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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 145, lunes 2 de agosto de 1993


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Otras Disposiciones

Trabajo y Seguridad Social
2560

RESOLUCION de 13 de julio de 1993, del Director de Empleo, por la que se notifica la Resolución adoptada en el expediente de reversión tramitado por incumplimiento de la normativa aplicable en la concesión de subvenciones para la realización de estudios y acciones de innovación en la gestión de las pequeñas y medianas empresas.

De conformidad con lo establecido en el artículo

80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, no habiéndose podido notificar a través del servicio de correos la Resolución que se referencia, por ser incorrecta la dirección que consta en el expediente, haber variado el domicilio el interesado sin comunicar tal variación a los efectos de notificación, u otras causas.

RESUELVO:

Notificar mediante publicación en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución adoptada por el Director de Empleo en el expediente que se referencia, haciendo saber al interesado que contra la misma podrá interponer

Recurso de Alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Trabajo del Departamento de Trabajo y Seguridad

Social del Gobierno Vasco, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 122 y concordantes de la

Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de

1958.

Expediente n.º G-112-324/1990 PY - Reversión n.º

15/1993

No habiéndose presentado la documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, conculcándose lo establecido en el artículo 15 del Decreto del Gobierno Vasco

45/1990, de 20 de febrero.

Esta Dirección de Empleo

RESUELVE:

Primero: Declarar la obligación de la Empresa Industrias

Horma, S.A. de reintegrar la cantidad de 285.000

PTA que le fuera ingresada en concepto de primer pago de la subvención concedida.

Segundo: Anular el pago de las 285.000 PTA que quedaban pendientes.

El reintegro de la cantidad señalada en el apartado primero habrá de efectuarse, para las notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 del mes, con anterioridad al día 5 del mes siguiente a su notificación, y para las notificaciones realizadas entre los días 15 y último del mes, con anterioridad al día 20 del mes siguiente a su notificación, en la cuenta central abierta en la Kutxa, con número 278.821-4, abierta a nombre de la Tesorería

General del País Vasco, haciendo referencia en el ingreso que la devolución corresponde al Expediente n.º

G-112-324/90 PY, Expediente de Reversión n.º

15/1993.

Se advierte que, de no efectuarse el ingreso de devolución en los plazos arriba señalados, se procederá a su ejecución por la vía de apremio.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de julio de 1993.

El Director de Empleo,

JAVIER IÑIGUEZ DEL VAL.


Análisis documental