquellos aspirantes que habiendo acreditado el perfil lingüístico en la forma prevista en las Bases específicas de la convocatoria no tengan posibilidades de acceder a ese tipo de plazas, podrán continuar el procedimiento selectivo en aquellas plazas que no llevasen aparejado el perfil lingüístico preceptivo respetándose las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios de la oposición, siempre que expresamente hubiesen solicitado en la instancia su participación en ambos tipos de plazas.
En cualquier caso, las plazas convocadas que tuvieran establecido un determinado perfil lingüístico preceptivo no podrán ser provistas por aspirantes que no hubieran acreditado su cumplimiento en la forma prevista en estas Bases.
Octava.- Calificación de las pruebas selectivas.
La valoración de los méritos del concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuídos con arreglo al baremo que conste en cada Anexo.
Los ejercicios de la oposición se calificarán conforme a lo que se dispone en cada Anexo.
Las calificaciones de cada ejercicio de la fase oposición, se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal, dividiendo el total por el número de asistentes en aquél, siendo el cociente la calificación definitiva de cada uno de ellos.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso.
En caso de empate, el Tribunal realizará una entrevista personal con una puntuación máxima de un (1) punto.
Novena.- Lista de Aprobados.
Finalizadas las pruebas selectivas y en un plazo máximo de 15 días naturales, el Tribunal hará públicas en las Oficinas del I.F.A.S., Alda. Mazarredo, n.º 22 de
Bilbao, las siguientes listas con las calificaciones correspondientes:
a) Lista de aprobados de los aspirantes de promoción interna.
b) Lista de aprobados de la reserva de minusválidos.
c) Lista de aprobados del resto de los aspirantes.
Las listas anteriores se formarán separadamente según se trate o no de plazas de perfil lingüístico preceptivo.
Dichas relaciones se elevarán por el Tribunal a la
Junta de Gobierno del Instituto Foral de Asistencia
Social, que procederá a la contratación de los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación, hasta la totalidad de las plazas ofertadas en la presente convocatoria y que se hallen dotadas presupuestariamente, de conformidad con el artículo 15.9) de los Estatutos del Instituto
Foral de Asistencia Social, según Decreto Foral
80/1985 de 17 de Julio.
Décima.- Presentación de Documentos.
En el plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que hicieran públicas las relaciones definitivas de aprobados, los aspirantes propuestos deberán presentar en el Instituto Foral de Asistencia
Social, calle Juan de Ajuriaguerra, n.º 34, planta baja, de Bilbao, los documentos siguientes:
a) Certificado de nacimiento expedido por el Registro
Civil correspondiente; este certificado podrá ser sustituído por la exhibición de una certificación ordinaria del Registro Civil, el Libro de Familia o el de Filiación, sea cual sea la fecha del documento y sin que sea precisa su legalización.
b) Certificación expedida por el Facultativo correspondiente del Servicio Vasco de Salud Osakidetza en la que se acredite no padecer enfermedad contagiosa ni defecto físico o psíquico que le imposibilite para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos deberán presentar además certificación de aptitud para el desempeño de las funciones de las plazas correspondientes, expedida por el Centro Base de Minusválidos de la
Diputación Foral de Bizkaia.
c) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones
Públicas, ni hallarse incurso en alguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en la legislación vigente.
d) Documento original y copia del Título exigido para tomar parte en estas pruebas selectivas.
Quienes accedan a las plazas a través del turno de promoción interna, estarán exentos de aportar la documentación referida en los puntos a), b) y c) del nominal anterior.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en los párrafos anteriores, podrá acreditarse que se reunen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Quienes dentro del plazo fijado y, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos de la Base Tercera, no podrán ser nombrados como personal laboral y quedarán anulada sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en su instancia. En este caso, el Presidente de la Junta de Gobierno formulará propuesta de nombramiento como personal laboral a favor de los que habiendo superado la puntuación necesaria, tuviera cabida en el número de plazas convocadas a consecuencia de la referida anulación y figure en el siguiente lugar al correspondiente al nombramiento anulado.
Undécima.- Incorporación al puesto de trabajo.
La incorporación al puesto de trabajo se efectuará a medida que las necesidades de puesta en funcionamiento de los Centros lo exigan.
Duodécima.- Incidencias.
El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas Bases.
La convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de aquellos, y de la actuación del
Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En lo no previsto en las Bases, regirá el Reglamento
General del Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración del Estado, aprobado por el Real
Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre, Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, articulado el
Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 6/1989. de 6 de julio, de la Función Pública Vasca y demás disposiciones que resultaran de aplicación.
La presente convocatoria y sus Bases se publicarán íntegramente en el B.O.B. y publicándose además, en el «Boletín Oficial del País Vasco» extracto detallado de la misma.
