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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 145, lunes 2 de agosto de 1993


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Otras Disposiciones

Economía y Hacienda
2556

DECRETO 203/1993, de 6 de julio, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Pública «Ingeniería para el Metro de Bilbao S.A.- Bilboko Metrorako Ingeniaritza A.B.» y se modifican sus Estatutos.

Mediante Decreto n.º 216/1988, de 4 de agosto, se acordó la creación de la Sociedad Pública «Ingeniería para el Metro de Bilbao S.A.- Bilboko Metrorako Ingeniaritza

A.B.» y se aprobaron sus Estatutos.

La citada Sociedad Pública se constituyó al objeto de gestionar los proyectos referentes a la construcción y equipamiento, así como la dirección, inspección y control técnico de las obras e instalaciones relativas al

Ferrocarril Metropolitano de Bilbao que le sean encomendados.

Asimismo, son actividades propias de la

Sociedad los aspectos relacionados con la información y la atención al público que un proyecto de esta naturaleza requiere.

Para dar debido cumplimiento al citado objeto social, y para financiar las inversiones a efectuar por la

Sociedad en el ejercicio de 1993, el Consejo de Administración de la citada Sociedad pública, en su sesión del día 30 de marzo de 1993 elevó a la Junta General de Accionistas conforme al art. 7.1 del citado Decreto

216/1988, la propuesta de ampliación de capital por un importe de cinco millones de pesetas (5.000.000 PTA).

De conformidad con lo precedente, en su reunión del día 6 de julio de 1993, la Junta General de Accionistas de la Sociedad Pública «Ingeniería para el Metro de

Bilbao S.A.- Bilboko Metrorako Ingeniaritza A.B.» acordó ampliar el capital social, fijado actualmente en cuarenta millones setecientas mil pesetas (40.700.000

PTA), en la suma de cinco millones de pesetas (5.000.000 PTA), emitiéndose quinientas (500) acciones de diez mil pesetas (10.000 PTA) de valor nominal cada una de ellas, única serie y clase, numeradas correlativamente del cuatro mil setenta y uno (4.071) al cuatro mil quinientos setenta (4.570), ambos inclusive, a la par y libres de todo gasto e impuesto de emisión.

La Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de

Euskadi, establece en su artículo 44 que la adquisición de participaciones en las Sociedades Públicas por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de

Euskadi deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y

Hacienda y del Consejero del Departamento del que la

Sociedad dependa administrativamente.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Transportes y Obras

Públicas, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 6 de julio de 1993,

DISPONGO:

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Artículo 1.- Autorizar la suscripción, por parte de la

Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ejercicio de sus derechos de socio único, de quinientas (500) acciones de diez mil pesetas (10.000

PTA) cada una de ellas, emitidas por la Sociedad Pública

Sociedad Pública «Ingeniería para el Metro de Bilbao

S.A.- Bilboko Metrorako Ingeniaritza A.B.», y numeradas correlativamente del cuatro mil setenta y uno (4.071) al cuatro mil quinientos setenta (4.570), ambos inclusive, así como su desembolso, en los términos del acuerdo adoptado por la Junta de Accionistas de la referida Sociedad.

Artículo 2.- Se modifica el artículo quinto de los

Estatutos Sociales de la citada Sociedad Pública, que adoptará la siguiente redacción:

«Artículo quinto. Capital.

El capital social se fija en cuarenta y cinco millones setecientas mil pesetas (45.700.000 PTA), representado por cuatro mil quinientas setenta (4.570) acciones nominativas de diez mil pesetas (10.000 PTA) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del uno al cuatro mil quinientos setenta, ambos inclusive, íntegramente suscritas y desembolsadas».

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 6 de julio de 1993.

El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Economía y Hacienda,

JOSE LUIS LARREA JIMENEZ DE VICUÑA.

El Consejero de Transportes y Obras Públicas,

JOSU BERGARA ETXEBARRIA.


Análisis documental