
N.º 147, miércoles 4 de agosto de 1993
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Interior
2600
ORDEN de 3 de agosto de 1993, del Consejero de Interior de inicio de las actividades de la Academia de Policía del País Vasco como organismo autónomo.
La Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País
Vasco crea la Academia de Policía del País Vasco como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Interior, estableciendo en su
Disposición Transitoria Segunda las reglas que deben regir el período transitorio, período que debe culminar con la Orden del Consejero de Interior de inicio de actividades de la Academia como organismo autónomo.
Por tanto, una vez aprobado su presupuesto en la forma determinada por la Ley y establecida su estructura orgánica, procede ordenar el inicio de la actividad de la Academia como organismo autónomo.
Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el punto
1 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley
4/1992,
RESUELVO:
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Artículo Unico.- Ordenar el incio de actividades de la
Academia de Policía del País Vasco como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Interior.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de agosto de 1993.
El Consejero de Interior,
JUAN MARIA ATUTXA MENDIOLA.