ANEXO
1.- Plaza convocada.
Cuarenta y una (41) plazas de Camareraslimpiadoras, perteneciente al Grupo E, con perfil lingüístico 1 distribuidas de la siguiente forma:
- Veintiseis (26) plazas con perfil lingüístico 1 sin carácter preceptivo por el turno libre. - Once (11) plazas con perfil lingüístico 1 con carácter preceptivo por el turno libre. - Cuatro (4) plazas con perfil lingüístico 1 sin carácter preceptivo, reservadas para minusválidos, en cumplimiento de la disposición adicional séptima de la Ley
6/1989 de 6 de Julio de la Función Pública Vasca.
2.- Requisitos específicos.
Poseer el Certificado de Escolaridad.
3.- Sistemas de selección.
Concursooposición.
4.- Fase Concurso.
Esta, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase oposición.
Regirá a efectos de valoración de méritos, que deberán acreditar documental y fehacientemente los aspirantes, mediante los correspondientes certificados o justificantes, que acompañarán a sus instancias, el siguiente baremo de méritos:
a) Méritos Académicos:
- Por titulaciones académicas, distintas a la exigida, pero relacionadas con la plaza convocada, 0'25 puntos cada una hasta un máximo de 0,75 puntos. - Por cursos de formación realizados, impartidos por instancias oficiales relacionados con las plazas convocadas, hasta un máximo de 1 punto computados de la siguiente forma:
. Por cursos de duración superior a 10 horas: 0'50 puntos cada uno. . Por cursos de duración inferior a 10 horas: 0'25 puntos cada uno.
b) Méritos profesionales:
- Por el ejercicio profesional en la plaza convocada en Centros de Servicios Sociales de Titularidad Pública:
0,25 puntos/mes o fracción hasta un máximo de 8 puntos. - Por servicios prestados en las Administraciones
Públicas con la categoría profesional requerida en la plaza convocada: 0,15 puntos/mes o fracción hasta un máximo de 5 puntos. - Por servicios prestados en el Sector Privado con la categoría profesional requerida en la plaza convocada, con Certificación Oficial de cotización al Régimen de la
Seguridad Social: 0,10 puntos/mes o fracción hasta un máximo de 3 puntos. - Por servicios prestados en cualquier categoría profesional distinta a la de la plaza convocada en Centros de Servicios Sociales de Titularidad Pública: 0,03 puntos/ mes o fracción hasta un máximo de 1 punto. - Los puntos de los apartados 1, 2 y 3 serán excluyentes entre sí, valorándose únicamente el mayor.
Estos servicios deberán haberse prestado en los cinco años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias, para su acreditación es imprescindible la certificación de prestación de servicios de la Empresa u Organismo donde se hayan prestado debiendo figurar el número total de días trabajados.
5.- Fase oposición.
Estará formada por los dos ejercicios que a continuación se indican:
Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, sobre materias relacionadas con los temarios A y B del Anexo, en el tiempo máximo de 60 minutos.
Este ejercicio se valorará de 0 a 20 puntos, exigiéndose como mínimo 10 puntos para superar el mismo.
Segundo ejercicio: Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio para aquellos aspirantes que accedan a las plazas que tengan asignado perfil linguistico preceptivo y consistirá en acreditar el conocimiento de Euskera, otorgando, una puntuación de 1,65 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no acrediten dicho perfil sin perjuicio de su valoración de la forma señalada en el párrafo siguiente.
Para el resto de las plazas tendrá carácter voluntario, de mérito y no eliminatorio, se valorará el grado de conocimiento del Euskera en las cuatro destrezas linguisticas de 0 a 1'65 puntos.
Los aspirantes que acrediten mediante certificación del IVAP la superación del perfil lingüístico 1, quedarán exentos de la realización de estas pruebas.
Tercer ejercicio: De carácter voluntario y no eliminatorio.
Consistirá en determinar el grado de conocimientos de otros idiomas de la Unión Europea mediante pruebas orales y escritas sobre un tema determinado por el Tribunal. Esta prueba tendrá una puntuación de 0,75 puntos/idioma hasta un máximo de 2,25 puntos.
6.- Entrevista con los candidatos.
En caso de igualdad en la puntuación para la adjudicación de las plazas, se realizará una entrevista personal con los aspirantes.
CAMARERALIMPIADORA
Temario (A)
1.º.- El Estatuto de Autonomía del País Vasco.
Organización Territorial del País Vasco. Ley de Territorios
Históricos.
2.º.- El Instituto Foral de Asistencia Social de Bizkaia.
Estructura y Organos de Gobierno. Objetivo y funciones. Centros que se adscriben.
