
N.º 43, jueves 2 de marzo de 1995
- Otros formatos:
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Anuncios
Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
1046
EDICTO de 8 de febrero de 1995, del Director de Trabajo, por el que se notifica a la empresa "Ingeniería y Montajes F.M., S.L." la resolución recaída en el expediente n.º 93.0272.48.01.01.03.
Carlos Zapatero Berdonces, Director de Trabajo
Hago Saber que concluido el expediente n.º
93.0272.48.01.01.03, y habiéndose resuelto imponer a la empresa «Ingeniería y Montajes F.M., S.L.» una sanción de multa por importe de « seiscientas mil pesetas» (600.000 PTA) en virtud de lo dispuesto en el artículo
5 de la Ley 8/1988, de 7 de abril, por vulnerar lo establecido en los artículos 51.1.c) y 70 de la Ordenanza de
Seguridad e Higiene en el Trabajo, en relación con el artículo 72 del mismo texto legal, y los artículos 4.2.d) y 19 de la ley 8/1980, de 10 de marzo, Estatuto de los
Trabajadores, según se tipifica en el artículo 14.1.4 de la Ley 8/1988 de 7 de abril, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, y no habiéndose podido notificar dicha resolución a la Empresa interesada por el servicio de Correos en el último domicilio de que se tenía constancia, y sito en la Calle Jon Arrospide 17,
2.º, 4, de Bilbao, por ausencia, desconocimiento, etc.; se proceda a su notificación de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, advirtiéndose a la interesada del derecho que le asiste para presentar recurso ordinario ante el Viceconsejero de Trabajo del Gobierno Vasco, por conducto de la Delegación Territorial de Trabajo de Bizkaia, en el plazo de un mes a contar desde su notificación, y durante el cual tendrá vista del expediente. Caso de no hacerlo así, se considerara como firme la resolución y se seguirá el procedimiento establecido.
Con independencia de la presentación del antes citado
Recurso Ordinario, el interesado deberá proceder al ingreso del importe de la sanción en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación de esta Resolución, en la Cuenta Autorizada de Ingresos de la Delegación Territorial de Trabajo de Bizkaia (C/C núm. 22-0300592-1, oficina 0631 de la Bilbao
Bizkaia Kutxa) haciendo constar el número del expediente.
De no ejercitarse por el interesado ninguna de estas dos opciones, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de dicha sanción, conforme a lo previsto en el artículo 5.º del Decreto 1860/1975, de
10 de julio, siguiéndose el procedimiento establecido en el Decreto 99/1982, de 19 de abril, del Gobierno
Vasco.
Para que sirva de notificación a dicha Empresa, se publicará este Edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 8 de febrero de 1995.
El Director de Trabajo,
CARLOS ZAPATERO BERDONCES.
RSS