N.º 200, jueves 20 de octubre de 1994
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Otras Disposiciones
Educación, Universidades e Investigación
3835
ORDEN de 7 de octubre de 1994, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, sobre la recogida de información unificada en materia de centros docentes correspondiente al curso 94/95.
Para atender a las necesidades en materia de planificación educativa, de gestión e, igualmente, a efectos estadísticos, se va a proceder a la recogida unificada de la información necesaria, correspondiente al curso
94/95 en todos los Centros docentes de la Comunidad
Autónoma del País Vasco que imparten niveles no universitarios.
Por ello, a propuesta del Gabinete Técnico del Consejero, este Departamento
DISPONE:
Primero.- Todos los centros educativos no universitarios, situados en la Comunidad Autónoma del País Vasco deberán responder y cumplimentar con la mayor precisión y rigor posible los cuestionarios diseñados al efecto bajo el nombre de Datos de Actividad Escolar.
Segundo.- La cumplimentación de los modelos correspondientes será supervisada por el Director del
Centro, el cual avala con su firma la exactitud de la información.
Tercero.- Los cuestionarios, que serán enviados de forma nominalizada a los Centros Educativos a partir del 17 de octubre, serán cumplimentados y enviados dentro de las dos semanas siguientes a las Unidades de
Estadística de las Delegaciones Territoriales correspondientes, las cuales procederán a la revisión y elaboración de los mismos.
DISPOSICIÓN FINAL
Se autoriza a los Delegados Territoriales de Educación para que tomen las medidas precisas para el mejor desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente
Orden.
En Vitoria-Gasteiz, a 7 de octubre de 1994.
El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,
FERNANDO BUESA BLANCO.