Temario (B)
1.º.- Limpieza y tratamiento de suelos: Terrazo
PVC, cerámicas, alfombras y moquetas.
2.º.- Limpieza y tratamiento de cristales, lámparas y luminarias.
3.º.- Limpieza y tratamiento de mobiliario e instalaciones fijas.
4.º.- Limpieza y tratamiento de locales húmedos:
Vestuarios, servicios, laboratorios.
5.º.- Maquinaria, útiles, herramientas y medios auxiliares para la realización de trabajos de limpieza, lavandería, planchado y costura. Utillaje de comedor.
6.º.- Características y uso de productos básicos de limpieza, lavandería y planchado.
7.º.- Plancha: Sistemas de planchado dependiendo del tipo de ropa. Aplicación de la maquinaria correspondiente.
8.º.- Mise emplace: distribución del trabajo anterior al servicio.
CAMARERALIMPIADORA
Composición del Tribunal.
TITULARES
Presidente:
Ilmo. Sr. Diputado Foral del Dpto. de Bienestar
Social,
D. Josu Montalban Goicoechea
Vocales:
Una persona designada por el Dpto. de Presidencia,
Un representante de los Trabajadores,
Una persona designada por el IVAP,
Sr. Director del Servicio Social para la Infancia y la
Juventud,
D. Juan Otermin Eraso
Sr. Director de la Residencia Zumelegi,
D. Jose Manuel Martínez Goicoechea
Sra. Gobernante de la Residencia Asistida de Leioa,
Dña. Pilar Unanue Aguirre
Secretario:
Sr. Administrativo I.F.A.S.,
D. Julio Peña Alonso
SUPLENTES
Presidente:
Sr. Director General de Gestión de Servicios Sociales del Dpto. de Bienestar Social,
D. Luis Rodriguez Herrero
Vocales:
Una persona designada por el Dpto. de Presidencia,
Un representante de los Trabajadores,
Una persona designada por el IVAP,
Sr. Director del Servicio Social para Minusválidos,
D. Jesús Miranda Arechabala
Sra. Directora de la Residencia Udaloste,
Dña. María Milla Ortíz de Zarate
Sr. Graduado Social I.F.A.S.,
D. Luis Lobato Espinaco
Secretario:
Sra. Auxiliar Administrativo I.F.A.S.,
Dña. Amaia Alonso López
ANEXO
1.- Plaza convocada.
Once (11) plazas de Ayudante de Cocina, perteneciente al Grupo E con perfil lingüístico 1, distribuidas de la siguiente forma: 2 plazas para minusválidos con perfil lingüístico no preceptivo y 9 plazas para el turno libre, de las cuales 1 plaza es con perfil lingüístico preceptivo y 8 con perfil lingüístico no preceptivo.
2.- Requisitos específicos.
Poseer el Certificado de Escolaridad.
3.- Sistema de selección.
Concursooposición.
4.- Fase concurso.
Esta, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase oposición.
Regirá a efectos de valoración de méritos, que deberán acreditar documental y fehacientemente los aspirantes, mediante los correspondientes certificados o justificantes,que acompañarán a sus instancias, el siguiente baremo de méritos:
a) Méritos Académicos:
- Por titulaciones académicas, distintas a la exigida, pero relacionadas con la plaza convocada, 0'25 puntos cada una hasta un máximo de 0,75 puntos. - Por cursos de formación realizadas, impartidos por instancias oficiales relacionados con las plazas convocadas, hasta un máximo de 1 punto computados de la siguiente forma:
. Por cursos de duración superior a 10 horas: 0'50 puntos cada uno. . Por cursos de duración inferior a 10 horas: 0'25 puntos cada uno.
b) Méritos profesionales:
- Por el ejercicio profesional en la plaza convocada en Centros de Servicios Sociales de Titularidad Pública:
0,25 puntos/mes o fracción hasta un máximo de 8 puntos. - Por servicios prestados en las Administraciones
Públicas con la categoría profesional requerida en la plaza convocada: 0,15 puntos/mes o fracción hasta un máximo de 5 puntos. - Por servicios prestados en el Sector Privado con la categoría profesional requerida en la plaza convocada, con certificación oficial de cotización al Régimen de la
Seguridad Social: 0,10 puntos/mes o fracción hasta un máximo de 3 puntos. - Por servicios prestados en cualquier categoría profesional distinta a la de la plaza convocada en Centros de Servicios Sociales de Titularidad Pública: 0,03 puntos/ mes o fracción hasta un máximo de 1 punto. - Los puntos de los apartados 1, 2 y 3 serán excluyentes entre sí, valorándose únicamente el mayor.
Estos servicios deberán haberse prestado en los cinco años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias, para su acreditación es imprescindible la certificación de prestación de servicios de la Empresa u Organismo donde se hayan prestado debiendo figurar el número total de días trabajados.
