
N.º 109, viernes 9 de junio de 1989
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Autoridades y Personal
Educación, Universidades e Investigación
1602
ORDEN de 2 de Junio de 1989, del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se hace pública la resolución definitiva del Concurso de Traslados de Profesores Agregados de Bachillerato y Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas, para la provisión de plazas vacantes en los Centros de Bachillerato e Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
De conformidad con lo dispuesto en la base decimosexta de la Orden de
27 de Octubre de 1988 (BOPV de
8 de Noviembre; que convocaba Concurso de Traslados para la provisión de plazas vacante; en los Centros de
Enseñanzas Medias de la Comunidad Autónoma del
País Vasco,
DISPONGO:
Primero.- Nombrar con destino definitivo, en virtud de Concurso de Traslados, a los Profesores Agregados de Bachillerato que figuran en el Anexo I de esta
Orden, según las Asignaturas y Centros que en el mismo se indican.
Segundo.- Aquellos Profesores que, estando en expectativa, han obtenido destino definitivo, por concursar a plazas en euskera, no se beneficiarán de los derechos que de tales nombramientos se deriven, si en los próximos Concursos de Traslados solicitan plazas en castellano, en cuyo caso solamente serán puntuables los servicios prestados desde el momento en que hubiesen podido obtener destino en plazas en castellano.
Tercero.- Los Profesores Agregados de Bachillerato y
Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas que participan forzosamente y que no han obtenido destino figuran en los Anexos II y III. Estos Profesores, de acuerdo con su derecho para obtener plaza, serán destinados para el próximo curso con carácter provisional.
Estos Profesores deberán tomar parte obligatoriamente en todos los
Concursos de Traslados que se convoquen hasta obtener destino definitivo.
Cuarto.- Los destinos adjudicados por la presente
Orden a los funcionarios en prácticas, quedarán condicionados a su nombramiento como funcionarios de carrera.
Quinto.- Los interesados deberán presentarse en los destinos que se les adjudica por la presente Orden, el
25 de Septiembre de 1989. La toma de posesión tendrá lugar, ante los organismos correspondientes en la fecha que se determine de comienzo de curso escolar, con efectos económicos y administrativos del día 1 de Octubre del año en curso, realizándose el cese en los Centros de procedencia con efectos de 30 de Septiembre. A los únicos efectos de participación en Concursos de
Traslados como consortes de funcionarios de otro cuerpos docentes, la toma de posesión podrá tener efectos desde el 1 de Septiembre.
Sexto.- En el caso de que algún Profesor hubiese sido destinado para desempeñar función docente en euskera no reuniendo los requisitos exigidos, será anulado su nombramiento.
Séptimo.- Los Profesores excedentes que reingresen al servicio activo como consecuencia del concurso presentarán del 1 al 30 de Septiembre, la documentación a que se refiere la base decimoséptima de la Orden de
27 de Octubre de 1988 (BOPV de 8 de Noviembre), de convocatoria de Concurso de Traslados.
Octavo.- Los Profesores participantes en este Concurso de Traslados que hayan presentado documenta ción para la demostración de méritos alegados, podrán retirarla por sí o por persona debidamente autorizado en la Delegación Territorial a través de la cual hayan concursado, concluido el plazo de un mes concedida para interponer recurso de reposición contra la presente
Orden.
Noveno.- Contra la presente Orden, podrán los interesados interponer recurso de reposición ante el
Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Vitoria-Gasteiz a 2 de Junio de 1989.
El Consejero de Educación,
Universidades e Investigación,
JOSE RAMON RECALDE DIEZ.
ANEXO I
RELACION DEFINITIVA DE AGREGADOS QUE HAN OBTENIDO PLAZA EN LA
COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO
CONCURSO DE TRASLADOS DE PERSONAL DOCENTE DE INSTITUTOS DE BACHILLERATO.
TABLA
ANEXO II
RELACION DEFINITIVA DE P. AGREGADOS CON DESTINO PROVISIONAL
PROCEDENTES DE
OPOSICIONES ANTERIORES A 1984 QUE QUEDAN EN EXPECTATIVAS DE DESTINO DEFINITIVO
EN LA COMUNIDAD COMUNIDAD DEL PAIS VASCO, CLASIFICADOS POR ORDEN DE RESOLUCION
TABLA
ANEXO III
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