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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 147, miércoles 4 de agosto de 1993


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Otras Disposiciones

Interior
2600

ORDEN de 3 de agosto de 1993, del Consejero de Interior de inicio de las actividades de la Academia de Policía del País Vasco como organismo autónomo.

La Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País

Vasco crea la Academia de Policía del País Vasco como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Interior, estableciendo en su

Disposición Transitoria Segunda las reglas que deben regir el período transitorio, período que debe culminar con la Orden del Consejero de Interior de inicio de actividades de la Academia como organismo autónomo.

Por tanto, una vez aprobado su presupuesto en la forma determinada por la Ley y establecida su estructura orgánica, procede ordenar el inicio de la actividad de la Academia como organismo autónomo.

Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el punto

1 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley

4/1992,

RESUELVO:

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Artículo Unico.- Ordenar el incio de actividades de la

Academia de Policía del País Vasco como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Interior.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de agosto de 1993.

El Consejero de Interior,

JUAN MARIA ATUTXA MENDIOLA.


Análisis documental