
N.º 94, viernes 19 de mayo de 1995
- Otros formatos:
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Transportes y Obras Públicas
2046
ORDEN de 2 de mayo de 1995, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se aprueba la relación de nuevos bienes y derechos afectados por el "Proyecto de desdoblamiento de la vía Lemoa-Amorebieta" y su modificado n..º 1, y se señalan fechas para el levantamiento de las actas previas a la ocupación.
El «Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Ferrocarriles», aprobado por el Consejo de Gobierno del País Vasco en fecha 11 de abril de 1989, y el «Plan de Actuación Ferroviaria
1994 - 1999», aprobado por el Consejo de Gobierno en fecha 27 de septiembre de 1994, incluyen entre las actuaciones previstas el desdoblamiento de la vía en el tramo LemoaAmorebieta.
Mediante Orden de 10 de noviembre de 1992 se aprobó el «Proyecto de Desdoblamiento de la vía LemoaAmorebieta».
Este ha sido modificado en algunos aspectos por el «Proyecto Modificado n.º 1 del Desdoblamiento de la vía Lemoa-Amorebieta», aprobado por Orden de
22 de agosto de 1994. En la tramitación de ambos Proyectos se han seguido los preceptivos trámites de información pública e información oficial por los Ayuntamientos de Lemoa y Amorebieta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 228 del Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por
Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
A tenor de lo dispuesto en el art. 10 de la Ley de
Expropiación Forzosa, la aprobación de los Planes de
Obras lleva implícita la declaración de utilidad pública y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 153 de la
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los
Transportes Terrestres, la aprobación del correspondiente
Proyecto supone la declaración de utilidad pública o interés social y la urgencia de la ocupación a efectos de expropiación forzosa, de los terrenos por los que haya de discurrir la línea o realizarse la ampliación o mejora.
La relación de nuevos bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Desdoblamiento de la vía
LemoaAmorebieta»,y por el «Proyecto Modificado n.º 1 del
Desdoblamiento de la vía Lemoa-Amorebieta» fue sometida a información pública de conformidad con lo dispuesto en los arts. 15 a 20 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, mediante
Orden de 14 de marzo de 1995, publicada en el Boletín
Oficial del País Vasco n.º 66, de 4 de abril, en el Boletín
Oficial de Bizkaia n.º 66, de 4 de abril, y en los periódicos diarios «EL CORREO» y «DEIA» del día 4 de abril, y expuesta durante el plazo de quince días señalado por la ley en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Amorebieta, sin que durante dicho trámite se haya recibido alegación alguna.
Considerando lo dispuesto en los artículos 20, 108.2 y 111 de la Ley de Expropiación Forzosa, y en el artículo
52, 2.º y 3.º de la Ley de Expropiación Forzosa,
DISPONGO:
1) Aprobar la adjunta relación de nuevos bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Desdoblamiento de la vía Lemoa-Amorebieta», y por el «Proyecto Modificado
n.º 1 del Desdoblamiento de la vía LemoaAmorebieta», y declarar la necesidad de su ocupación a los efectos indicados en el art. 153 de la Ley 16/1987, de
30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
2) Convocar a todos los propietarios de los bienes y derechos que figuran en dicha relación para que, en los días y horas señalados en la misma, y previa personación en el Ayuntamiento de Amorebieta, se proceda al levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados y, en su caso, a la ocupación formal de los mismos, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno en caso necesario, a solicitud de los interesados.
A la vista de las actas y de los documentos que obran en el expediente, en el mismo acto se determinará el depósito previo a la ocupación, y si procede, la indemnización por los perjuicios derivados de la ocupación urgente.
A este acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escrituras públicas, certificados o notas informativas del Registro de la propiedad, etc.), así como cualquier otro documento acreditativo de sus derechos, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de sus peritos y un notario.
3) Ordenar la notificación individualizada y la publicación de la presente Orden.
La presente Orden agota la vía administrativa, y contra la misma únicamente procede recurso
Contencioso-Administrativoante la Sala de dicha jurisdicción del
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, o en su caso, desde el día siguiente al de la última publicación oficial.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de mayo de 1995.
El Consejero de Transportes y Obras Públicas,
JOSÉ ANTONIO MATURANA PLAZA.
TERMINO MUNICIPAL: AMOREBIETA
N.º FINCA NOMBRE Y DOMICILIO DEL TITULAR TIPO DE AFECCION DESCRIPCION
SUPERFICIE LUGAR DIA HORA
20/ 2 Textil Bilbao, S. A. en liquidación Ocupación Franja de terreno de 23 x 60 m., 1.380 m. 2 Ayuntamiento 30.05.95 10: 00
Avda. Madrid, 26 - 1.º B temporal junto al paso a nivel de Astepe. de Amorebieta
20011 SAN SEBASTIAN Ocupada parcialmente por una huerta.
28 D.ª M.ª Teresa Arana Bilbao Expropiación Triángulo de 103,23 m. 2 y 450 m. 2 Ayuntamiento 30.05.95 10: 30
Iparraguirre, 26 franja de 115 m. l. de Amorebieta
48009 BILBAO y 304,85 m. 2 , junto a la estación de Amore- bieta. Pradera.
RSS