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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 24, viernes 4 de febrero de 1994


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Otras Disposiciones

Economía y Hacienda
381

DECRETO 58/1994, de 25 de enero, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Pública Azti, A.B. y se modifican sus Estatutos.

En su reunión de 25 de enero de 1994, la Junta

General de Accionistas de la Sociedad Pública Azti,

A.B., acordó ampliar el Capital Social, fijado actualmente en doscientos doce millones ochocientas mil (212.800.000) pesetas, totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco como único socio, en la suma de trescientos sesenta y dos millones (362.000.000) de pesetas, emitiéndose tres mil seiscientas veinte (3.620) nuevas acciones de cien mil (100.000) pesetas de valor nominal cada una de ellas, íntegramente suscritas y desembolsadas, numeradas correlativamente del dos mil ciento veintinueve (2.129) al cinco mil setecientos cuarenta y ocho (5.748), ambos inclusive, a la par y libres de todo gasto e impuesto de emisión.

La Ley 14/1983, de 28 de julio, de Patrimonio de

Euskadi, establece en su artículo 44 que la adquisición de participaciones en las Sociedades Públicas por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de

Euskadi, deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno

Vasco, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la Sociedad dependa administrativamente.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión de 25 de enero de 1994,

DISPONGO:

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Artículo 1.- Autorizar la suscripción por parte de la

Administración de la Comunidad Autónoma del País

Vasco, en el ejercicio de sus derechos de socio único, de tres mil seiscientas veinte (3.620) acciones de cien mil (100.000) pesetas cada una de ellas, emitidas por Azti,

A.B. y numeradas correlativamente del dos mil ciento veintinueve (2.129) al cinco mil setecientos cuarenta y ocho (5.748), ambas inclusive, así como su desembolso, en los términos del Acuerdo adoptado por la Junta

General de Accionistas de la referida Sociedad.

Artículo 2.- Se modifica el artículo 5 en su punto 1 de los Estatutos Sociales, que en lo sucesivo dirá:

«Artículo 5.- El Capital Social.- El Capital Social se fija en la cantidad de quinientas setenta y cuatro millones ochocientas mil (574.800.000) pesetas.

Dicha cifra del capital social está integramente suscrita y su importe desembolsado totalmente. El capital social se divide en cinco mil setecientas cuarenta y ocho (5.748) acciones nominativas, representadas mediante títulos de cien mil (100.000) pesetas de valor nominal cada una, de la misma clase o serie, numeradas correlativamente con los números uno (1) al cinco mil setecientos cuarenta y ocho (5.748) ambos inclusive.

Las acciones vendrán dispuestas en libros talonarios».

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 25 de enero de 1994.

El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Economía y Hacienda,

JOSE LUIS LARREA JIMENEZ DE VICUÑA.

El Consejero de Agricultura y Pesca,

JOSE MANUEL GOIKOETXEA ASKORBE.


Análisis documental