Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 157, viernes 19 de agosto de 1994


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Economía y Hacienda
2955

DECRETO 339/1994, de 28 de julio, sobre autorización de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital de la "Sociedad Promotora de la Zona Aduanera de Irún, S.A." (ZAISA).

La Dirección de Transportes del Departamento de

Transportes y Obras Públicas está desarrollando una política de apoyo y de potenciación de los centros integrados del transporte de mercancías existentes en la

Comunidad Autónoma del País Vasco: «CTV. Centro de Transporte de Vitoria, S.A.», «Sociedad Promotora de la Zona Aduanera de Irún, S.A.» (ZAISA) y, «Bizkaiko

Kamioe Kokaleku Bortxatuak A.B., Aparcamiento

Disuasorio de Camiones de Bizkaia, S.A.» (BIKAKOBOAPARCABISA).

El incremento de las relaciones comerciales entre los países comunitarios y la importancia económica del sector del transporte han motivado la creación en Europa de estos centros que facilitan el contacto entre la oferta y la demanda de transporte, a la vez que posibilitan la coordinación intermodal, mejorando la organización, gestión y coordinación de las empresas.

La «Sociedad Promotora de la Zona Aduanera de

Irún, S.A.» (ZAISA) se constituyó por escritura publica otorgada en Irún ante el Notario del Ilte. Colegio de

Pamplona, D. Antonio Román de la Cuesta y Ureta con fecha 27 de julio de 1983, obrante con el n.º 1153 de su protocolo y debidamente registrada; por Acuerdo del

Gobierno Vasco de 26 de julio de 1983 se autorizó la participación de la Administración de la Comunidad

Autónoma de Euskadi en el otorgamiento de la citada escritura de constitución y, por Decreto 43/1993, de 9 de marzo, se reguló el ejercicio de los derechos de socio en la mercantil por parte de la Administración de la

Comunidad Autónoma de Euskadi.

El capital de la sociedad anterior a la ampliación acordada asciende a dos mil quinientos cuarenta y nueve millones dos mil (2.549.002.000) PTA, estando participado y suscrito por la Administración de la Comunidad

Autónoma de Euskadi en un importe de setecientos setenta y dos millones cincuenta y una mil (772.051.000) PTA, que suponen un porcentaje del

30,28836% de aquél.

Siguiendo con la política del Gobierno Vasco de potenciar los centros integrados del transporte ubicados en la Comunidad Autónoma, y teniendo en cuenta el

Acuerdo de la Junta General Ordinaria de la «Sociedad

Promotora de la Zona Aduanera de Irún, S.A.» (ZAISA) celebrada el 27 de mayo de 1994, en la que se decidió, a propuesta del Consejo de Administración, ampliar su capital social hasta la cifra de cuatrocientos treinta millones (430.000.000) de PTA, representada por cuatrocientas treinta mil (430.000) acciones de mil (1.000) pesetas de valor nominal cada una de ellas, numeradas del 2.549.003 al 2.979.002, ambos inclusive, se estima adecuado acudir a la misma en el porcentaje actual de participación de la Administración de la Comunidad

Autónoma de Euskadi en el capital social de aquélla, que es del 30,28836%, todo ello conforme al procedimiento señalado en el art. 44 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, y demás disposiciones concordantes.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Transportes y Obras Públicas, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 28 de julio de 1994,

DISPONGO:

/p>

Artículo 1.- Autorizar la participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital acordada por la Junta General

Ordinaria de Accionistas de la «Sociedad Promotora de la Zona Aduanera de Irún, S.A.» (ZAISA) celebrada el

27 de mayo de 1994, con una aportación por parte de aquélla de ciento treinta millones doscientas cuarenta mil (130.240.000) PTA, según el porcentaje actual de la participación de la Administración de la Comunidad

Autónoma del País Vasco en el capital de dicha Sociedad, que es del 30,28836%.

Artículo 2.- Autorizar al Director de Patrimonio y

Contratación del Departamento de Economía y Hacienda, en nombre de la Administración de la Comunidad

Autónoma de Euskadi, a materializar los desembolsos y aportaciones necesarias para la suscripción y cobertura del importe de las acciones correspondientes, y para el ejercicio de las demás actuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del

País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 28 de julio de 1994.

El Lehendakari,

JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Economía y Hacienda,

JOSÉ LUIS LARREA JIMÉNEZ DE VICUÑA.

El Consejero de Transportes y Obras Públicas,

JOSU BERGARA ETXEBARRIA.


Análisis documental