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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 147, miércoles 4 de agosto de 1993


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Otras Disposiciones

Trabajo y Seguridad Social
2602

RESOLUCION de 15 de julio de 1993, del Director de Empleo, por la que se notifica la Resolución adoptada en expediente de reversión tramitado por incumplimiento de la normativa aplicable en la concesión de subvenciones al autoempleo.

No habiendo sido posible notificar a través del Servicio de Correos la Resolución que se relaciona, por ausencia o por ser desconocido en el domicilio a efectos de notificación fijado por el interesado, de conformidad con lo establecido en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento

Administrativo de 17 de julio de 1958.

RESUELVO:

Notificar mediante publicación en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución adoptada por el Director de Empleo en el expediente que se relaciona, haciendo saber al interesado que la misma no pone fin a la vía administrativa y que, contra ella, podrá interponer

Recurso de Alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de

Trabajo del Departamento de Trabajo y Seguridad

Social del Gobierno Vasco en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 y concordantes de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.

Expediente n.º

B-0509-0972-91A Reversión n.º 145/1993

No habiéndose aportado la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, que para el abono de la parte pendiente de la subvención concedida, se establecen en el Decreto 43/1990, de 20 de febrero, adaptado al ejercicio 1991 por Orden del Consejero de Trabajo del Gobierno Vasco, de 2 de mayo de

1991, por el que se articulan las medidas de fomento del Autoempleo, así como en la Resolución de concesión, y de conformidad con lo establecido en los artículos

16 y 17 del citado Decreto

El Director de Empleo

RESUELVE:

Primero: Declarar la obligación de D. Jesús Ramón

Moreno Reoyo de reintegrar a la Tesorería General del

País Vasco la cantidad de 112.500 PTA que le fueron ingresadas como pago parcial de la subvención concedida por Resolución de 30 de diciembre de 1991.

Segundo: Anular el pago de las 337.500 PTA que quedaban pendientes.

El reintegro de la cantidad señalada en el apartado primero habrá de efectuarse, para las notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 del mes, con anterioridad al día 5 del mes siguiente a su notificación, y para las notificaciones realizadas entre los días 15 y último del mes, con anterioridad al día 20 del mes siguiente a su notificación en la Cuenta Central abierta en la Bilbao

Bizkaia Kutxa con el número de cuenta 21.31000143.

Se advierte a los interesados que de no efectuarse el ingreso de devolución en los plazos arriba señalados, se procederá a su ejecución por la vía de apremio.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de julio de 1993.

El Director de Empleo,

JAVIER IÑIGUEZ DEL VAL.


Análisis documental