5.- Fase oposición.
Estará formada por los dos ejercicios que a continuación se indican:
Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, sobre materias relacionadas con los temarios A y B del Anexo, en el tiempo máximo de 60 minutos.
Este ejercicio se valorará de 0 a 20 puntos, exigiéndose como mínimo 10 puntos para superar el mismo.
Segundo ejercicio: Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio para aquellos aspirantes que accedan a las plazas que tengan asignado perfil linguistico preceptivo y consistirá en acreditar el conocimiento de Euskera, otorgando una puntuación de 1,65 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no acrediten dicho perfil sin perjuicio de su valoración de la forma señalada en el párrafo siguiente.
Para el resto de las plazas tendrá carácter voluntario y no obligatorio, se valorará el grado de conocimiento del Euskera en las cuatro destrezas linguisticas de 0 a
1'65 puntos.
Los aspirantes que acrediten mediante certificación del IVAP la superación del perfil lingüístico 1, quedarán exentos de la realización de estas pruebas.
Tercer ejercicio: De carácter voluntario y no eliminatorio.
Consistirá en determinar el grado de conocimiento de otros idiomas de la Unión Europea mediante pruebas orales y escritas sobre un tema determinado por el Tribunal. Esta prueba tendrá una puntuación de 0,75 puntos/idioma hasta un máximo de 2,25 puntos.
6.- Entrevista personal.
En caso de igualdad en la puntuación para la adjudicación de las plazas, se realizará una entrevista personal con los aspirantes.
AYUDANTE DE COCINA
Temario (A)
1.º.- El Estatuto de Autonomía del País Vasco.
Organización Territorial del País Vasco. Ley de Territorios
Históricos.
2.º.- El Instituto Foral de Asistencia Social de Bizkaia.
Estructura y Organos de Gobierno. Objetivo y funciones. Centros que se adscriben.
Temario (B)
1.º.- Organización de una brigada de cocina. Normas de higiene y aseo de personal y dependencias.
Manipulación de alimentos. Normativa.
2.º.- Confección de menús. Características. Estacionalidad.
Menús de régimen alimenticio de aplicación a personas con diferentes tipos de trastornos.
3.º.- Dirección y compras. Sistema organizativo de compras. El proveedor. Sistema de compras en función de los menús y capacidad de almacenaje.
4.º.- Stock de productos perecederos y no perecederos.
Control de almacén y gasto diario. Relevo de cocina y sistema de pedidos.
5.º.- Mise emplace: distribución del trabajo anterior al servicio.
6.º.- Pastas alimenticias: Tipos. Sistemas de cocción.
Aplicación. Diferentes tipos de elaboraciones con pastas.
Conservación en crudo y cocinado.
7.º.- Sopas y caldos. Elaboración de caldos básicos.
Tipos de sopas más habituales en cocina.
8.º.- Hortalizas y verduras. Reconocimiento precocinado.
Tipo de cocinado. Servicio conservación en crudo y cocinado.
9.º.- Arroces: tipos. Pastas: tipos, sistemas de cocción.
Huevos: reconocimiento del frescor.
AYUDANTE DE COCINA
Composición del Tribunal.
TITULARES
Presidente:
Ilmo. Sr. Diputado Foral del Dpto. de Bienestar
Social,
D. Josu Montalban Goicoechea
Vocales:
Una persona designada por el Dpto. de Presidencia,
Un representante de los Trabajadores,
Una persona designada por el IVAP,
Sr. Gerente del I.F.A.S.,
D. Javier Cruz Expósito
Sr. Jefe del Servicio de Apoyo Técnico del S. S. para la Tercera Edad,
D. Iñaki López Ugarte
Sr. Cocinero de la Residencia Asistida de Leioa,
D. Pablo Ainse López
Secretario:
Sra. Auxiliar Administrativo I.F.A.S.,
Dña. Rosana Mañoso Hierro
SUPLENTES
Presidente:
Sr. Director General de Gestión de Servicios Sociales del Dpto. de Bienestar Social,
D. Luis Rodriguez Herrero
Vocales:
Una persona designada por el Dpto. de Presidencia,
Un representante de los Trabajadores,
Una persona designada por el IVAP,
Sr. Director del Servicio Social para la Tercera Edad,
D. Iñaki Iribar Unibaso
Sr. Jefe del Servicio de Apoyo Técnico del S. S. para la Infancia y la Juventud,
D. Rafael Sampedro Olaetxea
Sr. Jefe de Cocina de la Residencia Txurdinaga,
D. Andrés Fernández Gonzalez
Secretario:
Sra. Auxiliar Administrativo I.F.A.S.,
Dña. Mariví Hierro Chomón
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