
N.º 7, lunes 13 de enero de 1992
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Disposiciones Generales del País Vasco
Interior
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ORDEN de 18 de diciembre de 1991, dei Consejero de Interior, por la que se regula el procedimiento de determinación y provisión de las vacantes que han de cubrirse en la Sección de Miñones de la Excma. Diputación Foral de Alava con personal procedente del Cuerpo de Policía de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El cumplimiento de las previsiones del Reglamento del Cuerpo de Policía de la
Comunidad Autónoma del País Vasco para la cobertura de vacantes en la Sección de Miñones de la Excma. Diputación Foral de Alava con persona1 procedente del mismo requiere una determinación de determinadas cuestiones procedimentales y técnicas que permita una actuación acorde con las disposiciones relativas a la cuantificación de las plantillas de la sección foral de policía y del procedimiento para su provisión. Por todo ello
DISPONGO:
Artículo 1.- 1.- La cobertura de las vacantes existentes en la Sección de
Miñones de la Excma. Diputacion Foral de Alava se efectuará por personal procedente del Cuerpo de Policía de la Comunidad Autónoma del País Vasco de conformidad con lo previste en la presente Orden y demás disposiciones de aplicación.
2.- Será cubiertas por el procedimiento que se establece por la presente las vacantes producidas por la pérdida de la condición de funcionarios de los integrados en la Sección de Miñones, por cambio de destino, por modificación de la situación administrativa y, en su caso, por el incremento que pueda producirse en la dotación de la plantilla mediante acuerdo del Departamento de Interior.
Artículo 2.- Las plazas de la Sección de Miñones de la Excma. Diputación Foral de Alava se califican, a efectos de su provisión, como de libre designación y podrán concurrir a las mismas los miembros del Cuerpo de Policía de la
Comunidad que ostenten el empleo de policía/ertzaina.
Artículo 3.- 1.- La convocatoria para la provisión de vacantes en la Sección de
Miñones de la Excma. Diputación Foral de Alava, así como su resolución, se efectuará, a requerimiento de ésta, por resolución del Viceconsejero de
Seguridad del Departamento de Interior.
2.- La convocatoria y la resolución de la convocatoria de provisión de vacantei serln publicadas en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava.
3.- La incorporación de los adjudicatarios de vacantes en la Sección de Miñones requerirá el nombramiento por el órgano foral competente y la toma de posesión.
Artículo 4.- Los miembros del Cuerpo de Policía de la Comunidad Autónoma del
País Vasco destinados en la Sección de Miñones de la Excma. Diputación Foral de
Alava desarrollarán las funciones que a la misma le asigne el ordenamiento jurídico bajo el mando jerárquico de los jefes naturales.
DISPOSICION ADICIONAL
A efectos de determinación de las vacantes a cubrir mediante el procedimiento previsto en la presente Orden la plantilla de la Sección de Miñones de la
Excma. diputación Foral de Alava se establece en ciento doce (112) funcionarios con la organización jerárquica que se establezca por el órgano foral competente.
DISPOSICION DEROGATORIA
Queda derogada la Orden de 18 de Enero de 1988 (B.O.P.V. n.º 21, de 2 de
Febrero) en cuanto se oponga a lo previsto en la presente.
DISPOSICION FINAL.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de diciembre de 1991.
El Consejero de Interior,
JUAN MARIA ATUTXA MENDIOLA.
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