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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 1, lunes 4 de enero de 1993


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Otras Disposiciones

Comercio, Consumo y Turismo
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RESOLUCION de 22 de diciembre de 1992, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las nuevas tarifas para el servicio urbano de Auto-Taxi de Bilbao.

La Comisión de Precios de Euskadi, en su reunión del día 22 de diciembre de 1992, adoptó el Acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe a continuación para general conocimiento:

ACUERDO: Resultando que, con fecha S de noviembre de 1992, tiene entrada en el Departamento de Comercio, Consumo y Turismo el Acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento de Bilbao en Pleno el SO de octubre de 1992, en relación a la solicitud de modificación de tarifas para el Servicio Urbano de Auto-Taxi de Bilbao.

Considerando que, concurren en el expediente las circunstancias especiales a las que alude la Orden de 21 de septiembre de 1988 que determinan la necesidad de una revisión tarifaria anterior al transcurso del plazo establecido en la citada disposición.

Considerando que, analizado el expediente de referencia, las tarifas finalmente acordadas por los miembros de la Comisión, se estiman suficientes y ajustadas al incremento de los conceptos incluidos dentro de la estructura de costes de prestación del servicio.

Visto el Decreto 230/1988, de 30 de agosto y la Orden de 21 de septiembre de 1988, la Comisión de Precios de Euskadi, por mayoría de los miembros asistentes con voz y voto, acuerda:

Primero.- Autorizar las tarifas del servicio urbano de Auto-Taxi de

Bilbao, en los conceptos y cuantías, incluido el Impuesto sobre el

Valor Añadido, que a continuación se indican:

TARlFAS I (Normal) - Bajada de bandera............................ 159,- PTA - Km. recorrido ................................... 65,- PTA - Hora de espera ................................. 1.618- PTA TARIFAS II (Festivos) - Bajada de bandera............................ 159,- PTA - Km. recorrido ................................... 89,- PTA - Hora de espera ................................. 1.846- PTA TARlFAS IlI (Nocturna) - Bajada de bandera............................ 235,- PTA - Km. recorrido................................... 98,- PTA - Hora de espera ................................. 2.478,- PTA Segundo.-

Denegar la solicitud de aplicación de un suplemento por transporte de perros.

Tercero.- El presente Acuerdo entrará en vigor, y las nuevas tarifas no podrán aplicarse, hasta el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponerse Recurso de Reposición, previo al

Contencioso-Administrativo, ante la Comisión de Precios de Euskadi, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 1992. El Presidente de la

Comisión de Precios de Euskadi, FELIX GOROSPE RODRIGUEZ DEL CASTILLO.


Análisis documental