Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 145, lunes 2 de agosto de 1993


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Economía y Hacienda
2554

DECRETO 187/1993, de 29 de junio, por el que se reconoce de Utilidad Pública a la Asociación Hermandad de Donantes de Sangre de Alava «Herdosal»-Arabako Odol Dohan Emaleen Anaiartea.

La labor humanitaria y solidaria, en favor de la donación altruista de sangre, desarrollada por la Asociación

Hermandad de Donantes de Sangre de Alava «Herdosal»-Arabako Odol Dohan Emaleen Anaiartea, inscrita en el Registro de Asociaciones con el número R.P.A.

156 justifica su reconocimiento como de Utilidad

Pública, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, de Asociaciones, por considerar que su actividad, de gran trascendencia en al área sanitaria, redunda en beneficio de la sociedad en general.

Habiéndose emitido en sentido positivo los informes a que se refiere el apartado 3 del citado precepto, correspondientes a las organizaciones y entes interesados, así como a los Departamentos competentes en la materia, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda, de Justicia y de Sanidad, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de junio de 1993,

DISPONGO:

/p>

Artículo único.- Se reconoce de Utilidad Pública a la

Asociación Hermandad de Donantes de Sangre de Alava «Herdosal»-Arabako Odol Dohan Emaleen Anaiartea, inscritas con el número R.P.A. 156 en el Registro

General de Asociaciones- por considerar que contribuye a la promoción del interés general de Euskadi mediante el desarrollo de sus funciones. Asimismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta Declaración previstos en el artículo 22.2. de la Ley 3/1988, de 12 de febrero.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 29 de junio de 1993.

El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Economía y Hacienda,

JOSE LUIS LARREA JIMENEZ DE VICUÑA.

El Consejero de Justicia,

JOSE RAMON RECALDE DIEZ.

El Consejero de Sanidad,

JOSE IGNACIO AZKUNA URRETA.


Análisis documental